San José, 18 de marzo de 2010.
S.G. 07-09-0475-10
¡¡¡URGENTE!!!
Honorables señoras y señores
Daniel Jackson Priman
Juan Bautista Arce Chaves
Ima Morales Hernández
Abenilda Espinoza Mora
Juan José Delgado Zúñiga
José Luis Salas Zúñiga
Ricardo Sancho Chavarría
Integrantes de la Junta Directiva
Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (A y A)
Su despacho
Estimados señores y estimadas señoras:
De la manera más atenta y respetuosa, la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP), les hace llegar un cordial saludo.
Con base en el artículo 27 de nuestra Constitución Política y en el artículo 32 de la Ley de Jurisdicción Constitucional, acudimos con todo respeto ante vuestras autoridades para solicitarles se nos suministre información pormenorizada y detallada de todo el proceso que en vuestras manos ha sido depositado, con relación a las apelaciones derivadas del Estudio Integral de Puestos; considerando que este tema lejos de considerarse “cerrado” o “agotado”, más bien, incrementa una poderosa sensación de inconformidad por la forma en que ha venido siendo manejado a raíz de una serie de circunstancias que para efectos del objetivo que persigue la presente, por ahora dejaremos para próxima ocasión su puntualización.
Así las cosas, la información que pedimos por esta vía y para lo cual nos asiste la base legal, ética, moral y política para solicitarla, es la siguiente:
1. ¿Cuántas apelaciones han sido sometidas a vuestro conocimiento?
2. ¿Cuántas se han resuelto satisfactoriamente para las personas recurrentes?
3. ¿Cuántas no se han resuelto satisfactoriamente para las personas recurrentes?
4. ¿A qué ámbitos de la división institucional (área, sección, departamento, unidad, región), pertenecen los casos de apelaciones rechazadas?
5. ¿A qué ámbitos de la división institucional (área, sección, departamento, unidad, región), pertenecen los casos de apelaciones aceptadas?
6. ¿Cómo ha sido la movilidad de puesto en el caso de las apelaciones aceptadas?
7. ¿Cuáles son los elementos determinantes que fundamentan el rechazo de una apelación?
8. ¿Cuáles son los elementos determinantes que fundamentan la aceptación de una apelación?
9. ¿Cómo se ha desenvuelto el proceso de análisis que merece cada caso de apelación presentado?
10. ¿Cuántos casos de apelaciones aceptadas determinan la procedencia de pago del concepto de Dedicación Exclusiva?
11. ¿Cuántos casos de apelaciones aceptadas determinan la improcedencia de pago del concepto de Dedicación Exclusiva?
12. ¿Cómo se determina, en caso de apelaciones aceptadas, que sí procede o que no procede reconocimiento de Dedicación Exclusiva?
13. De los casos en que sí procede el pago de Dedicación Exclusiva, ¿cuántos están ya aprobados para pagarse y cuántos no?
14. ¿A qué áreas secciones, departamentos, unidades pertenecen los casos de apelaciones aceptadas con Dedicación Exclusiva o los casos de apelaciones aceptadas pero sin reconocimiento de Dedicación Exclusiva?
También solicitamos y agradecemos cualquier otra información complementaria que ayude a disipar la especie ampliamente asentada en la atmósfera institucional de que en todo este proceso no se habría dado la transparencia suficiente y que, por el contrario, podrían haberse presentado situaciones donde la subjetividad, el amiguismo, el compadrazgo, las afinidades personales e incluso hasta diversas formas de clientelismo político, son las que han determinado el destino final de las clasificaciones del nuevo Manual de Puestos.
Como es bien conocido tal proceso se derivó de una histórica lucha social en la que todas las personas trabajadoras de la institución, en aquellos no menos históricos momentos, tuvieron un protagonismo colectivo sin precedentes en toda la trayectoria de vida de A y A, a fin de dignificar su papel en la sociedad al servicio de tan estratégica institución, vital para la vida y vital para la democracia.
No descartamos que en próximos días presentemos un adendum a la presente solicitud, aunque desde ya agradecemos la disposición ágil que se disponga para responder a la presente.
Una vez más les reiteramos nuestro mayor respeto y consideración.
