Posición de ANEP respecto de la realización de las pruebas toxicológicas a todo el personal de la Policía Penitenciaria

1. La Policía Penitenciaria en su inmensa mayoría está constituida por hombres y mujeres con altísimos niveles de probidad. No se puede admitir que, por unas pocas personas, que se presume han cometido algunas faltas al respecto, se generalice y se ensucie el buen nombre y la imagen de un valiente y abnegado gremio de policías.

2. ANEP es respetuosa de los procesos que en el marco del derecho y de respeto a la dignidad inherente de los policías ejecute el Ministerio de Justicia y Paz.

3. ANEP no puede ni debe interferir en la aplicación de dichas pruebas, salvo que existan irregularidades en la aplicación o que las mismas sean alteradas de forma maliciosa.

En este momento estamos indagando si las pruebas toxicológicas se ajustan a estándares internacionales que garanticen la exactitud de los resultados. Si la elección del personal y las eventuales sanciones se están aplicando de forma legal, equitativa e igualitaria. Se espera que en la práctica no haya espacios para el hostigamiento y que todas las personas, aunque se encuentren en puestos de jefatura sean tratadas en igualdad de condiciones.

4. Es verdad que la Sala Constitucional ha indicado algunos lineamientos al respecto, considerando la adicción como una enfermedad. No obstante, ANEP considera que nuestra defensa debe estar mayormente orientada a los conflictos obreros patronales que no guarden relación con conductas tipificadas en la Ley penal. En este caso, creemos firmemente que la función policial es incompatible con el consumo de sustancias psicoactivas o psicotrópicas prohibidas.

5. La honrosa función policial tiene ciertas excepcionalidades, por ello, al accionar de los agentes de seguridad (a su conducta) se le adjudica un cierto nivel de rigurosidad diferenciado en relación con los demás servidores públicos. Tómese en consideración que los expertos indican que el consumo de algunas sustancias ilícitas genera alteraciones a la salud y a la conducta de las personas. Que el policía o la policía debe estar en condiciones óptimas de disponibilidad aún en su semana libre, para hacerle frente a casos de fuerza mayor o de grave peligro a la seguridad.

Por ejemplo: no es lo mismo un policía con problemas de alcoholismo que un policía con problemas de adicción a sustancias ilícitas. El licor es de venta libre y se encuentra en distintos negocios comerciales, su consumo es legal y su tratamiento, por consiguiente, admite un procedimiento diferente. Sin embargo, algunas drogas o sustancias ilícitas solo se pueden conseguir a través de entablar nexos con sujetos dedicados al trasiego y venta de drogas. Sería inadmisible que una persona detenida por venta de sustancias ilícitas sea eventualmente custodiada por quien afuera figura como su cliente.

Finalmente, rogamos al personal policial su amable comprensión en estos casos, ya que ANEP se compromete a defender y llevar hasta las últimas consecuencias cualquier otro tema en el marco de las relaciones del trabajo. Pero guardamos distancia de aquellos que tienen que ver con actos de corrupción, o de acciones de materia penal. Sin que esta declaración niegue el derecho de defensa y la presunción de inocencia que le asiste a cualquier ciudadano.

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