Escrito por Yanory Obando Silva
Semanario Universidad
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La existencia de dos decretos ejecutivos emitidos a comienzos de este año, por el entonces gobierno del presidente Óscar Arias, tiene en el limbo la convocatoria a la integración de la Asamblea de Trabajadores del Banco Popular y su Junta Directiva, opinan diversos representantes gremiales de la institución.
Los decretos ejecutivos que constituyen la manzana de la discordia son el 35.687-MTSS y 35.717-MTSS, los cuales reformaron (artículos 14 y 14 bis) el mecanismo de elección de los delegados representantes de los sectores sociales que deben integrar la Asamblea de Trabajadores (ATTBP)
En este sentido, el secretario general de la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP), Albino Vargas, considera que “_este arbitrario decreto le pasó por encima a directrices de la propia Contraloría General de la República acerca de cómo había que hacer el proceso en los sectores para la elección de las 290 personas_”, que por ley deben conformar la ATTBP.
“_Estamos intentando llamar la atención de la presidenta doña Laura Chinchilla en tal sentido. El gobierno anterior emitió un arbitrario decreto violentando la autonomía de elección de las cuatro personas que debe nombrar la ATTBP. Los hermanos Arias pretendían hacerse con el control del Banco Popular_”, denunció Vargas.
Según el artículo 14 de la Ley Orgánica del Banco Popular, la Asamblea de Trabajadores –máximo órgano jerárquico de la entidad- es la encargada de la orientación política de la institución, mientras que el artículo 14 bis establece, entre otros, que dentro de las funciones del órgano está la designación de cuatro de los siete miembros de la Junta Directiva, mientras al Ejecutivo le corresponde nombrar a los tres restantes.
La Asamblea de Trabajadores es un órgano representativo compuesto por 290 delegados, de los cuales 40 son representantes del sector comunal y 250 designados proporcionalmente al número de afiliados de cada sector (artesanal, asociaciones del magisterio nacional, cooperativas de autogestión, cooperativas tradicionales, profesional, sindical confederado, sindical no confederado, solidarista y trabajadores independientes).
No obstante, los decretos en mención no dejan muy clara la forma en cómo deben ser nombrados esos representantes, lo cual según analistas consultados por* UNIVERSIDAD* ha generado un clima de incertidumbre jurídica, aunque sí definen que en el caso del sector de profesionales y de cooperativas, la elección de sus representantes corresponde a _“la Federación de Colegios Profesionales…_” y “_…mediante asamblea convocada por el Consejo Nacional de Cooperativas (CONACOOP)_”, respectivamente.
Además, según los representantes de los trabajadores, el decreto les otorga a estas organizaciones la potestad de reglamentar los mecanismos para hacer el nombramiento de los delegados e incluso los define como “_el órgano que resuelve en alzada las apelaciones_”.
Estos sectores sociales opinan que es “_arbitrario_” que la potestad de nombramiento de los representantes esté en manos de organismos de segundo grado y no de las organizaciones de base, pues los primeros no reflejan una participación efectiva de los miembros de las organizaciones de acuerdo con el número de gente que tengan afiliada.
El Banco Popular es el tercer banco con más activos del país, con unos ¢400 mil millones en activos y donde una cifra cercana al millón y medio de trabajadores deposita el uno por ciento de su salario bajo el concepto de ahorro obligatorio.
Para Edgar Morales, secretario general adjunto de la ANEP, un organismo de segundo grado como el CONACOOP puede decidir “_al antojo_” el número de representantes de una organización.
“_No puede llegar un organismo de segundo grado a decir cuánto le toca y menos a cooperativas que ni siquiera presentaron membresía_”, manifestó Alfredo Erak Huertas, coordinador de delegados del sector sindical no confederado y secretario de la comisión de acreditación y miembro de la Asamblea de Trabajadores que concluyó funciones el 29 de julio.
Un informe de la Contraloría General de la República (CGR) -DFOE-ED-4 del 30 de abril del 2009- señala una serie de criterios entre los que se ordena respetar la autonomía de la Asamblea en el proceso de elección de sus nuevos representantes, la cual se consigna en una relación de hechos presentada por Erak.
