Sobre los derechos de los artistas musicales sobre sus obras y los ataques que los mismos están sufriendo en Costa Rica.
*Esteban Monge **
Desde hace varios meses, en Costa Rica se ha venido orquestando una campaña sumamente agresiva por parte de las radios, agrupadas en la Cámara Nacional de Radio (CANARA), en la que se afirma que las compañías disqueras trasnacionales – les están haciendo cobros abusivos.
Esos cobros que hacen las disqueras corresponden a lo que nuestra legislación interna – Ley de Derechos de Autor y Conexos-, amparada en convenios internacionales firmados por el país y debidamente ratificados por la Asamblea Legislativa, reconoce como una justa retribución que debe hacer todo usuario de la música que obtenga un beneficio económico a partir de la utilización de la misma a aquellos que hicieron posible la existencia y el registro fonográfico de ésta.
En ese caso, los beneficiarios de ese pago son los autores y compositores de las obras musicales, los músicos que las ejecutan e interpretan y quienes invirtieron en la producción de los fonogramas donde están registradas esas obras, los cuales pueden ser personas físicas o empresas, nacionales o trasnacionales.
En el caso de Costa Rica, muchos artistas tenemos la doble condición de autores-compositores e intérpretes-ejecutantes, pero también somos los productores fonográficos de nuestros discos.
Este pago que deben hacer los usuarios de nuestro trabajo que sacan provecho económico del mismo viene a ser un equivalente al salario que un patrono debe pagar a cualquier trabajador. La lógica es esta: si un trabajador lo que tiene para “vender” dentro del sistema de producción e intercambio de bienes y servicios –economía política- es su fuerza de trabajo, lo que un artista tiene para “vender” es su talento y su creatividad. La idea es que tanto el trabajador como el artista puedan vivir dignamente de su trabajo, de su talento y de su creatividad.
Ese trabajo, ese talento y esa creatividad son su propiedad, les pertenece. A ese derecho de remuneración que tiene el artista o el productor fonográfico por el uso de su obra y de su trabajo se le conoce como derecho patrimonial, complementado por la otra mitad del derecho de autor que es el derecho moral. De ahí que el derecho de autor y los derechos conexos-por extensión- tienen reconocimiento en la Declaración Universal de Derechos Humanos (art. 27). La forma como esos derechos se van a hacer efectivos está regulada en convenios internacionales que Costa Rica se comprometió, décadas atrás, a observar, así como mediante la promulgación de leyes nacionales.
En cuanto a la campaña de CANARA, hay que indicar que la misma se ha centrado en atacar a las disqueras trasnacionales, ocultando el hecho de que los artistas intérpretes y ejecutantes de la música que programan son titulares de la mitad de los derechos que no quieren reconocer. Por ahora, la campaña no ataca los derechos de autor, los cuales, después de muchos años de negociación, las radios y televisoras, así como los locales comerciales, han venido pagando a ACAM, aunque algunos usuarios de la música han expresado su malestar por el pago y, en algunos casos, se han negado a hacerlo. El problema es que los derechos de autor constituyen sólo el 50% de lo que deben pagar los usuarios de la música que se benefician económicamente con dicho uso.
La otra mitad se divide por partes iguales entre productores fonográficos y artista intérpretes y ejecutantes, representados, para tales efectos, por FONOTICA y AIE, respectivamente. La existencia de instancias como ACAM, AIE y FONOTICA obedece a que resulta imposible que cada autor, compositor, intérprete, ejecutante o productor fonográfico vaya personalmente a cada una de las radios, televisoras y locales comerciales donde se utilizan sus obras a cobrar por dicho uso, por lo que a nivel mundial se definió que la mejor forma para cobrar derechos era que los mismos artistas y productores constituyeran lo que se conoce como entidades de gestión colectiva que dispusieran de un aparato administrativo que se ocupara de hacer efectivo el respeto y el cobro de los derechos, claro está, bajo el amparo del Estado, que debe velar por el respeto de éstos en tanto derechos fundamentales. ACAM, AIE y FONOTICA, son, para el caso de Costa Rica, las entidades legitimadas por nosotros mismos y por el sistema jurídico e institucional del país para realizar dicha gestión.
