ANEP pide al Gobierno destituciones de los presidentes ejecutivos del CNP y de IFAM

San José, 8 de mayo del 2007.
S.G. 05-07-1298-07

Doctor
Oscar Arias Sánchez
Presidente de la República

Licenciado
Rodrigo Arias Sánchez
Ministro de la Presidencia

Licenciado
Marco Vargas Díaz
Ministro de Coordinación Institucional

Casa Presidencial
Su Despacho

Estimados señores:

Por este medio le saludamos de la manera más amable y, a la vez, les solicitamos, respetuosamente, se sirvan destituir de su cargo al Presidente Ejecutivo del Consejo Nacional de la Producción (CNP), el señor José Francisco Oreamuno Gómez, debido a que en tan solo el primer año de la presente Administración, dicho jerarca parece querer “romper el record Guinness” de denuncias de todo tipo y en todas las instancias, por presuntos actos irregulares en la función pública.

La última y ya en investigación en el Ministerio Público, es la que hace referencia el Informe RH-AI-001-07, sobre el Patrocinio de la II Feria Internacional de Rodeo Copa Cacique en Pital de San Carlos, situación que es de pleno conocimiento de la Honorable Comisión de Ética de la Casa Presidencial; comisión que también conoce la denuncia interpuesta por esta organización por un aparente nombramiento irregular que se hiciera a favor de un primo hermano del señor Oreamuno.

A continuación hacemos resumen de las denuncias interpuestas contra el señor Oreamuno Gómez: Ver Recuadro 1 en ARCHIVOS ADJUNTOS

Por tanto, nueva y respetuosamente, hacemos petitoria formal de que destituya al señor Oreamuno Gómez de su cargo y que tenga el tiempo suficiente para poder defenderse de toda la cadena de cuestionamientos arriba indicada. Estamos seguros de que ello le ha de estar demandando bastante tiempo y, muy probablemente, ha de tener_ “descuidada”_ la “importante” tarea de desmantelar el sector agropecuario en la parte que a él le fue encomendada por ustedes.

Esperando que por el bien y la moral de nuestro país, sus autoridades acojan nuestra humilde pero firme petitoria, nos suscribimos,

Albino Vargas Barrantes
Secretario General

Edgar Morales Quesada
Secretario General Adjunto

Ing. Arturo Robles Coronas
Delegado ANEP-CNP y Fanal

cc.: Juntas directivas ANEP, SiproCNP y Sinconapro.
cc.: Junta Directiva Nacional de ANEP.
cc.: Trabajadoras y trabajadores del CNP y FANAL.
cc.: Medios de comunicación colectiva.
cc.: Archivo.

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SEGUNDA DENUNCIA
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San José, 4 de mayo de 2007.
S.G. 05-07-1296-07

Licenciado
Marco Vargas Díaz
Ministro de Coordinación Institucional

Licenciado
Rodrigo Arias Sánchez
Ministro de la Presidencia

Casa Presidencial
S. D.

Asunto: Solicitud para la destitución del Lic. Fabio Molina Rojas, como Presidente Ejecutivo del IFAM

Estimados señores:

Con el debido respeto, estamos planteando solicitud formal para que el Gobierno de la República representado en torno a los efectos de este caso por sus autoridades, proceda a la destitución del Lic. Fabio Molina Rojas, actual Presidente Ejecutivo del Instituto de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM); petición que basamos en dos casos fundamentales, debidamente documentados, que a continuación citamos:

El Lic. Fabio Molina Rojas ha sido sentenciado, de manera definitiva (Resolución No. 13-2007, de las ocho horas del catorce de febrero pasado), por el Juzgado de Trabajo de Mayor Cuantía de Alajuela, por infracción comprobada a las leyes de Trabajo y Seguridad Social; específicamente, la violación al Artículo 363 del Código de Trabajo (Persecución Sindical y Prácticas Laborales Desleales), al despedir a seis trabajadores cubiertos por la Convención Colectiva de Trabajo suscrita por la Municipalidad de Alajuela.

De su propio peculio, dicho jerarca deberá pagar la multa de un millón trescientos cuarenta y dos mil cuatrocientos colones. Según la sentencia, de la cual se adjunta a la presente copia, el Lic. Molina Rojas cometió “faltas a normas prohibitivas que atentan contra la libertad sindical consagradas en la Constitución Política y Código de Trabajo, además de causar un grave perjuicio a los seis trabajadores despedidos cuando no procedía éste”.

