El TLC, las medicinas y los argumentos utilizados

Hace un par de meses circulamos un artículo llamado “El TLC, las patentes y los medicamentos”. Pareciera que el artículo caló, además de tocar una espina, ya que se escribieron por lo menos tres artículos en respuesta, dos anónimos circulados por Internet y uno de la subdirectora de FEDEFARMA, Michelle Coffey, publicado en La Prensa Libre el 21 de marzo del 2007. Estos artículos de respuesta se titulan_ “La realidad sobre el TLC y los medicamentos”_ (anónimo #1), “Medicamentos y TLC, ¿De qué se trata y de qué no?” (anónimo #2) y “TLC y acceso a medicamentos: mentiras calculadas” (FEDEFARMA), respectivamente. El presente artículo es una respuesta a estos tres artículos de respuesta, los cuales tratan de negar el impacto del TLC sobre el acceso a los medicamentos. Sin embargo, como tratan de negar algo que es innegable, tienen que recurrir a medias verdades o falacias absolutas, además de recurrir a la ya usual práctica de la desacreditación, para tratar de hacer un argumento coherente. Quisiera motivar al lector a leerse este artículo por completo, al igual que los artículos al cual responde, para que sea el lector el que decida quién está equivocado o mintiendo. El artículo completo tiene mucha información, pero es importante que los costarricenses cuenten con toda la información posible. Es la única manera de contrarrestar el bombardeo mediático de los promotores del TLC con sus muy superficiales argumentos. Para los que no quieran leerse el artículo completo, las primeras dos páginas hacen unas preguntas básicas y unas conclusiones generales que esperamos que todos puedan leer.

Primero que nada, hay que tomar nota de algo que tienen los tres artículos en común: ninguno asume el reto al debate televisado sobre este tema.

Mi artículo original terminó textualmente de la siguiente manera:

“La verdad es que no han habido debates ya que ni los ex-negociadores, ni el ex-Ministro de COMEX, ni las Cámaras que promueven el* TLC* por beneficiar a empresas de EEUU (como AMCHAM, Cámara de Industrias, FEDEFARMA, CropLife, etc.), ni los canales principales de televisión, ni los principales periódicos, ni el Presidente Ejecutivo de la Caja, ni los Diputados a favor del TLC ni las transnacionales han querido que haya debates televisados tema por tema, con especialistas de cada lado. Es hora de exigir la liberación de la discusión del TLC del secuestro en el que la tienen los grupos de poder y principales medios de comunicación a favor del TLC. +Para los que están a favor del TLC y quieran contestar este artículo, mejor simplemente organicen el debate televisado, si es que realmente creen en la solidez de sus argumentos.+”

¿Por qué ninguna de las tres respuestas siquiera hace mención del debate? ¿Por qué don Eduardo Doryan, Presidente Ejecutivo de la Caja, no aparece? ¿Por qué las personas del Grupo Por Costa Rica no dejan de escudarse en el anonimato y que alguien dé la cara en un debate televisado? ¿Por qué nadie se atreve a firmar las dos respuestas circuladas por internet? Pareciera que en el momento que se mencionan las palabras “debate televisado”, salen corriendo a esconderse como si la cosa no fuera con ellos. ¿Será porque le tienen tanto miedo a exponerse con sus pobres argumentos a la réplica en vivo y a todo color en frente de todo Costa Rica? O ¿será que simplemente no quieren dejar constancia escrita con su nombre de lo que dicen hoy para que nadie se lo saque en cara cuando sí se afecte el acceso a los medicamentos? ¿Por qué ninguno de los canales principales de televisión toma la iniciativa de organizar un debate? Talvez la respuesta está en la pastelería Giacomin por lo que leímos en La Extra el 2 de junio del 2007. Exija debates televisados sobre este y otros temas.

Segundo, los tres artículos también tienen en común el mensaje de que el TLC no tendrá efecto negativo sobre la Caja y el acceso a los medicamentos de la población. Sin embargo, para EEUU (cuya posición es definida por las transnacionales) estas cláusulas no eran negociables. PhRMA, la organización sombrilla de FEDEFARMA que agrupa a las transnacionales farmacéuticas, gasta cientos de millones de dólares en hacer “lobby” para defender sus intereses comerciales, incluyendo las cláusulas del TLC. Es sumamente curioso que algo tan innegociable en una “negociación”, donde se gasten tantos millones de dólares en la definición de estas reglas, no tenga efecto. Si realmente no tiene efecto, ¿por qué no eliminar los Artículos 15.9 y 15.10 del TLC ya que generan tanta polémica sobre algo que no tiene efecto? La única respuesta que tienen a esta pregunta es que_ “tenemos que respetar los derechos de propiedad intelectual”_, como si no tuviéramos ya leyes de propiedad intelectual de la OMC. Sin embargo, los defensores del TLC también coinciden en que el TLC_ “eventualmente podría afectar los intereses de los fabricantes de genéricos”_. Todos coinciden en que los fabricantes de genéricos (nacionales e internacionales) van a verse perjudicados. Sin embargo, lo que no dicen es que serán perjudicados por no poder participar oportunamente en licitaciones de la Caja o en el mercado privado. Cuando vemos las enormes diferencias de precio entre los medicamentos comprados bajo monopolio versus medicamentos con competencia, donde el precio de un genérico puede ser menos del 1% del precio del original (como en el caso del medicamento amlodipino), se vuelve insostenible el argumento de “ningún impacto sobre el acceso a las medicinas”.

