San José, lunes 5 de abril de 2010.
S.G. 09-11-0525-10
Licenciado
Rodrigo Arias Sánchez
Ministro
Ministerio de la Presidencia
Casa Presidencial
Su despacho
Estimado señor:
Ha sido hecho del conocimiento de esta organización sindical (cuya responsabilidad central, de acuerdo al Estado de Derecho todavía vigente en nuestro país, es la defensa, la protección y la promoción de los derechos que son en corresponderle a la clase trabajadora asalariada según nuestro ordenamiento jurídico); la situación que afecta a personas trabajadoras asalariadas de familias de escasos recursos de la región de Bebedero, Cañas, Guanacaste; a quienes se les adeudan sumas importantes producto de una relación laboral que se dio con ocasión de un proyecto constructivo desarrollado en el Ingenio Taboga; firma comercial ésta en la cual (como es de amplio y notorio conocimiento público), usted, señor Ministro de la Presidencia, tiene relevantes intereses de negocios, compartidos con su hermano, el Presidente de la República, Dr. Oscar Arias Sánchez, todavía ambos figuras públicas sujetas de auscultación ciudadana.
Hablamos de un proyecto de montaje de una caldera con un costo de inversión de unos 10 millones 300 mil dólares, financiados por bancos estatales (todavía no conocemos cuáles), cuya construcción habría sido encomendada a las firmas “Constructora JMSC S. A.” y “COIN KRJ S. A.”.
Informes en nuestro poder indicarían que a dicho colectivo laboral se le estaría adeudando varias quincenas salariales y el pago de sus correspondientes prestaciones legales, por un monto que rondaría los 65 millones de colones; deuda que no pondría ser honrada hasta tanto el Ingenio Taboga honre, a su vez, una deuda de unos 520 mil dólares que, presuntamente, se le deben a las firmas empresariales indicadas arriba, las cuales son las contratantes patronales de ese grupo de trabajadores y quienes han debido acudir ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) y ante los mismos tribunales de Justicia buscando precisamente eso, justicia laboral.
Aparentemente, el proyecto de montaje de una caldera tuvo una primera fase, la concerniente al montaje de toda la estructura principal y partes de presión, manifestándose ya, desde este inicio, un atraso por parte del Ingenio Taboga en cuanto a su compromiso de entrega de materiales (incluido el domo principal), debiendo las empresas contratadas sufragar los costos –incluidos los salariales-, de tal inconveniente. Al parecer, esta controversia terminó en un arreglo armonioso de partes sin despido de personal.
Superado el escollo mencionado, la cifra de personal de la obra habría llegado hasta, aproximadamente, unas 250 personas trabajadoras (soldadores, ayudantes, peones, capataces, personal administrativo); pero, en el camino, habría surgido un segundo problema, consistente en un corte abrupto por parte del Ingenio Taboga del proceso de construcción originalmente previsto en los contratos. Todo esto había venido aconteciendo en el año 2007.
La segunda controversia, sea el indicado corte abrupto del ya mencionado proceso de construcción de la obra descrita, habría generado compromisos por parte del Ingenio Taboga de honrar lo concerniente, entre ello, lo referido a la cuestión de derechos laborales. Un alto personero del mismo, de nombre Carlos Matamoros (no sabemos si todavía continúa en su cargo de Gerente), hasta habría formulado manifestaciones escritas para que se honrara las deudas laborales que quedaban pendientes; mismas que, presuntamente, ascenderían a la cifra de 65 millones de colones.
No es interés de la ANEP, en lo más mínimo, la controversia inter-empresarial sobre el fallido proyecto de montaje de una caldera en el Ingenio Taboga; como tampoco lo es si éste adeuda a las empresas Constructora JMSC S. A.” y “COIN KRJ S. A.”, la cantidad de 520 mil dólares (casi 280 millones de colones, al cambio actual).
Pero sí es de nuestro legítimo interés, el tema de las deudas laborales con el personal que fue contratado para ello y que hoy sigue en espera de que se les pague lo que la ley laboral establece: los salarios que quedaron sin honrar al momento del fracaso del proyecto, y, a la vez, lo que por concepto de prestaciones les correspondía.
La deuda que las firmas laboralmente demandas por esos extrabajadores alega que el Ingenio Taboga tiene con ellas, como indicamos, es de esos 520 mil dólares, casi 280 millones de colones. Casi una cuarta parte de esa deuda, entonces, correspondería al pago de derechos laborales del personal “liquidado” contra su voluntad: esos 65 millones de colones.
Vistas así las cosas, señor Ministro de la Presidencia, es imperioso que usted se refiera al punto para ayudar a esclarecer esta situación y, por sobre todo, para que a esos trabajadores y sus familias, todas de escasos recursos económicos, se les cancele lo que por ley se les debe.
Agradecemos su respuesta, misma que solicitamos, respetuosamente, invocando el artículo 27 Constitucional y el 32 de la Ley de Jurisdicción Constitucional.
Con toda consideración,
Albino Vargas Barrantes
Secretario General ANEP
Edgar Morales Quesada
Secretario General Adjunto ANEP
C.c.
Dr. Oscar Arias Sánchez, Presidente de la República.
Lic. Álvaro González Alfaro, Ministro, Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS).
Licda. Sandra Pizk Feinzilber, Ministra (designada), Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS).
Lic. Eugenio Solano Calderón, Viceministro, Área Laboral, Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS).
Honorable Defensoría de los Habitantes de la República.
Medios de comunicación colectiva.
Central Social Juanito Mora Porras (CSJMP).
Junta Directiva Nacional de ANEP.
Estimados compañeros, Unidad de Información y Comunicación (UIC), ANEP.
Archivo.