La presidenta Cristina Fernández firmó el pasado 5 de julio un decreto que prohíbe en todo el país la publicación de avisos de comercio sexual. La medida apunta a combatir la trata para explotación sexual y constituye un duro golpe contra la discriminación de género. La publicidad de oferta sexual, según se desprende de los fundamentos del decreto,* contribuye a denigrar la condición femenina* y afirma la idea de la mujer como un mero objeto de consumo.
La jefa de Estado aclaró, en ese sentido, que “no es una condena a las mujeres” que “son objeto de este comercio” sino “a los medios” que publican los avisos y “a los que instrumentan” la explotación sexual. La iniciativa afectará a numerosos medios de comunicación que facturan abultadas cifras por esas publicidades.
La presidenta añadió que “la oferta sexual, fundamentalmente publicada en el rubro 59, no solamente es un vehículo en la comisión del delito de trata de personas, sino también es una profunda discriminación hacia la condición de la mujer”. Criticó además “la doble moral y la hipocresía” de ciertos medios que en sus primeras planas denuncian el problema de la trata y en las páginas de clasificados “lucran” con los avisos de oferta sexual que les dejan “pingües ganancias”.
Al inicio del acto se pasó un video donde se mostraron artículos de Clarín que reclamaban medidas contra la trata y luego numerosos anuncios de su famoso rubro 59, de avisos de comercios sexual.
La mandataria firmó el decreto en el Salón de las Mujeres de la Casa Rosada. De acuerdo a la crónica efectuada por el matutino Página 12, en la primera fila se encontraba Susana Trimarco, madre de Marita Verón, la joven tucumana desaparecida a manos de mafias de la prostitución, emblema de la lucha contra la trata en el país; a su lado estaba Eva Giberti, titular del Programa Las Víctimas contra las Violencias, de quien dependió originalmente la Oficina de Asistencia a Personas Damnificadas por el Delito de Trata, que depende del Ministerio de Justicia. Muy cerca de ellas, el juez federal de La Plata, Carlos Rozanski, y la abogada Perla Prigoshin, titular de la Comisión de Acción para la Elaboración de Sanciones de la Violencia de Género. Este organismo se encargaría de recomendar un régimen de sanciones a la violación del decreto, que debe establecer el Ministerio de Justicia.
El salón estaba colmado de integrantes de Organizaciones No Gubernamentales (ONG) que trabajan por los derechos de las mujeres, y de activistas por la diversidad como Lohana Berkins, y la pareja formada por Alex Freire y José María Di Bello, primer matrimonio igualitario en Argentina.
La prohibición de los avisos de comercio sexual es un reclamo de amplios sectores del movimiento de mujeres. La medida será de aplicación en todo el país. La norma crea además una Oficina de Monitoreo de la Publicación de los Avisos de Oferta de Comercio Sexual en el ámbito del Ministerio de Justicia, que deberá vigilar el cumplimiento del decreto en forma articulada con la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA), que encabeza Gabriel Mariotto, y el Consejo Nacional de las Mujeres.
Textualmente el decreto 936 dice: “Se prohíben los avisos que promuevan la oferta sexual, con la explícita o implícita referencia a la solicitud de personas destinadas al comercio sexual por cualquier medio, con la finalidad de prevenir el delito de trata de personas con fines de explotación sexual y la paulatina eliminación de las formas de discriminación de las mujeres”.
La Presidenta sostuvo que “con la firma de este decreto hemos dado un gigantesco paso no solamente en la lucha contra la trata de personas, contra la discriminación”. Indicó además que los avisos de comercio sexual suponen una “humillación a la condición femenina”, al mostrar a las mujeres “como objetos de consumo únicamente (…) Esta es una de las tantas discriminaciones de la mujer. No creo que sea la única. Pero tal vez sea la más humillante”.
La medida obtuvo un contundente respaldo de la jueza de la Corte Suprema de Justicia, Carmen Argibay.* “Esos avisos tratan a la mujer como mercancía”* dijo la magistrada días después del anuncio presidencial. También explicó que la decisión no limita la libertad de expresión: “los medios no se van a poder defender contra esta medida porque acá no hay opiniones, de modo que no se atenta contra la libertad de expresión. Lo que estamos coartando es la propaganda de una mercancía prohibida. Celebro la medida del Gobierno”.
Desde las empresas mediáticas se atacó la resolución presidencial. Las empresas comunicacionales que ostentan una posición dominante en el mercado y que obtienen grandes ganancias por la venta de avisos de oferta sexual relativizaron la eficacia del decreto y esgrimieron una supuesta violación a la libertad de expresión.
El flamante decreto tiene como fundamento dos leyes, la Nº 26.364, de Prevención y Sanción de la Trata de Personas, y la Nº 26.485, de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales. Ambas fueron aprobadas por el Congreso Nacional en 2008 y 2009 respectivamente, durante la gestión de Cristina Fernández.