Tercero, ¿cuál fue la posición de la Caja respecto a las condiciones que deberían quedar en el TLC?
La Junta Directiva de la Caja le envió al Presidente Abel Pacheco el 24 de noviembre del 2003 la resolución de la sesión número 7807, en la cual definió su posición respecto a lo que se debería negociar en relación a la protección de los datos de prueba. Esta comunicación se dio antes de que se finalizara la negociación. Entre otras cosas, la Caja solicitaba:

a. un plazo de protección de datos de prueba de+ tres años+
b. protección de datos de prueba solamente si se exigen los datos como condición de registro
c. cero protección a la información divulgada, aún cuando haya sido divulgada por autoridades sanitarias
d. definición de “producto nuevo” en el contexto global, no local
e. condicionamiento de la protección a la demostración de que la generación de los datos de prueba haya sido el resultado de un_ “esfuerzo considerable”_ del punto de vista económico

Nada de esto quedó en el TLC. Esta petición de la Caja es tan diferente a lo que se aceptó en el TLC que la actual administración de la Caja la “enterró” y no ha divulgado este comunicado en ninguna ocasión cuando se habla del TLC y la posición actual de la Caja. Es como si no existiera la posición de la Caja antes de la conclusión de la negociación. Por lo tanto, es obvio que la posición actual de la Caja respecto a que el TLC no tendrá efecto sobre el acceso a los medicamentos es simplemente una posición política. La posición de la Caja antes de que se firmara el TLC era muy distinta.

Ahora abortaré cada uno de los tres artículos que se escribieron en respuesta al artículo original.

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Respuesta al artículo:
“La Realidad sobre el TLC y los Medicamentos”

(autor anónimo)

Este es el primer artículo anónimo, ya que evidentemente ninguno de los autores quiso firmarlo. Reitero la pregunta: ¿Por qué nadie la firma? ¿Por qué no menciona el debate televisado?

El artículo empieza diciendo que las disposiciones contenidas en el Capítulo 15 del TLC conservan_ “todas y cada una de las flexibilidades otorgadas por el Acuerdo sobre los ADPIC de la OMC”_. ¡Vaya ilusión! Esto es una total falacia. Son tantas las flexibilidades que se eliminaron con el TLC que es difícil decidir donde empezar. Es recomendable leerse el artículo del Dr. Carlos Correa titulado Protección de productos farmacéuticos y agroquímicos (‘Productos regulados´) en DR-CAFTA”, publicado en la edición de octubre-diciembre 2006 de la revista Puentes.

(A) Primero, el Artículo 39.3 del ADPIC indica que se debe proteger la “información no divulgada” contra “uso comercial desleal” de acuerdo al Artículo 10bis del Convenio de Paris de 1967. Para que una práctica sea considerada “desleal” debe ser ilegal. Si no, se sancionaría una práctica legal. Por lo tanto, el registro de un genérico en base a la similaridad a un producto previamente registrado, como lo dispone el Ministerio de Salud de Costa Rica, no puede considerarse “uso comercial desleal” de acuerdo al Art. 39.3. En cambio, en el TLC se confieren “derechos exclusivos” al “uso” de la información por un plazo de 5 años para medicinas y 10 años para agroquímicos. Esto es un concepto legal totalmente diferente al concepto de protección contra “uso comercial desleal” respecto a “información no divulgada” (secreta).

(B) Los datos de prueba solamente deben protegerse, según lo estipulado en el ADPIC, cuando se exiga la presentación de dichos datos para autorizar el registro de un medicamento. Si no se exige la presentación, como cuando se hace referencia a un registro existente en otro país, no hay obligación por parte del ADPIC de proteger la información. En el TLC si es obligatorio proteger la información, aún cuando su presentación no es exigida.

(C) El ADPIC condiciona la protección de los datos de prueba a que el medicamento o elagroquímico utilice una “nueva entidad química”, una molécula nueva a nivel mundial. En el TLC, el Artículo 15.10.1© define “nuevo” en el contexto nacional, no mundial. Por lo tanto, un medicamento que se haya comercializado en cualquier otro país, pero no en Costa Rica, sería considerado nuevo en el TLC, y por lo tanto sujeto a protección.

(D) El ADPIC condiciona la protección de los datos de prueba a que la información no se haya divulgado. Por eso se le llama “información no divulgada”. El Artículo 15.10.1 (d) del TLC, en cambio, indica que no se puede considerar datos en el dominio público como “no divulgados”, pero después procede a re-definir lo que se considera “información divulgada” de una manera de que toda información presentada para registrar un medicamento o un agroquímico es protegida, aún cuando toda dicha información haya sido divulgada.

(E) El ADPIC (Art. 39.3) le permite a una autoridad condicionar la protección de los datos de prueba a la demostración de que la generación de dichos datos haya sido el resultado de un “esfuerzo considerable”. El TLC elimina este condicionamiento.

(F) Se menciona que el TLC reafirma la importancia de la Declaración de Doha Sobre la Salud Pública. Sin embargo, esta reafirmación se hace en una “carta de entendimiento”, no en el texto del TLC. Al no estar incorporado en el texto del TLC, este “entendimiento” estará sujeto a la interpretación de tribunales en juicios futuros. Además, en el caso de Costa Rica esta carta de entendimiento no conforma parte del texto que se va a votar en el referéndum ya que la Diputada Janina del Vecchio dijo explícitamente que las cartas paralelas no son parte del TLC y el texto dictaminado no incluía las cartas paraleles. ¡Ojo!

(G) Se menciona que se mantiene la potestad de otorgar licencias obligatorias para abrir monopolios creados por patentes. Sin embargo, no está nada claro que al emitir una licencia obligatoria se abra el acceso a los datos de prueba, sin los cuales no habrá genéricos por más que se abra la patente. Esto nunca ha sido puesto a la prueba. Por otro lado, romper una patente con una licencia obligatoria no es tan fácil políticamente. Vean el caso de Tailandia. Tailandia recientemente ha emitido licencias obligatorias sobre medicamentos patentados. A razón de esto, PhRMA está presionando al Gobierno de EEUU para que presione a Tailandia a cesar la apertura de patentes. En un informe reciente, PhRMA le pide al Gobierno de EEUU designar a Tailandia como un “Priority Foreign Country”, lo cual crea la posibilidad de sanciones comerciales contra Tailandia. Además, algunos miembros del “lobby” de PhRMA creen que existiría apoyo de ambos partidos en el Congreso de EEUU de sancionar a Tailandia y otros países que otorguen licencias obligatorias para medicamentos contra enfermedades crónicas como padecimientos del corazón y el cáncer, en vez de medicamentos para el SIDA, tuberculosis o malaria. Un miembro recientemente preguntó: “¿Cómo puede una condición crónica, de acción lenta y no-contagiosa ser considerada una crisis de salud pública?”, para que veamos por donde van los tiros.