Además, estas asociaciones deben afiliarse a federaciones que agrupan a las asociaciones de los países que han suscrito los convenios sobre la materia y deben responder ante los artistas de esos países cuya obras, interpretaciones y ejecuciones son utilizadas en el país.
Lo mismo para los artistas costarricenses cuyo trabajo suena en el extranjero: si un artista costarricense tiene material que es programado por radioemisoras en España, la Sociedad General de Autores de España debe recaudar los derechos del artista costarricense, enviar el dinero generado a ACAM (en el caso de derechos de autor) y ACAM debe desembolsar al asociado el monto correspondiente, luego de descontar los gastos administrativos que son los que permiten que el aparato siga funcionando. En caso de que los asociados lo hayan acordado y exista un fondo de bienestar social, entonces también se rebaja el porcentaje que va a alimentar dicho fondo solidario.
Otro de los elementos presentes en la campaña de CANARA es el del énfasis que se hace en decir que el cobro que hacen las disqueras es abusivo. Ya dijimos que el cobro no lo hacen sólo las disqueras, sino que también nosotros, como artistas intérpretes.
Aquí habría que indicar que un cobro puede ser abusivo por, al menos, dos razones: 1. no estar amparado en una ley y 2. Resultar económicamente desproporcionado, tomando en cuenta la capacidad económica de quien debe pagar. En el caso del cobro que se le está haciendo a las radios, el mismo está amparado en la ley interna y en convenios internacionales. Pero, además, lo que se está cobrando es un porcentaje de lo que las radios perciben por concepto de publicidad.
Ese porcentaje lo definen los titulares del derecho y puede ser objeto de negociación. Hay países donde ese porcentaje está definido por ley y llega a ser de hasta el 9%. En el caso de Costa Rica las entidades de gestión han definido un porcentaje mucho menor. Al ser un porcentaje de los ingresos por concepto de publicidad, estamos hablando de dinero que las radios, efectivamente, tienen.
En este sentido, habría que pedirle a CANARA que diga por qué el cobro es abusivo. Decir que un cobro que se me hace es abusivo y no indicar por qué, no ayuda mucho a comprender el trasfondo que hay detrás de la negativa a pagar.
Además de las radios y las televisoras, los otros usuarios de la música que deben reconocer los derechos patrimoniales y morales de los artistas son los locales comerciales, incluyendo bares, restaurantes, gimnasios, hoteles, etc. Es decir, todo local comercial en el que la música es un “ingrediente” necesario para el servicio que se ofrece al público debe tener el permiso de los autores de las obras, de los artistas intérpretes y ejecutantes de las mismas y de los productores fonográficos de los discos donde éstas están registradas para poder utilizarlas, y una vez que tengan el permiso (licencias), deben pagar mensualmente una tarifa, la cual es definida por los titulares de las obras y de los fonogramas A la hora de definir el sistema tarifario, se tiene en cuenta el tipo de actividad, el tamaño del local y los ingresos que el mismo genera, tratando de que haya equidad y proporcionalidad.
En cuanto a estos usuarios, debemos indicar que el cobro de los derechos sí se ha podido realizar, aunque sea parcialmente –ACAM recauda y entrega la mitad a FONOTICA y ésta entrega la mitad de la mitad a AIE. Digo que ACAM recauda parcialmente porque aún hay usuarios que se niegan a pagar y que han planteado recursos legales en contra del cobro, sin que esas acciones hayan tenido éxito hasta la fecha, gracias al sólido fundamento jurídico –hoy amenazado- que tiene la existencia de nuestros derechos en el país.