A este panorama de confusión se suma la presentación de un recurso de amparo (Expediente 10-004480-0007-CD) interpuesto por Erick Sancho y Olga Morera, quienes piden la derogatoria de los decretos ejecutivos emitidos por la Administración Arias, por considerar que infringen “_los principios de legalidad, división de poderes, razonabilidad y proporcionalidad…_”.
Este recurso ya fue acogido por la Sala Constitucional, pero en opinión de Héctor Monge, expresidente de la Junta Directiva saliente y representante del sector cooperativo, esta vez, al igual que en otros casos, la instancia no ordenó medidas cautelares que generaran la “_suspensión del acto_”.
Sin embargo, un analista consideró que realizar una asamblea en las circunstancias actuales corre el riesgo de una futura nulidad, si la Sala Cuarta así lo determina, como sucedió en el caso del sindicato de los trabajadores de Limón (SINTRAJAP), cuya junta directiva fue restituida por orden de esa Sala, tras considerar ilegal el mecanismo que medió en su destitución.
Asimismo, la Procuraduría General de la República emitió un criterio elevado a la Sala Constitucional señalando en siete puntos, varios aspectos relacionados con la inconstitucionalidad de ciertos procedimientos, entre ellos que “_se cesara a los anteriores integrantes de la Comisión de Integración (instancia encargada del proceso de renovación de la Junta Directiva) sin un debido proceso_”.
Otros aspectos señalados se relacionan con la reelección de los miembros, el nombramiento por parte de CONADECO de un representante de la Comisión de Integración, la designación de un representante por parte del Ministerio de Trabajo si éste no es nombrado por su sector de representación, la competencia del Ministerio de Trabajo para conocer las apelaciones de las Asambleas de los sectores, entre otros puntos.
¿MANO NEGRA?
¿Qué se esconde detrás de todo este estado de confusión? Los sectores sindicales denuncian la presunta intromisión del gobierno anterior, para controlar la elección de los delegados que conforman la Asamblea de Trabajadores del Banco y la designación de los representantes de su Junta Directiva e injerencia en los asuntos internos del órgano.
“*Lo que puede pasar con este abusivo decreto, puede ser algo similar con lo que ocurrió con la no menos abusiva e ilegal intromisión en los asuntos internos del sindicato de SINTRAJAP, algo ya fallado, constitucionalmente hablando de manera inapelable, como todo el mundo sabe y que nos tiene con gran alegría a quienes no somos neoliberales*”, dijo Vargas en un reciente artículo de opinión publicado en un medio de circulación nacional.
El Secretario General de ANEP invitó a la presidenta Chinchilla a no “_comprarse_” la nueva “_bronca_” que le dejó el anterior gobierno. _“El respetuoso mensaje para la primera mandataria es ¿por qué exponerse a otro golpe político de igual impacto ante una bronca que no es suya, que le fue heredada, pero cuya responsabilidad directa si bien no es de su propio gobierno, se la cargarán al suyo?_”, indicó.
“_Quieren agarrar al Banco para pagar facturas políticas_”, afirmó Erak, “_pagando el apoyo que (algunos sectores) le dieron al “Sí” al TLC_” negociado con Estados Unidos, añadió.
Asimismo, agregó que al Gobierno le interesa que no se realice la asamblea de trabajadores del Banco Popular, para utilizarlo como “_excusa para intervenirlo_”.
“_Demandamos al Gobierno que no se entrometa; ojalá que la Sala IV resuelva lo más pronto posible el recurso de amparo, porque el decreto (del gobierno de Arias) es antidemocrático, dictatorial; se sigue dando el tema de la dictadura en democracia_”, reprochó Edgar Morales, secretario adjunto de la ANEP.
En caso de que no se logre superar el impasse en la elección de los nuevos directivos, el Gobierno tendría las puertas abiertas para nombrar una junta directiva temporal, lo que sería una forma sutil de meter las “_manos_” en el Banco, según los sindicalistas.
“_Sería un error intervenir el Banco y que sus recursos se usen para subsanar el déficit fiscal, porque los ricos no pagan sus impuestos_”, añadió Morales.