(H) El artículo ni siquiera hace mención de la obligación de ligar registros sanitarios con patentes, lo cual convierte al Ministerio de Salud en el “policía de las patentes”. Costa Rica debe implementar medidas para que el Ministerio de Salud no registre un genérico cuando existe una patente. Así no funciona la cosa en EEUU, donde la responsabilidad de la FDA (autoridad responsable de registrar los medicamentos) se limita a notificar al titular de una patente cuando un genérico llegue a solicitar registro. De ahí en adelante es un pleito legal privado entre las partes (titular de la patente vs. fabricante genérico). En ese momento normalmente se dan dos demandas judiciales: 1) la del titular de la patente demandando para que el genérico no ingrese al mercado; y 2) la del fabricante genérico demandando para que se revoque la patente. Increíblemente, en aproximadamente el 46% de los casos de revocatoria de patentes que llegan a un fallo en EEUU, las patentes son revocadas. El gobierno de EEUU hasta estimula a las empresas genéricas a ingresar al mercado otorgando un congelamiento de seis meses al registro de genéricos adicionales, en beneficio del primer genérico que ingresa al mercado (aún cuando esté vigente la patente del original). Sin embargo, como las demandas judiciales pueden durar muchos años, en EEUU se establece un plazo máximo de 30 meses a partir de la presentación de la demanda del titular de la patente, después del cual el genérico ingresa al mercado, ¡aún estando “vigente” la patente! Nada de esto ocurrirá en Costa Rica, donde el Estado le protegerá el monopolio a las transnacionales extranjeras y considerará al 100% de las patentes otorgadas como válidas de oficio (aún cuando la experiencia en EEUU demuestre lo contrario y la misma Federal Trade Commission (FTC) de EEUU, entidad que fiscaliza prácticas anticompetitivas, diga que hacer esto sería una presunción exagerada de validez). En otras palabras, el Estado costarricense, que no puede ni garantizar la seguridad de sus ciudadanos, se va a dedicar a proteger los monopolios privados de empresas transnacionales extranjeras para que nos puedan cobrar los medicamentos más caros. ¡Un absurdo de prioridades!

(I) Se habla de que se mantiene la potestad de realizar importaciones paralelas en Costa Rica. Sin embargo, con las importaciones paralelas solamente se pueden importar los productos ya registrados en Costa Rica, del mismo fabricante. En otras palabras, el “ahorro” por importaciones paralelas se limita a la diferencia de precio que pueda estar cobrando una empresa (usualmente transnacional) en dos mercados distintos. Estas diferencias de precio prácticamente nunca le van a llegar a la diferencia de precio entre el producto original de una transnacional y el precio de un genérico en el mercado. Si no es así, que nos digan ¿de cuál país hubiera importado la Caja el medicamento amlodipino para ahorrarse más de 20 millones de dólares en la compra de este medicamento en el 2005 si no hubiera participado un genérico en la licitación? ¿En cuál país vende Pfizer su versión de amlodipino tan barato como el genérico de Costa Rica (menos del 1% del costo de la oferta de Pfizer)? Además, el esquema de importaciones paralelas no se presta muy bien para la participación de dichos productos en licitaciones de la Caja. Desde hace más de siete años tenemos la potestad de realizar importaciones paralelas en Costa Rica, y no le han ahorrado ni un colón a la Caja en la compra de medicamentos. ¿Por qué no se redujeron los costos para la Caja en las licitaciones donde no participaron genéricos? Simplemente porque esto realmente no es una solución al problema de precios de medicamentos caros.

(J) Como si fuera poco, el TLC también le “reserva” el mercado a las transnacionales para que puedan llegar a registrar sus productos a Costa Rica hasta por lo menos cinco años después del primer registro en otro país (Art. 15.10.1 (b)). Durante este plazo no podrán ingresar genéricos, pero tampoco estará corriendo el plazo adicional de cinco años de protección de datos de prueba. Por lo tanto, este plazo de cinco años de_ “reserva”_ del mercado, más los otros cinco años de protección de datos de prueba, implica que los genéricos podrían estar excluidos hasta por diez años sólo por estas cláusulas.

(K) El plazo de protección de los datos de prueba se inicia en nuestro TLC a partir del registro del medicamento o agroquímico en Costa Rica. En el TLC entre México, Canadá y EEUU (NAFTA) se inicia a partir del primer registro en la región del TLC. Por lo tanto, si un medicamento es registrado en EEUU en el 2000, y en el 2003 se registra en México y Costa Rica, los datos se protegerían en México por dos años (ya habrían corrido tres años a partir del primer registro), mientras que en Costa Rica se protegerían por cinco años. En el TLC entre Israel y EEUU ni siquiera se hace mención de los datos de prueba. De hecho, el siguiente párrafo es el texto completo del “capítulo” de propiedad intelectual del TLC entre Israel y EEUU:

Artículo 14
(Propiedad Intelectual)

Las Partes reafirman sus obligaciones bajo acuerdos bilaterales y multilaterales en relación a derechos de propiedad intelectual, incluyendo derechos de propiedad industrial, en efecto entre las Partes. Acorde a esto, nacionales y compañías de cada Parte continuarán recibiendo trato nacional y de nación más favorecida respecto a la obtención, mantenimiento y observancia de patentes de invención, respecto a la obtención y observancia de derechos de autor, y respecto a los derechos de marcas, nombres comerciales, etiquetas comerciales, y propiedad industrial de todo tipo.

*Como podemos ver, no todos los TLC´s con EEUU son iguales. *

Por todo lo anterior, está claro que el TLC no es una simple implementación de los ADPIC de la OMC. Es una expansión excesiva de protecciones a los monopolios de las transnacionales con cláusulas que son “OMC-Plus”, “NAFTA-Plus” y hasta “EEUU-Plus”.

