Así lo denunciaron los representantes de varios sindicatos, quienes están por interponer un recurso de amparo contra el Reglamento de Requisitos de Funcionamiento de los Seguros Obligatorios, publicado recientemente por la Superintendencia General de Seguros (Sugese).
El director de la Central Juanito Mora, Rafael Mora, dijo que la normativa permite a las empresas generar utilidades, lo que implica que se puede sacar una ganancia por medio de las tarifas.
En el caso del Instituto Nacional de Seguros (INS), la entidad podría incluir esas utilidades dentro de sus propias reservas, a diferencia del pasado, cuando únicamente podía invertir ese dinero en el mantenimiento del mismo Régimen de Riesgos del Trabajo.
“Lo están convirtiendo en un seguro comercial, antes era un seguro al costo. Sabemos que las empresas privadas no van a venderlo en las mismas condiciones en que lo hacía el INS”, indicó el secretario general de la Unión de Personal del INS (Upins), Freddy Sandí.
Tanto Sandí, como Mora consideran que el artículo 73 de la Constitución Política establece el seguro de riesgos del trabajo como una póliza social y obligatoria, pero ya hay empresas que pretenden no asegurar determinadas actividades por su nivel de riesgo, lo cual generará un recargo sobre el INS, así como en la atención de la Caja Costarricense de Seguro Social.
De acuerdo con el superintendente general de Seguros, Javier Cascante, aunque dicho artículo define el Seguro de Riesgos del Trabajo como parte de la seguridad social, no establece limitaciones en torno a la prestación.
“Debe aclararse que la apertura no varía en nada las prestaciones médicas o económicas, ni la obligatoriedad y universalidad de éstas”, dijo Cascante, quien agregó que todo seguro es solidario por definición y que es posible cobrar una prima relativamente baja para beneficio del colectivo.
Fuente: Diario Extra
María Siu Lanzas