Desde la entrada en vigencia de la ley contra la trata, en abril de 2008,* se rescataron 2221 personas,* de acuerdo con las estadísticas de la Oficina de Rescate y Acompañamiento a Personas Damnificadas por ese delito.
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Ampliación de derechos en Argentina II
Soy una Persona, no una cosa
El monopolio, y muchos aliados menores en la prensa hegemónica, quieren convencernos de que la prohibición de publicitar servicios sexuales se trata de una medida destinada damnificar al grupo Clarín. Esta decisión de Cristina Fernández no es la primera contra la trata de personas que se toma en su gestión.
Por Paola Ortiz | Desde Mendoza, Argentina
Desde que el 6 de Julio pasado la presidenta argentina, Cristina Fernández, anunció en el Salón de las Mujeres Argentinas de la Casa Rosada la firma del decreto 936/2011, quedaron prohibidos todos aquellos avisos cuyo texto, haciendo referencia a actividades lícitas, resulten engañosos y tengan por fin último la realización de alguna de las actividades vinculadas al comercio sexual.
Además, el decreto contempla la creación de una oficina de monitoreo del tema en el ámbito del Ministerio de Justicia, que, conjuntamente con el Consejo Nacional de la Mujer y otros organismos, puedan articular una eficaz tarea en la lucha contra la trata de personas.
Pero, pese a los titulares destacados que pudieron leer y oírse en los días posteriores al anuncio respecto de que esa medida del Estado argentino atenta contra la libertad de expresión y el lucro empresarial de los medios gráficos, este decreto es complemento de normas ya vigentes.
El caso más notable de normativas ya existentes es el de la ley 26.364, que fuera sancionada en abril de 2008. Sus autoras fueron la entonces senadora nacional, Marita Perceval –actualmente se desempeña en la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación- y la actual ministra de Desarrollo Social de la Nación, Alicia Kirchner.
Esa ley busca tanto prevenir y sancionar la trata de personas; así como asistir y proteger a sus víctimas. Esta ley adhiere a la definición dada por la Organización de las Naciones Unidas (ONU) donde se expresa que “por trata de personas se entenderá la captación el transporte, el traslado, la acogida o recepción de personas recurriendo a la amenaza o abuso de la fuerza u otras formas de coacción, el rapto, el fraude, el engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación aún cuando existiere asentimiento de esta”.
La norma tipifica la trata de personas como un delito federal donde se castiga a los responsables con una pena de 3 a 15 años de prisión y plantea la creación de organismos del Estado para brindar asistencia y protección a las víctimas.
En esa misma ley se estipula que las personas en situación de trata deben recibir alojamiento, asistencia psicológica, médica y jurídica gratuita. Las victimas deben prestar testimonio en condiciones de protección y asegurar la no represalia contra su persona o su familia, y proteger su identidad e intimidad. En ningún caso las víctimas serán punibles y es obligación de los representantes diplomáticos y consulares proveer asistencia a los y las ciudadanas argentinas que se encuentren fuera del país.
Si bien los esfuerzos realizados en el mundo contra la explotación sexual son muchos, la oficina de la ONU contra la droga y el delito de trata, estima que éste último es uno de los crímenes más lucrativos en el mundo, sólo superado por el tráfico de drogas. Supone la disposición de alrededor de 2,5 millones de personas y produce ganancias por sobre los 32 millones de dólares por año. El 79 por ciento de ese total proviene de la explotación sexual de mujeres. En América Latina se estima que entre 700 mil y 2 millones de personas son víctimas de trata cada año
Desde la sanción de la ley 26.364, el Estado Argentino rescató a 2.221 personas, unas 1044 en los últimos 5 meses. Sin embargo, estas como tantas otras medidas pierden valor cuando encuentran en la sociedad la complicidad para naturalizar un delito. De allí que la manifestación expresa de la mandataria en contra de ese delito, y su vinculación con el derechos de las mujeres a no ser maltratadas ni discriminadas por su género se considera un paso imprescindible en la construcción de sentidos que complementen las normativas.
Según Sara Torres, Integrante de la Coalición Contra la Trata de Personas, “los prostíbulos y proxenetas están legitimados por un consenso social en relación con que el consumo de cuerpos de mujeres en prostitución es natural, siempre ha existido y siempre va a existir. Lo visible es la mujer prostituida, y no la existencia de la demanda y de los proxenetas, el patriarcado y el sistema capitalista legitiman la explotación y la opresión de los hombres sobre las mujeres. Muchas mujeres, niñas y adolescentes son engañadas o forzadas a golpes y torturas a prostituirse. Este “negocio” ilegal se potencia por el capitalismo y la globalización, donde el trabajo esclavo, en cualquiera de sus formas, es “rentable”.