El artículo anónimo continúa indicando que los plazos de protección de los datos de prueba son menores a los de otros países, como Brasil, que tiene un plazo de 10 años, y que aún así, Brasil tiene una de las industrias de genéricos más fuerte del mundo. Para empezar, el plazo en Brasil es de 5 años, no de diez. Segundo, el tipo de protección en Brasil es contra “uso comercial desleal”, no una protección de “derechos exclusivos” contenida en nuestro TLC. Por lo tanto, la naturaleza de la protección en Brasil es muy diferente conceptualmente a la protección en nuestro TLC. Aún así, la cobertura de medicamentos en Brasil no le llega ni a los tobillos de la cobertura que tenemos en Costa Rica, por lo cual poner a Brasil como ejemplo sería retroceder en nuestras garantías de salud.

El artículo señala que nada en el TLC es retroactivo, por lo cual los ejemplos señalados en el artículo original que levantó tanto polvorín, donde se demuestran ejemplos de impactos al presupuesto que se hubieran dado en compras pasadas si el TLC hubiera estado en efecto, no son válidos porque el TLC no afecta medicamentos existentes hoy en el mercado. Esto es totalmente obvio. Estamos hablando de impacto futuro, con nuevos medicamentos. Como estamos hablando de impacto futuro, y no queremos implementar el TLC para luego escribir un artículo en unos años señalando el impacto real que se dio a causa del TLC, tenemos que tomar ejemplos del pasado como puntos de referencia, para poder hacer proyecciones sobre lo que podemos esperar en el futuro, una práctica muy normal en ciencias económicas. De hecho, el muy deficiente “estudio” de COMEX hizo exactamente esto, tratando de_ “demostrar”_ que no habrá impacto en el acceso a los medicamentos haciendo un muy parcial análisis sobre los medicamentos incluidos en el Cuadro Básico de la Caja en el 2003. Sin embargo, no creamos que los medicamentos actuales van a cubrir todas nuestras necesidades de salud en el futuro. Vamos a depender de muchos medicamentos nuevos, los cuales vendrán con las nuevas reglas monopolísticas del TLC.

El impacto no será igual en todas las enfermedades. Por ejemplo, el cáncer es una patología (realmente decenas de patologías) que no tiene opciones satisfactorias de tratamiento hoy. Esta patología es el área terapéutica de mayor investigación y desarrollo de nuevas medicinas. Hay aproximadamente 400 medicamentos para el cáncer en fase de investigación clínica (incluyendo unos 15 para cáncer gástrico). De todos estos potenciales medicamentos, podemos esperar que se aprueben unos 30 a 80 medicamentos nuevos en los próximos 10 años. Todos vendrán a precios mayores a $25,000 por paciente por año. Estos son los precios mínimos que se están cobrando por los medicamentos nuevos para el cáncer. En Costa Rica se diagnostican aproximadamente 10.000 casos nuevos de cáncer por año. Aún si solamente un porcentaje menor de los pacientes se podrían beneficiar de tales medicamentos nuevos que saldrán, el presupuesto que requeriría la Caja para cubrir las necesidades de estos pacientes comienza a generar decenas de millones de dólares por año muy rápidamente.

Otra área de alto impacto serán las enfermedades infecciosas. Aún cuando hoy ya existan tratamientos adecuados, las resistencias que generan los microbios causantes del SIDA, tuberculosis, gripe aviaria (¡Dios guarde!) y otras infecciones bacterianas hacen totalmente necesario el desarrollo y adquisición constante de nuevas medicinas, todas las cuales vendrán con las nuevas reglas de propiedad intelectual del TLC. Si no lo hiciéramos, terminaríamos con una cartera de medicamentos obsoletos para muchas patologías. Por lo tanto, no nos hagamos ilusiones de que con los medicamentos actuales vamos a cubrir todas nuestras necesidades del futuro.

El artículo señala que el tiempo transcurrido entre el registro de un medicamento en Costa Rica y su incorporación al Cuadro Básico de Medicamentos de la Caja es cercano o mayor a los cinco años de protección de datos de prueba, por lo cual no habría impacto por esta protección. Volvemos a la pregunta obvia: “Si la protección de los datos de prueba no tuviera ningún impacto, ¿por qué este tema no era negociable en el TLC? ¿Por qué no simplemente eliminar algo tan polémico si no hace ninguna diferencia? La respuesta es porque sí tiene impacto. Para empezar, no es solamente la Caja la que compra medicamentos. Las personas individuales también compran en farmacias en el mercado privado, donde también participan genéricos. Por lo tanto, si la Caja se demorara demasiado en incorporar un medicamento que realmente requieren los pacientes, éstos lo tendrán que comprar en el mercado privado, al precio que se oferte bajo condiciones de monopolio. Como las reglas de propiedad intelectual no afecta solamente a la Caja, sino al país en general, realmente somos todos los que pagamos las consecuencias, directa o indirectamente.

Sin embargo, no se trata de que la Caja se demore demasiado en actualizar el Cuadro Básico de Medicamentos. La Caja no realiza ningún estudio comparativo de los nuevos medicamentos como para decir que la Caja se demora unos años porque está haciendo alguna “evaluación” de los nuevos medicamentos. A veces la Caja rechaza cobertura de medicamentos simplemente por razones económicas, hasta que la Sala Cuarta la obliga a adquirirlos. Por lo tanto, la Caja realmente debería actualizar el Cuadro Básico de Medicamentos más oportunamente. Si no actualizamos el Cuadro Básico de la Caja, terminamos con dos sistemas de acceso a los medicamentos: el de los que pueden adquirir los medicamentos en farmacias privadas, y el de los que no pueden y dependen de la Caja (la mayoría de Costa Rica) para recibir medicamentos con cierta obsolescencia.

Segundo, damos el ejemplo del medicamento para el SIDA llamado nelfinavir, para el cual si hubiera estado en efecto el TLC, la Caja hubiera tenido que desembolsar cientos de millones de colones de más en compras que se hicieron porque el genérico hubiera estado bloqueado por los cinco años de protección de datos de prueba. Por algo la misma Junta Directiva de la Caja le comunicó al Presidente de la República, antes de finalizar la negociación del TLC, su petición de que la protección de los datos de prueba fuera por tres años. Obviamente la Caja pedía tres años en vez de cinco porque pensaba que con cinco años se daría un efecto negativo sobre el acceso a los medicamentos.