En torno a este último aspecto, despidos ilegales y consecuente daño moral, ejecutados al margen de la ley por el citado jerarca en su condición de Alcalde de la Municipalidad de Alajuela; se le ocasionará a ésta un daño patrimonial en sus finanzas, de una suma que oscilará entre 70 y 100 millones de colones que tendrá que pagar la ciudadanía alajuelense. El Lic. Fabio Molina Rojas fue advertido en su momento, por la ANEP, de que tal cosa iba a ocurrir, como en verdad se hará realidad, luego de la sentencia indicada que ya está en firme.

La otra delicada situación por la cual estamos pidiendo la destitución del citado alto funcionario, es el pronunciamiento del Área de Servicios Municipales, de la División de Fiscalización Operativa y Evaluativa, de la Contraloría General de la República (DFOE-SM-RH-10/2006, de 30 de agosto de 2006); pues el Lic. Molina Rojas indujo a error a la casi totalidad de los integrantes actuales del Concejo de Alajuela, que ahora están a punto de ser destituidos por el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), a petición de la Contraloría General de la República, la cual pidió cancelación de sus respectivas credenciales.

Según el pronunciamiento del ente contralor, que también adjuntamos a la presente nota, “la licencia sin goce salarial que otorgó el Concejo Municipal de Alajuela a favor del Alcalde Municipal, Lic. Fabio Molina Rojas, constituye un acto violatorio de los principios de legalidad y seguridad jurídica, consagrados en los artículos 11 de la Constitución Política y 11 de la Ley General de la Administración Pública, en razón de que no existe norma que contemple la posibilidad de que un Alcalde Municipal, como jerarca, administrador general y jefe de las dependencias municipales, según lo establece el artículo 17 del Código Municipal, puede abandonar su cargo temporalmente bajo la justificación de ejercer otras laborales en otro puesto del sector público, distintas a las encomendadas por mandato de elección popular”.

La Contraloría General de la República, estima que los regidores del Concejo Municipal de Alajuela que le dieron el permiso al Lic. Molina Rojas para que se fuera a ejercer como Presidente Ejecutivo del IFAM, “adolece de vicios tan graves que lo hacen absolutamente nulo”; pidiendo la apertura de procesos administrativos de conformidad con el Artículo 43 de la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito.

Según el ente contralor, al haber pedido y gestionado que se le otorgara dicho permiso, “…las actuaciones del Lic. Fabio Molina Rojas demuestran un desprecio, un irrespeto, y un desinterés absoluto e injustificado por sus funciones de Alcalde Municipal, al suplantar la voluntad popular para atender otras funciones totalmente ajenas a su nombramiento, las cuales juró fielmente cumplir por todo el período de gobierno por el que fue nombrado, lo que conlleva una falta de lealtad para con el mandato popular que se le confió, por lo que podría incurrir en responsabilidad administrativa, por haber transgredido un deber impuesto y aceptado bajo juramente, así como por haber transgredido las reglas de la función pública”.

Exhortamos, vehementemente, a que el Gobierno de la República examine con gran seriedad y responsabilidad la documentación adjunta que sustenta nuestra petición de destitución del Lic. Fabio Molina Rojas, actual Presidente Ejecutivo del IFAM. No puede, en función de tan contundentes pronunciamientos, uno de orden judicial y el otro de carácter ético contralor, tolerar el Poder Ejecutivo que en su máxima esfera dirigente esté una persona con absoluto desprecio por la ley y por la transparencia en el ejercicio de la función pública.

Agradecemos la especial consideración a esta solicitud, de la cual esperamos recibir respuesta al amparo del Artículo 27 constitucional y del 32 de la Ley de Jurisdicción Constitucional.

Albino Vargas Barrantes
Secretario General

Edgar Morales Quesada
Secretario General Adjunto

cc.: Dr. Oscar Arias Sánchez, Presidente de la República.
cc.: Dra. Lisbeth Quesada Tristán, Defensora de los Habitantes de la República.
cc.: Licda. Rocío Aguilar Montoya, Contralora General de la República.
cc.: Honorable Concejo de Alajuela.
cc.: Personal de la Municipalidad de Alajuela.
cc.: Junta Directiva Nacional de ANEP.
cc.: Medios de comunicación colectiva.
cc.: Archivo.
Anexo: Documentos indicados arriba.

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