San José, 5 de setiembre de 2011.
¡URGENTE!
Ingeniero
Abundio Gutiérrez Matarrita
Presidente
Junta Directiva
Junta de Protección Social
Su despacho
Estimado y honorable señor:
En primer término, reciba usted nuestro más atento y respetuoso saludo.
En ejercicio de nuestro derecho de petición y justicia administrativa establecidos en la Constitución Política, en su artículo 27; así como en la Ley 8220, derechos que protegen institutos jurídicos como el Recurso de Amparo y la vía Contenciosa Administrativa cuando establecen los mecanismos para ejercer el derecho de pronta respuesta; el suscrito, Albino Vargas Barrantes, Secretario General de la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP), debidamente legitimado para ejercer la defensa de intereses y derechos de los empleados de la Administración de Cementerios de la Junta de Protección Social, conforme lo dispone el artículo 10 inciso, b) de la ley 8508.
Todo lo anterior obedece a que se nos ha informado de que un grupo de trabajadores ha propuesto la formación de una SAL (Sociedad Anónima Laboral).
Así las cosas, el derecho de petición y pronta respuesta, protegido en el artículo 27 de la Constitución Política y desarrollado en el artículo 32 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, impone al funcionario público la obligación jurídica de responder las peticiones de cualquier persona en asuntos de su competencia como el caso que nos ocupa, por lo anterior.
Solicito en vía administrativa y de acuerdo a oficio G-2103 del 11 de agosto del 2011, y acuerdo JD-357-2011, en forma urgente se convoque lo más pronto posible a la instalación de la comisión negociadora con el fin de determinar las reglas del juego, los puntos de agenda y el orden de la misma.
Reiterándole nuestro mayor respeto y consideración,
Albino Vargas Barrantes
Secretario General