Salario Escolar no pagará renta

San José, 5 de noviembre de 2007.
S.G. 07-09-0162-07

Diputada
Silvia Charpentier Brenes
Presidenta
Comisión de Asuntos Hacendarios
Asamblea Legislativa

Estimada señora:

Cumpliendo con su amable solicitud, la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP), rinde su criterio sobre el proyecto de ley denominado “Adición del inciso f) y Reforma del título del artículo 35 de la Ley del Impuesto sobre la renta, Nº 7092, para exonerar el salario escolar del pago de este impuesto”; mismo que se tramita en el expediente legislativo Nº 16-648 publicado en el Diario Oficial Nº 118, del 20 de junio del 2007. Analizado detalladamente dicho proyecto de ley, por parte de la Unidad de Asesoría Jurídica de la ANEP (UAJ), consideramos lo siguiente:

1) Debe recordarse que la institución del “salario escolar” dentro de nuestro ordenamiento jurídico laboral, fue creada vía Decreto Ejecutivo en el año 1994, como una forma diferida de recompensar a las trabajadoras y a los trabajadores del Estado, la pérdida de poder adquisitivo de sus sueldos. Decimos que es una_ “forma diferida”_ por cuanto se trata de un rebajo salarial que practica el Estado-patrono del sueldo mensual de sus trabajadores (en la actualidad un 8,19 del salario bruto mensual), mismo que es retenido y devuelto en el mes de enero de cada año.

2) Nunca ha parecido a esta organización razonable que se deba pagar impuesto “sobre la renta”, sobre ingresos de naturaleza sustancialmente salarial, como es el caso del salario escolar. En ese sentido, recuérdese que el único medio de subsistencia de una persona trabajadora es, precisamente, su salario y la naturaleza propia del impuesto sobre la renta es sobre las “rentas”; esto es, sobre las ganancias que el empresario obtenga de su esfuerzo, una vez descontada la inversión realizada. Así, la legislación tributaria desnaturaliza al salario y lo considera de forma errónea, como una ganancia en sí, igualando el esfuerzo del trabajador al que realiza el empresario, lo que es contrario a cualquier teoría económica y criterio de justicia.

3) Precisamente, el proyecto de ley busca reparar, aunque sea de forma parcial, el error en que incurrió el legislador al establecer a los salarios como sujetos al impuesto sobre la renta; razón por la cual nuestro criterio es favorable a su aprobación y promulgación como ley de la República, por constituir además, una mejora tangible en la condición de los trabajadores y de las trabajadoras receptores del Salario Escolar.

Albino Vargas Barrantes
Secretario General

Edgar Morales Quesada
Secretario General Adjunto

cc.: Trabajadoras y trabajadores del Estado.
cc.: Medios de Comunicación Colectiva.
cc.: Junta Directiva Nacional de ANEP.
cc.: Archivo.

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LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:

ADICIÓN DEL INCISO F) Y REFORMA DELTULO DEL ARTÍCULO 35 DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, N.º 7092, PARA EXONERAR EL SALARIO ESCOLAR DEL PAGO DE ESTE IMPUESTO

ARTÍCULO ÚNICO.- Adiciónase el inciso f) al artículo 35 de la Ley del impuesto sobre la renta, N.º 7092, de 21 de abril de 1988, para exonerar el salario escolar del pago de este impuesto; asimismo, se reforma el título de este artículo. El texto es el siguiente:

“CAPÍTULO XIV
Ingresos no afectos al impuesto

Artículo 35.- Exenciones

No serán gravados con este impuesto, los ingresos que las personas perciban por los siguientes conceptos:
[…]
f) El salario escolar.”

Rige a partir de su publicación.
José Luis Vásquez Mora
DIPUTADO
10 de mayo de 2007.

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ANEP le llama a apoyar este proyecto enviando mensajes
a las siguientes autoridades diputadiles:

Diputado/diputada

Silvia Charpentier Brenes
Fax: 243 22 27
scharpentier@asamblea.go.cr

José Rosales Obando
Fax: 243 28 09
jrosales@asamblea.go.cr

Luis Antonio Barrantes Castro
Fax: 243 29 32
lbarrantes@asamblea.go.cr

Gilberto Jerez Rojas
Fax: 243 25 91
gjerez@asamblea.go.cr

Oscar Núñez Calvo
Fax: 243 27 17
onunez@asamblea.go.cr

Janina Del Vecchio Ugalde
Fax: 243 27 32
jdelvecchio@asamblea.go.cr

Sandra Quesada Hidalgo
Fax: 243 27 29
squesada@asamblea.go.cr

José Ángel Ocampo Bolaños
Fax: 243 27 21
jocampo@asamblea.go.cr

José Luis Vásquez Mora
Fax: 243 20 33
jvasquez@asamblea.go.cr

Francisco Molina Gamboa
Fax: 243 29 74
fmolina@asamblea.go.cr

Patria Quirós Quirós
Fax: 243 28 00
pquiros@asamblea.go.cr

María de los Angeles Antillón Guerrero
Fax: 243 29 91
mantillon@asamblea.go.cr

Elizabeth Fonseca Corrales
Fax: 243 26 17
efonseca@asamblea.go.cr

José Merino del Río
Fax: 243 28 30
jmerino@asamblea.go.cr

Oscar López Arias
Fax: 243 25 97
olopez@asamblea.go.cr

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