El dirigente abogó también para que los problemas que sacuden al Popular los resuelvan “_los que estamos en el banco, incluyendo al Gobierno, que tiene su parte cuando nombra a los suyos en el seno de la Junta Directiva, pero no pueden inmiscuirse en la forma en cómo se elige la Asamblea_”, reclamó.
Al segundo vicepresidente de la República, Luis Liberman, se le intentó consultar en varias ocasiones por vía telefónica y por medio de correo electrónico; sin embargo, no fue posible obtener una respuesta de su despacho. Su encargada de prensa aseveró que estuvo en reuniones fuera de la oficina.
Liberman ya se ha reunido con los sectores sociales del Banco y anunció una reunión antes del 11 de septiembre (fecha límite fijada para la integración de la asamblea). No obstante, algunos sectores consultados consideran que “_es imposible que para esa fecha los 290 delegados estén debidamente acreditados_”.
Por otro lado, este proceso se encuentra inmerso en una maraña o “_artimaña_” de procedimientos jurídicos que incluyen además del recurso de amparo, demandas en lo contencioso administrativo e informes de auditoría, como lo calificó una fuente allegada al caso, situación que “_prácticamente hace imposible_” la constitución de la Asamblea de Trabajadores y consecuentemente de la Junta Directiva.
Consultado, Freddy González, presidente de la junta directiva del Instituto de Fomento Cooperativo (INFOCOOP), dijo que si los sectores sociales no se ponen de acuerdo será el Gobierno el encargado de hacerlo.
“_Esto será responsabilidad de un grupo de los sectores sociales_”, hizo ver al tiempo que considera que en este sentido el tema de la elección genera un problema, porque “_ellos_” (los sectores sociales opuestos al decreto) “_quieren montar un tribunal de elecciones internas_”.
“_El tema es que algunos representantes de los sectores sociales una vez que llegan no quieren irse_”, lamentó.
Por otro lado, defendió que tanto las confederaciones como las federaciones (organismos de segundo grado) puedan participar en la elección de los delegados representantes de la Asamblea General, puesto que en su criterio las organizaciones de base están “_de por sí_” representadas en estas instancias.
CUANDO EL RÍO SUENA…
Fuentes consultadas por* UNIVERSIDAD* coinciden en que hay interés del Gobierno en nombrar en la Junta Directiva representantes del movimiento cooperativo y sectores políticos afines al Gobierno de la anterior administración.
Edgar Morales mencionó que de manera extraoficial se barajan, entre otros, los nombres de la exdiputada Maureen Ballestero, y Rodolfo Navas como supuestos “_alfiles_” del sector oficial.
Por su parte, el diputado del Partido Acción Ciudadana (PAC), Víctor Hernández, afirmó que su despacho “_le ha estado dando seguimiento a este nombramiento y a la conformación de la Junta Directiva del Banco_”.
“_Ya solicité un estudio a la SUGEF porque hay algunos aspirantes a la Junta, que son miembros de otras cooperativas, en lo que puede existir vicios de nulidad o conflictos de intereses. Seré enérgico en investigar y solicitar los estudios pertinentes a la SUGEF_”, advirtió.
LA PROPORCIONALIDAD
La Asamblea de Trabajadores del Banco Popular está integrada por 290 delegados. Este Banco es el único del país que tiene representación de las agrupaciones laborales en la Junta Directiva.
Tanto la forma sobre cómo y quién elige a los representantes ante el órgano y su directiva, como la proporcionalidad de su representación forman parte del centro de las disputas que desembocaron en el recurso de amparo ante la Sala Cuarta , así como una serie de acciones judiciales y acusaciones de _“injerencias_”, entre otros.
_“Lo más importante es que la Contraloría dice que en la integración de la Asamblea de Trabajadores para nombrar los delegados las organizaciones que tienen que participar son las organizaciones de base, las cooperativas, colegios profesionales, solidaristas, etc. las que tienen a los cotizantes del Banco_”, señaló Héctor Monge.
Los delegados se tienen que repartir como lo estableció la Sala Cuarta, que menciona en su punto 2: _“El total del número de representantes que integrará la Asamblea de los Trabajadores, será igual al número que la integra en la actualidad, es decir, doscientos noventa, de los cuales cuarenta continuarán representado al sector de desarrollo comunal y el resto a los diversos sectores de trabajadores, en estricta proporción. Es decir, la elección de los representantes se hará de manera proporcional entre el número de ahorrantes obligatorios afiliados a un sector determinado y el total de los propietarios del Banco, que representará el cien por ciento_”.
