ANEP-Fuerza Pública: Acuerdos y situación laboral en tensión creciente

San José, jueves 24 de febrero de 2011.
S.G. 09-11-1383-11
¡URGENTE!

Comisario
Walter Navarro Romero
Viceministro
Ministerio de Gobernación, Policía y de Seguridad Pública

Comisionado
Juan José Andrade Morales
Director General de la Fuerza Pública
Ministerio de Seguridad Pública

Sus despachos

Reciban nuestro más cordial y respetuoso saludo de parte de la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP).

Consta a la ANEP que sus autoridades han dado muestra de compromiso y gran voluntad política para, finalmente, culminar con el proceso de cumplimiento de la totalidad de los puntos del “Acuerdo Marco para el mejoramiento de las condiciones laborales y salariales del personal policial”, firmado el 4 de diciembre de 2009.

Valga decir que de dichos acuerdos se cumplieron aspectos como el reconocimiento económico del 25 % de la disponibilidad para el personal policial excluido del Estatuto Policial, los cursos de Básico Policial Especial para el personal de alta con noveno año; está en proceso y muy avanzado el nuevo Manual de Clases y Cargos Policiales para la reorganización del personal policial, y, en consecuencia, habrá de derivarse un merecido ajuste a las nuevas bases salariales, solicitud reiterada una y otra vez por nuestra organización sindical.

De igual manera, resaltamos el cumplimiento de los puntos de facilidades para que el personal policial culmine con éxito el tercer año de secundaria; el estudio y las justificaciones de orden técnico para que la Autoridad Presupuestaria apruebe el alto riesgo de manera generalizada para todo el personal policial, manteniéndose una formula de crecimiento o ajuste del mismo; en igual dirección, el eventual reconocimiento económico por concepto de peligrosidad, ambos en la segunda etapa del Manual de Clases y Cargos Policiales.

Muy significativo destacar la voluntad expresa de sus autoridades para el total respaldo al proyecto de ley, Expediente Legislativo No. 17.695, Ley Pensión de los cuerpos policiales del Ministerio de Gobernación Policía y Seguridad Pública; mismo que fue incluido en el Plan Estratégico Institucional, iniciativa que ya está en el congreso de la República y que requerirá del respaldo del Gobierno, así como de la presión sindical y la movilización del personal policial.

No obstante, es oportuno recordarles la necesidad de una nueva expresión de voluntad política de parte de vuestras autoridades, para la materialización lo más rápidamente posible de, al menos, cuatro aspectos de orden laboral fundamentales que mencionamos en el documento denominado “25 temas de orden laboral en la Fuerza Pública”, mismo que oficialmente entregáramos en sus respectivos despachos el 3 noviembre del 2010.

Nos referimos a los siguientes temas de la propuesta en mención:

JORNADAS LABORALES DE DOCE HORAS

Tal y como justificamos en el documento, el bloque de legalidad tanto constitucional como laboral, y su régimen de excepción al que se circunscribe la Fuerza Pública, define jornadas laborales de hasta doce horas; no obstante se aprecia un uso abusivo que contraviene los principios de razonabilidad y proporcionalidad, puesto que en muchos deltas el personal policial termina laborando hasta veinte; sin el correspondiente reconocimiento económico por pago de horas extras que corresponderían después de las jornada laboral normal.

DISPONIBILIDAD DEL PERSONAL POLICIAL

Si bien fue resuelto el pago para quienes no estaban en el Estatuto, un tema planteado desde hace varios años por nuestra organización sindical, nos encontramos de igual manera con un uso abusivo de esta figura jurídica por parte de las jefaturas de deltas, pues como ley, la disponibilidad es un plus que se paga para que el personal policial permanezca expectante ante cualquier emergencia donde se requiera su servicio, En tal sentido, no es válido jurídicamente que se mantenga al personal laboral de manera cotidiana laborando más horas de la jornada , so pretexto o argumentado en la disponibilidad. Al respecto existe abundante jurisprudencia que, entre otras cosas, determinó que la disponibilidad no implica la renuncia al derecho de pago de horas extra.

PAGO DE DÍAS FERIADOS RETROCACTIVOS

Si bien celebramos con mucha complacencia que esta cartera ministerial se apegara a derecho e iniciara el reconocimiento económico de los días feriados a partir del 2008, queda pendiente la retroactividad. Hemos de afirmar que nuestra organización sindical discrepa en el sentido de que se instruya al reclamante para que demuestre documentalmente los días feriados laborados para que le puedan ser pagados, pues la custodia documental de los libros de guardia corresponde a la administración; y, la no existencia de los mismos no implica denegar dicho derecho laboral. Un ejemplo de anterior lo representa la quema del edificio donde se conservaban los libros de la región siete, incidente que aconteció hará unos seis años. Nos preguntamos: ¿cómo demostrarán los oficiales de esta región los feriados que laboraron día feriados?

En tal sentido nuestra organización sindical elaboró un machote e instruyó al personal policial para que plantearan el reclamo administrativo. No obstante, ocho meses después no sentimos que haya una clara decisión para que esta cartera ministerial de oficio proceda.

TRASLADO O REUBICACIONES DEL PERSONAL POLICIAL

Tal y como lo mencionamos en el documento en poder de vuestras autoridades, el traslado debe de realizarse en estricto apego a los parámetros supra indicados en la jurisprudencia, de tal manera que no se realicen de manera atropellada en detrimento del derecho que le asiste al oficial. Son reiterados los casos en que los mismos obedecen a razones subjetivas de jefaturas que conflictúan con los subalternos cuando éstos preguntan o cuestiona de buena fe, ocurriendo de manera simultanea el traslado.

En este sentido, es importante destacar la solicitud expresa para que se analice la viabilidad política y se realicen las gestiones pertinentes para que el personal policial en razón de sus condiciones especiales que se justifiquen en el régimen de excepción, y en ejercicio de sus funciones, puedan hacer uso de manera gratuita del servicio público modalidad autobús.

Es criterio nuestro que estos cuatro temas de alta sensibilidad, deben de ser parte inclusiva en el proceso de revisión de la implementación y del cumplimiento del acuerdo marco en mención, pues lamentablemente en la última reunión en la que participó la Oficialía Mayor, esta consideró inviable e inoportuna la inclusión de estos cuatro aspectos laborales.

Quedaremos a la espera de que nuestra respetuosa solicitud sea acogida por vuestras autoridades, en razón de ser cuatro temas de gran sensibilidad laboral.

Con estima y consideración,

Albino Vargas Barrantes
Secretario General ANEP

Adrián López Matarrita
Presidente Junta Directiva
Seccional ANEP-Fuerza Pública

cc.: Dr. José María Tijerino Pacheco. Ministro, Ministerio de Gobernación y Policía y de Seguridad Pública
cc.: Licda. Xinia Montano Álvarez, Viceministra Administrativa, Ministerio de Gobernación y Policía y de Seguridad
Pública.
cc.: Lic. Francisco Marín Monge, Viceministro de la Presidencia, Casa Presidencial.
cc.: Personal de la Fuerza Pública.
cc.: Junta Directiva Seccional ANEP-Fuerza Pública.
cc.: Junta Directiva Nacional (JDN), ANEP.
cc.: Señores Gerardo Cascante Amador, Luis Diego Alfaro Méndez, dirigentes sindicales ANEP-MSP.
cc.: Archivo.

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