Albino Vargas Barrantes
Secretario General ANEP
cc.: Lic. Rocío Aguilar Montoya, Contralora General de la República.
cc.: Lic. Ricardo Sancho Chavarría, Presidente Ejecutivo, A y A.
cc.: Lic. Eduardo Lezama Fernández, Subgerente General y Gerente General, a.í., A y A.
cc.: Lic. Max Gutiérrez López, Director General de Capital Humano, A y a.
cc.: Licda. Yolanda Salas Hernández, Subdirectora General de Capital Humano, A y A.
cc.: Lic. Alcides Vargas Pacheco, Auditor General de A y A.
cc.: Trabajadores y trabajadoras de A y A.
cc.: Juntas directivas de las seccionales de ANEP en A y A.
cc.: Delegados y delegas sindicales de ANEP en A y A.
cc.: Junta Directiva Nacional de la ANEP.
cc.. Sr. Edgar Morales Quesada, Secretario General Adjunto de la ANEP.
cc.: Sr. Carlos Monterrey López, Responsable ANEP-A y A, Unidad de Desarrollo Organizacional (UDO), ANEP.
cc.: Archivo.
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San José, 18 de marzo de 2010.
S.G. 07-09-0476-10
¡¡¡URGENTE!!!
Licenciado
Alcides Vargas Pacheco
Auditor General
Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (A y A)
Su despacho
Estimado señor:
De la manera más atenta y respetuosa, la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP), le hace llegar un cordial saludo.
Con base en el artículo 27 de nuestra Constitución Política y en el artículo 32 de la Ley de Jurisdicción Constitucional, acudimos con todo respeto ante vuestra autoridad para lo siguiente:
1. Si es cierto que en su despacho ha sido entregada una denuncia en contra de la licenciada Yolanda Salas Hernández, Subdirectora General de Capital Humano, por un presunto tráfico de influencias en materia de nombramiento de algún personal que podría tener alguna relación de parentesco con dicha funcionaria.
2. Si efectivamente su digna autoridad ha recibido una denuncia en tal sentido, en parecido sentido y/ó en otro sentido, oficialmente y por esta vía la ANEP le solicita una copia, indicándole nos diga cómo podemos retirarla.
3. Si efectivamente tal denuncia existiese, y sin que a la organización que nos honramos en representar nos conste, qué hay de cierto en que los expedientes personales a los cuales se estaría aludiendo en la presunta denuncia, habrían desaparecido de la sección para la cual se desempeña la citada servidora.
4. Si efectivamente tal denuncia existiese y en ella se alude a varios expedientes personales y si los mismos no se habrían desaparecido, la ANEP le pide por esta vía acceso a una copia de tales expedientes personales a los cuales haría alusión la presunta denuncia.
5. Si efectivamente tal denuncia existiese, si en la misma habría indicación de un caso en el que habría una persona funcionaria sobrina de la citada servidora, concretamente un caballero, el cual habría sido favorecido con un ascenso dentro del nuevo Manual de Puestos en “tiempo meteórico”, es decir que un lapso corto habría pasado de una ubicación laboral equis a otra superior con, por supuesto, sensible mejora salarial y ascenso profesional.
6. Si efectivamente tal denuncia existiese, si en la misma se indica que podría haberse dado una alteración documental en cuanto a la aceptación de parentesco sanguíneo entre la citada servidora y el presunto servidor, ya sea para negarlo inicialmente y/ó para admitirlo cuando tal parentesco habría quedado en evidencia.
Le agradeceríamos procediera usted con una pronta, eficiente y transparente respuesta, toda vez que a la ANEP le ha sido depositada la confianza como para plantear de manera oficial la consulta antes expuesta; misma que debe considerarse no solamente a la luz de las responsabilidades inherentes a una función auditora, sino porque en todo el proceso derivado del estudio integral de puestos en A y A, son tantas las quejas y críticas que hacen presuponer que la transparencia no habría sido, al menos en determinados momentos, la norma de imperio a la hora de hacer justicia laboral y profesional con toda objetividad y rigurosidad técnica.
Nuevamente le agradecemos la especial consideración y rápida respuesta a la presente.
Albino Vargas Barrantes
Secretario General ANEP
cc.: Lic. Rocío Aguilar Montoya, Contralora General de la República.
cc.: Honorables señores y señoras, Junta Directiva de A y A.
cc.: Lic. Ricardo Sancho Chavarría, Presidente Ejecutivo, A y A.
cc.: Lic. Eduardo Lezama Fernández, Subgerente General y Gerente General, a.í., A y A.
cc.: Lic. Max Gutiérrez López, Director General de Capital Humano, A y a.
cc.: Licda. Yolanda Salas Hernández, Subdirectora General de Capital Humanos, A y A.
cc.: Trabajadores y trabajadoras de A y A.
cc.: Juntas directivas de las seccionales de ANEP en A y A.
cc.: Delegados y delegas sindicales de ANEP en A y A.
cc.: Junta Directiva Nacional de la ANEP.
cc. Sr. Edgar Morales Quesada, Secretario General Adjunto de la ANEP.
cc.: Sr. Carlos Monterrey López, Responsable ANEP-A y A, Unidad de Desarrollo Organizacional
(UDO), de la ANEP.
cc.: Archivo.