Lo increíble es que los autores anónimos del artículo siguen diciendo que el deficiente “estudio” de COMEX sobre el impacto a la Caja es adecuado, diciendo textualmente:

“el análisis es válido para anticipar las implicaciones que las disposiciones del TLC podrían tener sobre la política de medicamentos de la CCSS a lo largo del tiempo”.

En otras palabras, siguen insistiendo que medir el impacto que se hubiera dado con el TLC en un solo año (el 2003), al evaluar las compras de los medicamentos incluidos en el Cuadro Básico ese mismo año, es válido para asegurarnos de que no habrá impacto. Como hemos dicho anteriormente, los genéricos prácticamente nunca ingresan a competir el mismo año que la Caja comienza a comprar el medicamento por primera vez, sino un par de años más tarde. De mala fe, los autores tratan de enredar este punto diciendo que hasta este servidor dice que los genéricos casi nunca ingresan el mercado el mismo año que el producto original, agregando después: “entonces cual es el problema con la protección de los 5 años que establece el Tratado”. El punto es que normalmente no ingresan el mismo año, pero sí antes de los 5 años que duraría la exclusión por protección de datos de prueba. Reitero el caso del nelfinavir, donde el impacto es incuestionable y el “estudio” de COMEX no lo hubiera detectado por utilizar una metodología deficiente. Desafortunadamente, los mismos que respaldan este “estudio” son los que tienen responsabilidad por defender la Caja o los que negociaron este TLC a ciegas. No sería mejor incentivar a los genéricos a que ingresen lo más rápido posible al mercado, como se hace en EEUU, en vez de estar buscando excusas para defender lo indefendible.

Por último, las empresas transnacionales cambian su patrón de comportamiento ante un cambio de reglas de juego (a su favor). Un ejemplo claro de esto es el patentamiento de medicamentos de Pfizer antes y después del acuerdo sobre los ADPIC, con el cual las patentes en Costa Rica pasaron de tener una vigencia de un año a una vigencia de 20 años. Estas reglas se comenzaron a aplicar en Costa Rica en enero del 2000. De 1979 hasta 1998 Pfizer no solicitó una sola patente en Costa Rica. La lógica de los hoy defensores del TLC hubiera dicho que el prolongamiento de patentes que exige el TLC no tendría efecto, porque las empresas farmacéuticas de por sí no están solicitando patentes. Sin embargo, desde 1999 a hoy Pfizer ha solicitado aproximadamente 300 patentes! Esto demuestra que con cambio de reglas, las transnacionales lógicamente cambian de comportamiento para maximizar los beneficios de las nuevas reglas. Igual será con las nuevas reglas de protección de datos de prueba. Anteriormente las empresas no perdían nada al registrar un medicamento mucho antes de que la Caja lo comenzara a adquirir. Ahora, maximizarán la exclusividad comercial otorgada por la protección de los datos de prueba registrando medicamentos justo antes de que la Caja los incluya en el Cuadro Básico. La fecha de registro de un medicamento en Costa Rica se convertirá en un arma comercial administrada muy estratégicamente por las* transnacionales con el TLC*.

El artículo aborda el tema de las extensiones de patentes por atrasos en el otorgamiento de las mismas indicando que se están implementando una serie de medidas para que “nunca se llegue a caer en situaciones de retrasos injustificados que deriven en extensiones de patentes”. Si bien debemos aplaudir los esfuerzos que está realizando la Oficina de Patentes del Registro de la Propiedad Industrial, realmente es tener expectativas demasiado altas (o poco realistas) esperar que se pueda eliminar el problema del todo. Primero que nada, hoy existe un serio cuello de botella en la evaluación de patentes, con 595 patentes solicitadas en el 2006 y solo 7 otorgadas ese año. Este cuello de botella es sólo el de un año, pero no es nada atípico de otros años. Para ver esto con más claridad, lo mejor es ver una gráfica de las solicitudes vs. otorgamientos en los últimos 11 años (ver gráfico de barras a continuación). En ARCHIVOS ADJUNTOS

Claramente podemos ver que el cuello de botella no se limita al año 2006, sino a todos los años. Además, noten lo que está pasando con el volumen de solicitudes. En el año 2000 se solicitaron 76 patentes, en el 2002 fueron 242, en el 2004 fueron 321 y en el 2006 fueron 595. ¿Notan alguna tendencia? Este crecimiento en el volumen de patentes solicitadas en Costa Rica demostrado en la gráfica ni siquiera está contemplando los “modelos industriales”, otro tipo de “patente” que también requiere de evaluación. El crecimiento anual en solicitudes de patentes ya entró en la fase de crecimiento exponencial típica en muchos países. Sin embargo, apenas estamos viendo la “punta del iceberg”. En poco tiempo estaremos en miles o decenas de miles de solicitudes por año. En este momento solamente estamos recibiendo aproximadamente el 0.14% del volumen de patentes que se solicitan en EEUU (unas 420.000 por año). En EEUU también han implementado medidas para solucionar el cuello de botella que tienen allá en la evaluación de patentes. Han aumentado el número de evaluadores a tiempo completo de la Oficina de Patentes de EEUU a aproximadamente 6.000, y quieren contratar más. Casi todos son profesionales especializados en carreras como química, física y biología molecular, y cuentan con maestrías o doctorados en sus especialidades. Tienen un presupuesto de más de $1.000 millones (5% del PIB de Costa Rica). A pesar de todo este esfuerzo, la “presa” de patentes en EEUU sigue en aumento porque no han podido solucionar el problema del cuello de botella en la evaluación. Además, recordemos que aproximadamente el 46% de los fallos en juicios sobre la validez de patentes ya otorgadas revocan la patente en EEUU. Es evidente que en el apuro por salir de la presa de patentes en EEUU se otorgan una enorme cantidad de patentes que nunca debieron ser otorgadas. Esto crea monopolios privados indebidos en el mercado de EEUU.