Un ejemplo: por el artículo 50 de la Ley de Derechos de Autor y Conexos y el reglamento a dicho artículo establecen que cuando alguien quiera abrir un local comercial (un bar, un restaurante, un salón de baile) y va a pedir los permisos municipales correspondientes, la municipalidad debe indicarle que uno de los requisitos que debe cumplir para tener la patente de funcionamiento es presentar las licencias que expiden ACAM, AIE y FONOTICA autorizando el uso de obras musicales, así como estar al día con el pago de derechos de autor y conexos.
Algunos dueños de locales comerciales han presentado acciones de inconstitucionalidad contra el reglamento y dichas acciones han sido rechazadas por la Sala IV, la cual considera que esta medida no es desproporcional, ya que lo que busca es hacer efectivo un derecho reconocido en la constitución y en convenios internacionales. Aún así, hay usuarios que se siguen negando a pagar y que tienen deudas, en algunos casos millonarias, con las entidades de gestión (ACAM, AIE y FONOTICA).
Es en este contexto donde, en los últimos meses, se han producido tres gestiones de parte del Gobierno de la República y de actores políticos que vienen a atentar contra los derechos de autor y conexos en nuestro país.
La primera acción fue ejecutada por el Gobierno y consiste en la publicación de un decreto (el Decreto No. Nº 35536-MP, del 19 de octubre pasado) que viene a eliminar el artículo 4 del reglamento del artículo 50 de la Ley de Derechos de Autor y Conexos. El artículo 50 de la Ley de Derechos de Autor y Conexos es el que establece que la autoridad está habilitada para pedir como requisito para el otorgamiento de permisos de funcionamiento de locales comerciales el presentar la licencia emitida por ACAM, AIE y FONOTICA autorizando el uso de repertorio musical.
El artículo 4 del reglamento a dicho artículo lo que hacía era aclarar qué se entiendo por “autoridad”, indicando que por autoridad se entenderá las municipalidades, así como otras instancias públicas que tengan que dar cualquier permiso de funcionamiento. Es importante indicar que esas entidades públicas lo que hacían era pedir el requisito y no realizar el cobro de los derechos, cobro que sólo pueden hacer los titulares de los mismos a través de ACAM, AIE y FONOTICA. El decreto, firmado por el Presidente Arias indica que un requisito de este tipo constituye una barrera al comercio y que es innecesario.
Al respecto, hay que indicar que un mecanismo como el establecido en el artículo 50 de la Ley y reglamentado en el artículo 4 del reglamento lo que busca es garantizar de manera preventiva un pago que el patentado necesariamente tendrá que hacer: eliminar el mecanismo no implica eliminar el derecho.
El derecho sigue existiendo, sólo que ahora el patentado abrirá el local comercial sin saber que tiene que pagar derechos de autor y conexos, ante lo cual ACAM, AIE y FONOTICA llegarán a cobrarle y él alegará que no sabía nada al respecto. Ante esta situación caben dos posibilidades: que el patentado acepte pagar o que se niegue a hacerlo. En el segundo de los casos tendremos que ir a la vía judicial a cobrarle lo que por ley tenemos derecho a cobrarle.
Así, eliminar el artículo 4 del reglamento hará más conflictiva la observancia de los derechos de autor y conexos. Llama la atención que apenas sale publicado el decreto que deroga el artículo 4, CANARA y algunas cámaras de patentados comienzan a enviar el mensaje a sus afiliados y a la opinión pública de que ya no deben pagar del todo derechos de autor y conexos. Eso es falso: se eliminó el mecanismo, pero nuestros derechos siguen existiendo. A raíz de dicha reacción ante la promulgación del decreto por parte de ciertos usuarios que han venido moviendo cielo y tierra para no tener que pagar derechos de autor y conexos, queda claro que la intención que hay detrás del decreto es eliminar los derechos. Y el gobierno se ha prestado para favorecer al sector que está detrás de esto.