“_Esto no solo es para los sectores a los que se les tiene que dar la cantidad de representantes que le tocan, sino que rige hacia adentro de cada sector, donde también se debe dar la proporcionalidad, según la membresía de sus cotizantes y es aquí donde está la pugna_”, porque en su criterio, así como están las cosas, cómo se garantiza que todas las organizaciones afiliadas estén representadas.
“_Por ejemplo, de los 100 representantes correspondientes al movimiento cooperativo, no queda claro cómo será la distribución de los cargos al interior de ellos mismos_”, manifestó Monge.
PROPUESTA SINDICAL
Según Erak, la propuesta sindical al gobierno de Laura Chinchilla consiste en que por un lado derogue los decretos 35.687-MTSS y 35.717-MTSS, y que por otro deje a la Junta Directiva saliente de manera temporal, mientras la Sala Cuarta resuelve.
“_En este momento dejamos la pelota en la cancha del Gobierno y vamos a ver qué pasa con la reunión que prometió Liberman para antes del 11 de septiembre_”, puntualizó Erak.
Sin embargo, fue enfático al afirmar que “_si el Gobierno de doña Laura interviene el Banco, la lucha de JAPDEVA va a ser un juego de niños, porque en el movimiento sindical atraeremos a todas las fuerzas posibles; sería el peor negocio para ella_”.
En su criterio, esta situación “_pondría al Banco de los trabajadores” en una posición de imagen nacional e internacional “muy difícil y atentaría contra el financiamiento de la entidad_”, la cual estima podría ser al menos de un 35 por ciento.
“_El 100 por ciento de la membresía de la ANEP tiene participación (salario, fondo de capitalización y fondo de inversiones) en el Banco, sería un golpe certero a la economía social_”, añadió.
Si la Asamblea de Trabajadores se constituyera hoy quedaría integrada de la siguiente manera:
Sector y Delegados Válidos
Artesanal 1
Asociación del Magisterio Nacional 11
Comunal 40
Cooperativas de autogestión 1
Cooperativas tradicionales 100
Profesional 46
Sindical confederado 21
Sindical no confederado 6
Solidarista 63
Trabajadores independientes 1
Total 290
Resumen del decreto No. 35687
Capítulo V
Artículo 27
Sector Solidarista y sindical: Los delegados del sector sindical no confederado y confederado se eligirán en asambleas de cada uno de los sectores convocadas por el sector en coordinación con la Comisión, de conformidad del artículo 26 de este reglamento
Artículo 28
Sector Asociaciones del Magisterio Nacional: Los delegados propietarios y suplentes serán designados por cada una de las organizaciones que integran el sector. Para tal efecto la Comisión convocará a Asamblea a dichas organizaciones de conformidad con el artículo 26 de este Reglamento
Artículo 29
Sector profesional: El nombramiento de los representantes corresponderá a la Federación de Colegios Profesionales Universitarios de Costa Rica a través de una asamblea que convocará la Comisión y se realizará de conformidad con el reglamento que emita dicha Federación
Artículo 30
Sector Comunal: El nombramiento de sus 40 representantes se efectuará por Asamblea de las federaciones provinciales o zonales, según corresponda tomando como base la División Regional utilizada por la Dirección General de Desarrollo de la Comunidad o por el ente que legalmente le sustituya en sus funciones.
Artículo 33
Sector Movimiento Cooperativo: El nombramiento de sus representantes se realizará mediante Asamblea convocada por el Consejo Nacional de Cooperativas en coordinación con la Comisión.
Artículo 34
Sector Autogestión: Sus delegados serán escogidos mediante Asamblea convocada por la Comisión Permanente de Cooperativas de Autogestión en coordinación con la Comisión.
Artículo 35.
Sector Trabajadores Independientes: Sus representantes serán nombrados mediante Asamblea del sector, convocadas por la Comisión.
Artículo 36
Sector Artesanos: Sus representantes serán nombrados mediante Asamblea del sector, convocadas por la Comisión.