Al tomar medidas la Oficina de Patentes de Costa Rica para evaluar patentes más rápidamente, como subcontratando la evaluación (_“outsourcing”_) a otros países, se perderá control sobre la calidad de las evaluaciones y muy probablemente la consecuencia sea el mal-otorgamiento de muchas patentes, creando monopolios privados que pagaremos todos los costarricenses. Evidentemente, lo mejor es no tener que ampliar el plazo de las patentes por demoras en el otorgamiento de las mismas como es la situación hoy en día, sin TLC. La OMC ni menciona ampliaciones de patentes. De hecho, la Ley de Patentes de Costa Rica actual (Ley 7979) indica que el plazo de las patentes es de 20 años improrrogables. No prolongar las patentes se logrará únicamente rechazando el TLC. Es curioso que muchas de las personas que critican el Estado costarricense como ineficiente y que predican privatizaciones, a la hora de argumentar que el TLC no tendrá efecto sobre el acceso a los medicamentos tienen que recurrir al supuesto de un Estado super-eficiente. Sin embargo, el problema del cuello de botella en la evaluación de patentes no es un problema de Estado ineficiente. Es un problema de país pequeño, sin suficiente recurso humano.

El artículo termina con tres casos de compras de medicamentos (_glibenclamida, salbutamol y amlodipino_), argumentando que en ninguno de los casos se puede deducir un impacto a la Caja. Para los dos primeros casos (_glibenclamida y salbutamol_) es necesario aclarar que no fueron mencionados en el artículo original, al cual responde el artículo anónimo. Sin embargo, sí señalan los autores que los precios en el mercado privado pueden ser hasta 2000% más caros que los precios ofertados en licitaciones de la Caja. Esto es importante de señalar ya que demuestra la enorme importancia de la Caja en garantizar el acceso universal a los medicamentos. Acudir al sector privado si la Caja no pudiera adquirir todos los medicamentos necesarios con las reglas del TLC realmente no es una opción para gran mayoría de los costarricenses. El artículo señala que como en las licitaciones de estos dos medicamentos no participaron los fabricantes originales no es válido comparar los precios del mercado privado con los precios a la Caja. Habría que preguntarse ¿por qué no participaron los originales en la licitación? ¿Habrá sido porque a los precios que actualmente compra la Caja no vale la pena ni siquiera participar?

En cuanto al caso del medicamento amlodipino, donde la Caja se ahorró más de 20 millones de dólares en una sola compra al comprar el genérico en vez del producto de Pfizer, los autores del artículo señalan que este caso demuestra como no habría efecto sobre la Caja ya que la protección de los datos de prueba hubiera expirado antes de que la Caja lo comenzara a adquirir. Sin embargo, si leen bien el artículo original al cual responden estos autores, este caso demostraba el costo que podrían tener las extensiones de patentes del TLC. Aunque Pfizer no patentó el medicamento amlodipino en Costa Rica (porque Pfizer no patentaba en los 1980´s y 1990´s en Costa Rica por la duración de 1 año de las patentes), ahora sí lo hace agresivamente porque tiene nuevas reglas con las cuales generar monopolios duraderos. Por lo tanto, el costo adicional de 20 millones de dólares a la Caja por tener que comprar un producto patentado en vez de un genérico podría ser un costo anual, por cada año de extensión de las patentes.

Debido al creciente volumen de solicitudes de patentes de todo tipo, y la creciente presa de patentes por el cuello de botella en la evaluación de las mismas, podemos esperar que las extensiones de patentes estarán a la orden del día. Como no se sabrán cuales patentes tendrán un impacto futuro muy importante a la hora de evaluarlas, no se podrán seleccionar las “prioritarias” de evaluación, ya que las patentes se solicitan muchos años antes de que un medicamento ingrese al mercado, si es que ingresa. Además, como vimos con el cambio de patrón de comportamiento de las transnacionales con respecto al patentamiento en Costa Rica, cuando hay un cambio de reglas que las beneficia, las transnacionales cambian de comportamiento para aprovechar estas reglas. Por lo tanto, la fecha de registro de un producto farmacéutico en Costa Rica será un arma comercial administrada muy estratégicamente. En casos de medicamentos como el amlodipino, podemos esperar que las transnacionales registren estos productos poco antes de que la Caja los comience a adquirir, para así maximizar su oportunidad comercial de vender sus medicamentos sin competencia y en el volumen que consume la Caja.

Finalmente el artículo termina diciendo textualmente:

“De todo lo anterior podemos concluir+ con certeza+ que las disposiciones sobre propiedad intelectual del TLC no generarán ningún efecto adverso sobre la compra de medicamentos de la CCSS.” (Los subrayados no son del original)

Si hay algo que está claro es que no podemos hacer este tipo de declaraciones tan irresponsables. Talvez ahora entendemos el por qué nadie se atreve a firmar el documento. ¡Qué torta sería firmar una declaración así y que luego se diera un efecto adverso sobre la compra de medicamentos de la CCSS si pasa el TLC!

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Respuesta al artículo:
Medicamentos y TLC, ¿De qué se trata y de qué no?
(autor anónimo)

Este es el segundo artículo anónimo, ya que evidentemente el autor de éste tampoco quería firmarlo. Tampoco hace una sola mención del debate televisado.
El artículo empieza su defensa del “impacto nulo sobre la Caja” haciendo unas declaraciones que realmente no abordan el tema, como por ejemplo el siguiente:

“El TLC no impacta de ninguna manera las potestades públicas para ejecutar una política de adquisición de medicinas” (el subrayado no es del original)

Obviamente el autor (¿o los autores?) quiere que el lector confunda “potestades” por “capacidades”. No es lo mismo tener la potestad que tener la capacidad de garantizar el acceso a los medicamentos. El autor hace una serie de declaraciones similares, como los siguientes:

“ninguna disposición del TLC prohíbe la producción, compra o distribución de medicamentos, ni genéricos, ni innovadores o “de marca”
.

“ninguna regla del TLC se relaciona con el modelo de cobertura de la CCSS. La CCSS mantiene total libertad para decidir qué medicinas incluye en cuadro básico de medicamentos”

“ninguna disposición del TLC se refiere al precio de las medicinas.”