La segunda acción de la que nos percatamos consiste en las gestiones que ha hecho el Gobierno a nivel internacional para que el país no tenga que cumplir con algunas obligaciones en materia de derechos de los artistas intérpretes y ejecutantes y de los productores fonográficos. En agosto pasado, el Gobierno de la República depositó dos reservas: una para que el país no tenga que cumplir con lo establecido en el artículo 15 párrafo 1 del Tratado de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual sobre Interpretación y Ejecución de Fonogramas y otra para no tener que cumplir con lo establecido en el artículo 12 de la Convención Internacional para la Protección de los Artistas Intérpretes o Ejecutantes y los Productores de Fonogramas y Organismos de Radiodifusión (Convenio de Roma).
En este sentido, el 4 agosto de este año la entonces Ministra de Justicia, Viviana Martín (candidata nacional por el Partido Liberación Nacional al puesto de diputada para las próximas elecciones) envía una carta a la Cancillería en la que le solicita que se presenten reservas ante las instancias internacionales de las que Costa Rica forma parte que se encargan de observar el cumplimiento por parte de los países de los convenios en la materia para que los artículos que dan sustento a la existencia de los derechos patrimoniales de los artistas intérpretes y ejecutantes y productores fonográficos por el uso de nuestras obras por parte de las radios y televisoras no sean de acatamiento obligatorio para el país.
Lo más grave de todo es que la carta de la ex Ministra indica que dichas gestiones se están haciendo luego de “un largo proceso de reflexión y negociación con los diferentes actores atinente al tema”. En este sentido, hay que decir que esto es falso. Que ni ACAM, ni AIE, ni FONOTICA han sido consultadas sobre este tema, siendo las entidades legitimadas para participar, en representación nuestra, en cualquier proceso de este tipo.
Estas gestiones a nivel internacional no pueden tener efecto si la legislación interna no se modifica adecuándose a las mismas. Es decir, se pueden presentar reservas para no observar los artículos de los convenios afectados por las mismas, pero si en la legislación interna no se modifican los artículos según lo planteado en las reservas, los derechos siguen existiendo y deben seguirse respetando.
Lamentablemente, y aquí es donde vemos que estas acciones forman parte de una estrategia bien diseñada, nos enteramos de que en la Asamblea Legislativa fue presentado, por parte de la diputada Evita Arguedas, un proyecto de ley (No. 17574) que, tal y como la misma diputada ha señalado abiertamente, fue redactado por CANARA. Esta es la tercera acción.
El proyecto de Ley tiene un nombre muy bonito: LEY PARA REGULAR LA PROMOCIÓN Y DIFUSIÓN DE OBRAS Y ARTISTAS NACIONALES A TRAVÉS DE LOS ORGANISMOS DE RADIODIFUSIÓN TRADICIONAL O CONVENCIONAL, y en la exposición de motivos se señala claramente que este va en consonancia con las reservas presentadas por el país.
Cuando el proyecto de ley –lo mismo que los artículos de los convenios que con las reservas quedan inaplicables en el país- habla de radiodifusión tradicional o convencional, está hablando de las emisoras y canales que no cobran directamente al oyente o televidente una tarifa por la señal que reciben. En ese sentido, también se habla de radiodifusión gratuita.
El argumento detrás de esto es que la misión de esos medio es social y, aunque no lo dicen explícitamente, no son empresas con fines de lucro. Pues resulta que aunque esas emisoras y esos canales no cobran directamente (como si lo hacen las empresas de cable) por la trasmisión a los escuchas y a los televidentes, sí son empresas con fines de lucro y sí obtienen un beneficio económico para el cual nuestro trabajo resulta vital.
El lucro lo obtienen vendiendo pauta publicitaria. Algunos medios llegan a facturar sumas que llegan a los millones de colones por mes.
El cobro que se les está haciendo es conforme a la ley. De ahí que quieran eliminar la ley y así eliminar el cobro. Aquí, más allá de la cuestión legal, hay una cuestión ética. El cobro lo que busca es que haya una justa remuneración a favor de los artistas musicales y los productores fonográficos que hacen posible que haya material a disposición de estos medios para que estos medios existan también. Así, el círculo se cierra.
