Reforma ley de tránsito: ANEP apoya reclamo del CNREE a favor de las personas con discapacidad

San José, 22 de marzo de 2010.
S.G. 09-11-0488-10

Licenciado
Francisco Antonio Pacheco Fernández
Presidente
Asamblea Legislativa
Su despacho

Honorable señor:

Con todo respeto, reciba usted nuestro más atento saludo.

Solicitamos oficialmente y por esta vía, que el contenido de la presente sea conocido, en el correspondiente capítulo de correspondencia según los procedimientos parlamentarios vigentes, en la respectiva sesión del plenario legislativo, de forma tal que todos los honorables señores diputados y todas las honorables señoras diputadas de la actual legislatura constitucional, pueden conocer de la posición de la ANEP en la materia que seguidamente se explica; amén de que, cumplido lo anterior, rogamos se nos indique por esta misma vía de que hubo conocimiento legislativo de la presente misiva.

Las autoridades del Consejo Nacional de Rehabilitación y Educación Especial (CNREE), el ente rector de toda la política pública costarricense en materia de discapacidad, se ha dirigido a la opinión pública nacional por medio de campo pagado, aparecido en prensa escrita el pasado lunes 15 de marzo de 2010, manifestando diversas objeciones con relación al proyecto de “Reforma a varios artículos de la Ley de Tránsito por vías públicas terrestres número 7331 y sus reformas”, tramitado bajo el Expediente Legislativo No. 17.485”.

Al respecto, el autorizado CNRRE le dice al país lo siguiente:

“En esta reforma se fija, en el inciso M del artículo 32, una violación solapada a las Ley 7600 de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad y abre la posibilidad que los autobuseros sigan utilizando hasta los veinte años, unidades obsoletas que no reúnen las condiciones de seguridad, comodidad y accesibilidad que requieren las Personas con Discapacidad para el ejercicio efectivo de sus derechos, fundamentalmente el de libre tránsito.

Otro error que señalamos es que el artículo 81 de la Ley de Tránsito es restrictivo, por cuanto solo contempla el permiso para que las personas con discapacidad visual (ciegos y baja visión) utilicen el transporte público con sus perros guías. Lo anterior en detrimento de otras personas con discapacidad que también requieren ese transporte y utilizan animales de asistencia.

Finalmente nos debemos oponer a que, en el artículo 96 de la nueva Ley de Tránsito, se haya eliminado la multa al gerente o administrador de un establecimiento público o privado en cuyo estacionamiento no se respeten los espacios destinados para las personas con discapacidad.

Al terminar su pronunciamiento, se señala que para la indicada institución, “Todo lo antes señalado es un claro retroceso y muestra de ignorancia sobre los derechos de las personas con discapacidad en la sociedad costarricense. Por eso instamos a los legisladores a tomar las medidas correctivas necesarias”.

Al respecto, señor Presidente legislativo, señores diputados, señoras diputadas; la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP) , les formula un vehemente llamado para que se atienda con todo respeto, con gran cuidado y con las acciones correctivas de rigor, los anteriores señalamientos que ha formulado el CNREE en defensa de los derechos de las personas con discapacidad, muchas de las cuales, prácticamente en abrumadora mayoría, integran la clase trabajadora costarricense en su amplio concepto y diversidad.

Respetuosamente,

Albino Vargas Barrantes
Secretario General ANEP

Edgar Morales Quesada
Secretario General Adjunto ANEP

cc.: Dr. Oscar Arias Sánchez, Presidente de la República.
cc.: Lic. Rodrigo Arias Sánchez, Ministro, Ministerio de la Presidencia.
cc.: Honorables señores diputados y honorables señoras diputadas, Asamblea Legislativa.
cc.: Honorable Junta Directiva, Consejo Nacional de Rehabilitación y Educación Especial (CNREE).
cc.: Honorable Dirección Ejecutiva, Consejo Nacional de Rehabilitación y Educación Especial (CNREE).
cc.: Personas trabajadoras del colectivo laboral del CNREE.
cc.: Junta Directiva Seccional ANEP-CNREE.
cc.: Junta Directiva Nacional de la ANEP.
cc.: Licda. Milagro Gómez Araya, Integrante, Junta Directiva Nacional de la ANEP.
cc.: Licda. Hazel Pérez Madrigal, Integrante, Junta Directiva Nacional de la ANEP.
cc.: Sr. Deiby Porras Arias, Responsable ANEP-CNREE, Unidad de Desarrollo Organizacional (UDO), ANEP.
cc.: Medios de Comunicación Colectiva.
cc.: Archivo.

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