¡Faltaría más! De nuevo los mismos argumentos que insultan la inteligencia de los costarricenses. La lógica de estos argumentos es la misma que prevalecería si le amputaran las piernas a un hombre y después dijéramos “Todos tienen la potestad de correr. Para nadie está prohibido correr”. Las condiciones creadas por el TLC hacen que no sea necesario algo tan evidente como prohibir los genéricos para que no participen en el mercado oportunamente.

El artículo continúa diciendo que el plazo de protección de los datos de prueba es igual al que prevalece en países como México, Chile, Colombia y Brasil. No sabemos por qué se mencionan estos países, ya que ninguno de estos países llega a la cobertura de salud y de medicamentos que tiene Costa Rica, ni se le arrima a los indicadores de salud que tenemos en Costa Rica. Por otro lado, Chile (que ya tiene su TLC con EEUU) actualmente se encuentra en la “Priority Watch List” de EEUU por no estar implementando las reglas de su TLC con EEUU al gusto de PhRMA. Esta es la misma lista donde PhRMA quisiera colocar a Costa Rica por no haber implementado las reglas de un TLC que todavía no existe en nuestro país.

El artículo indica que se extienden las patentes por atrasos en el otorgamiento de éstas “para evitar que se abuse de estos procesos para reducir el plazo efectivo de la patente”. ¿Cree el autor que la Oficina de Patentes va a demorarse intencionalmente en el otorgamiento de patentes para reducir su plazo efectivo? Tal vez ignora el autor que los 20 años de protección de las patentes se inician desde su solicitud, no desde su otorgamiento. Por lo tanto, las extensiones de estos monopolios privados son gratuitas. Además, el autor confunde “capacidad” con_ “intensión”_. La Oficina de Patentes ya se está atrasando en el otorgamiento de patentes, y esto se va a empeorar, por el “tsunami” de patentes que le está cayendo a la Oficina de Patentes, no por intensiones de la Oficina de Patentes de darle largas al proceso. Para que veamos el serio cuello de botella que existe en la evaluación de patentes, por favor vean la gráfica de solicitudes vs. otorgamientos de 1996 al 2006 en la página 9 anterior.

Dice el autor que el artículo 15.10.1 establece la obligación de proteger los datos no divulgados para impedir que terceros no autorizados los usen para obtener autorización para la venta de sus productos. Sin embargo, no sólo se protegen los datos no divulgados, sino también los divulgados, en fuentes públicas como Internet. Pareciera que el TLC excluye la protección de los datos ya divulgados. Sin embargo, fiel a su servicio a las transnacionales, el TLC redefine lo que se considera “divulgado” en el Artículo 15.10.1 (d). El autor del artículo también trata de hacer entender que ya tenemos todos los compromisos de protección de datos de prueba del TLC en la Ley de Información No Divulgada. ¡Falso! La Ley de Información No Divulgada (Ley 7975) está basada en el Acuerdo de los ADPIC de la OMC, donde se protege contra “uso comercial desleal” según el convenio de Paris. Al igual que en mi respuesta al artículo anterior, recomiendo a todos los lectores leerse el artículo del Dr. Carlos Correa titulado_ “Protección de productos farmacéuticos y agroquímicos (‘Productos regulados´) en DR-CAFTA”_, publicado en la edición de octubre-diciembre 2006 de la revista Puentes. También refiero al lector a leerse todas las condiciones que son “ADPIC-Plus” y hasta “EEUU-Plus” en mi respuesta al artículo anterior.

El autor dice que el plazo de los 5 años no tendrá ningún efecto sobre la Caja, aunque sí la podría tener contra los genéricos. Esto es un argumento económico absurdo: se reduce la oferta a un monopolio, pero esto no incide en costos. Esto lo repite al final, al concluir diciendo que ninguna de las reglas del TLC tendrá efectos negativos sobre el acceso de los costarricenses a los medicamentos, “aunque los intereses de algunos pocos fabricantes de genéricos sí podrían verse afectados”. Bueno, al menos identifican un perdedor del TLC: el sector fabricante de genéricos (y todos los empleos calificados que genera). Sin embargo, en vez de trabajar con la industria para minimizar el efecto sobre la industria nacional y los miles de empleos que dependen de él, se convierte a la industria nacional en el enemigo. Esta ha sido la estrategia de COMEX.

Al artículo hace referencia al Presidente Ejecutivo de la Caja (La Nación, 14-09-2006) quien dice que “el TLC no dispara el costo de medicamentos de la Caja”. Es una lástima que el Presidente de la Caja, quien tiene un deber fiduciario de velar por el modelo de la Caja, desecha cualquier posibilidad de que la Caja se vea afectada con tanta ligereza. La Junta Directiva de la Caja decía algo muy diferente antes de que se firmara el TLC (ver condiciones exigidas por la Caja en su carta dirigida al Presidente de la República en la página 2 de este documento).

En su resumen sobre las obligaciones principales de cada país Parte del TLC el autor ni siquiera hace mención de la obligación de ligar registros sanitarios con patentes, lo cual convierte al Ministerio de Salud en el “policía de las patentes”. Para no ser repetitivo, le pido al lector referirse a la respuesta sobre este tema en el punto (H) (en la página 4) de la respuesta al artículo anterior.