En ese círculo todas las partes se necesitan. Si una parte obtiene ganancia utilizando el trabajo de las otras, es justo que esas otras partes también obtengan un beneficio económico. Es un asunto de redistribución de la riqueza. Lo que el Proyecto de Ley presentado por Evita Arguedas y respaldado en cuanto a su presentación por 47 diputados y diputadas de todas las fracciones representadas en la Asamblea plantea es que las radios y televisoras, con la mediación del Ministerio de Cultura, van a programar más música nacional, pero no van a pagar derechos a los artistas y productores fonográficos.
Esto implica un desequilibrio en ese círculo. Es como si se aprobara una ley promovida por el sector patronal según la cual los patronos van a dar trabajo, pero no van a pagar salarios. El proyecto de ley tiene que discutirse en la Asamblea Legislativa, y desde ya las y los artistas asociados a ACAM y AIE manifestamos nuestro total rechazo al mismo.
Voy a dejar hasta aquí mi exposición, ya que el objetivo de la misma es mostrar el contexto que actualmente se está dando en el país sobre este tema. Es vital que la opinión pública sepa que estos derechos, de los que somos titulares los artistas musicales, quieren ser desconocidos desde su raíz jurídica y quienes se identifican con nuestros trabajo se solidaricen y nos acompañen en su defensa. Las y los artistas musicales consideramos que lo que está sucediendo es sumamente grave. Un derecho, para que sea derecho, debe ser reconocido jurídicamente, pero, antes, debe ser reconocido culturalmente.
En Costa Rica, ese reconocimiento aún no está afianzado. Vemos con tristeza como un sector de la sociedad, conformado por grupos empresariales que se benefician con nuestro trabajo, está movilizando recursos, que bien podrían estar utilizando en reconocer nuestros derechos establecidos por ley, en modificar la ley y eliminarlos. Es tarea pendiente el generar una sensibilidad cultural que acuerpe la existencia y el respeto de nuestros derechos.
Quiero terminar transcribiendo una parte del discurso que en junio de 2007 el Presidente Arias diera en la entrega de premios ACAM, pues pareciera que, con las acciones que su gobierno está tomando, sus palabras se las llevó el viento. Quizás citarlo ahora le refresque la memoria y lo haga rectificar:
“Producción musical nacional. Por eso considero crucial que le demos un impulso decidido a la producción musical costarricense. Y creo que, a pesar de las múltiples dificultades que todavía enfrentan los músicos nacionales, vamos progresando en esta tarea. Porque nuestros músicos ahora ganan Grammys y festivales internacionales. Porque las emisoras de radio programan cada vez más música de compositores costarricenses, aunque todavía no lo suficiente. Porque al lado de chips de computadoras y software de la mejor calidad, ahora también exportamos música. Porque, conforme pasa el tiempo, los músicos costarricenses se convierten en figuras públicas, en modelos a seguir.
Con este progreso, viene aparejada una gran responsabilidad: hace que los músicos se conviertan en figuras cada vez más influyentes, cada vez más capaces de modificar las realidades a partir de sus palabras. Y a mí me parece maravilloso que así sea. Creo que la fama los hará influyentes, pero el arte los hará sensibles. Creo que el reconocimiento los hará populares, pero la cultura los hará sabios. Creo que Costa Rica no puede prescindir de sus corazones, no puede prescindir de sus palabras y, sobre todo, no puede prescindir de sus canciones.
Yo deseo que la producción musical costarricense sea cada vez más firme y segura, que sea cada vez más responsable y cada vez más crítica. Sobre todo, deseo que sea cada vez más libre. Porque los listones de las marimbas, las cuerdas de los violines y las guitarras son los ejes de nuestra carreta, como dijera Atahualpa Yupanqui en su bella canción, y esos ejes de la carreta,nunca los voy a engrasar.”
- Cantautor y Licenciado en Derecho,
Secretario de la Junta Directiva de la Asociación de Intérpretes y Ejecutantes de Costa Rica (AIE Costa Rica)