El autor termina su artículo diciendo que con el TLC se resguardan las dos potestades públicas más importantes: licencias obligatorias e importaciones paralelas. Sin embargo, no está nada claro que al emitir una licencia obligatoria se abra el acceso a los datos de prueba, sin los cuales no habrá genéricos por más que se abra la patente. Esto nunca ha sido puesto a la prueba. Por otro lado, romper una patente con una licencia obligatoria no es tan fácil políticamente. Por otro lado, el texto del Artículo 15.9.3 del TLC indica que si bien se pueden prever excepciones limitadas a los derechos exclusivos conferidos por una patente, es _“a condición de que tales excepciones no atenten de manera injustificada contra la explotación normal de la patente ni causen un perjuicio injustificado a los intereses legítimos del titular de la patente_”… Cómo se define una medida “injustificada” quedará para los tribunales, Sin embargo, vemos las intensiones claras de PhRMA con Tailandia, donde indican que las enfermedades crónicas no pueden ser consideradas “emergencias”. Tailandia recientemente ha emitido licencias obligatorias sobre medicamentos patentados. A razón de esto, PhRMA está presionando al Gobierno de EEUU para que presione a Tailandia a cesar la apertura de patentes. En un informe reciente, PhRMA le pide al Gobierno de EEUU designar a Tailandia como un “Priority Foreign Country”, lo cual crea la posibilidad de sanciones comerciales contra Tailandia. Además, algunos miembros del “lobby” de PhRMA creen que existiría apoyo de ambos partidos en el Congreso de EEUU de sancionar a Tailandia y otros países que otorguen licencias obligatorias para medicamentos contra enfermedades crónicas como padecimientos del corazón y el cáncer, en vez de medicamentos para el SIDA, tuberculosis o malaria. Un miembro recientemente preguntó: “¿Cómo puede una condición crónica, de acción lenta y no-contagiosa ser considerada una crisis de salud pública?”.

Por otro lado, en Costa Rica existe legislación que permite las importaciones paralelas desde hace más de siete años y esta posibilidad no le ha ahorrado ni un colón a la Caja en compras de medicamentos. Las importaciones paralelas solamente permiten importar los productos ya registrados en Costa Rica, del mismo fabricante. En otras palabras, el “ahorro” por importaciones paralelas se limita a la diferencia de precio que pueda estar cobrando una empresa (usualmente transnacional) en dos mercados distintos. Estas diferencias de precio nunca le van a llegar a la diferencia de precio entre el producto original de una transnacional y el precio de un genérico en el mercado. Si no es así, que nos digan ¿de cuál país hubiera importado la Caja el medicamento amlodipino para ahorrarse más de 20 millones de dólares en la compra de este medicamento en el 2005 si no hubiera participado un genérico en la licitación? ¿En cuál país vende Pfizer su versión de amlodipino tan barato como el genérico de Costa Rica (menos del 1% del costo de la oferta de Pfizer)? Además, el esquema de importaciones paralelas no se presta muy bien para la participación de dichos productos en licitaciones de la Caja. ¿Por qué no se redujeron los costos para la Caja en las licitaciones donde no participaban genéricos? Simplemente porque esto realmente no es una solución al problema de precios de medicamentos caros. El autor nos quiere hacer creer que lo que no ha funcionado desde hace casi una década en Costa Rica como una medida para reducir costos de medicamentos de repente va a funcionar de maravilla después de que pase el TLC. Es una esperanza poco realista.

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Respuesta al artículo:
TLC y acceso a medicamentos: mentiras calculadas”

por Michelle Coffey de FEDEFARMA

La subdirectora de FEDEFARMA, Michelle Coffey, es la única persona que firmó su artículo de respuesta, el cual fue publicado en La Prensa Libre el día 21 de marzo del 2007. Sin embargo, tampoco hace ninguna referencia al tema del debate televisado. De hecho, hace unos meses tenía un debate televisado confirmado con ella en el programa “Contra el Muro” de Iris Zamora en Canal 13 (antes de que el programa fuera cancelado, junto con todos los otros programas de opinión o debate que permitían un acceso a los medios por parte de los opositores del TLC). Sin embargo, ella no llegó el debate que se había confirmado por ambas partes.

La señora Coffey crea la expectativa de que se van a señalar todas las “mentiras calculadas” en mi artículo original, al cual ella responde. Sin embargo, no demuestra una sola mentira, ni desmiente un solo dato. Por lo tanto, el título de su artículo es simplemente eso: un título. Por otro lado, la señora Coffey utiliza la ya usual práctica de los promotores del TLC de tratar desacreditar al mensajero. En su artículo dice que toda la información divulgada sobre el impacto negativo del TLC en el acceso a los medicamentos_ “está mediada por los intereses comerciales de un fabricante local de agroquímicos genéricos”_ (ese sería este servidor), dando a entender que este servidor solamente se interesa en lo que le pueda pasar a la Caja como medio para defender los agroquímicos genéricos de una eventual ratificación del TLC. Prefiero enfocar el debate sobre lo que está en juego, pero en esta ocasión, con el permiso del lector, debo aclararle a la señora Coffey varias cosas.

Primero que nada, desde hace más de una década antes del TLC tengo un interés demostrable en el desarrollo de medicinas y gestión de sistemas de salud. En 1993 me gradué con un doctorado en bioquímica de UCLA y después trabajé varios años como investigador biomédico en una empresa_ “innovadora”_ de nuevos medicamentos en EEUU, donde fui nombrado Científico del Año en 1994 por diseñar un nuevo tipo de potencial fármaco anticoagulante. Mi interés en el sector salud me llevó a matricularme en 1996 (siete años y medio antes de que se firmara el TLC) en la escuela de negocios de Wharton de la Universidad de Pennsylvania, donde me gradué con un MBA en Administración de Sistemas de Salud. Al regresar a Costa Rica trabajé varios años como evaluador de proyectos y consultor en el sector salud en Latinoamérica, además de apoyar en la implementación de proyectos de investigación clínica de las empresas que usted representa. He liderado, de manera voluntaria, equipos de estudiantes de maestría en Administración de Sistemas de Salud en el diagnóstico de problemas en los hospitales de la Caja y la formulación de soluciones. Por lo tanto, es muy posible que haya estado involucrado en el sector salud más años que usted. Sin embargo, una situación familiar me llevó a incorporarme en la gestión de la empresa de agroquímicos de la familia. Esta empresa no tiene absolutamente ningún interés económico en medicamentos ni en la Caja, caso contrario a las empresas que usted representa. Por lo tanto, cuando hablo del impacto del TLC sobre el acceso a medicamentos de la población y el modelo de la Caja, lo hago como un costarricense que algo conoce del tema, preocupado por las corrientes que alejan a Costa Rica de lo que ha sido siempre: uno de los mejores países del mundo donde vivir en paz, con tranquilidad, estabilidad y dignidad.

Habiendo aclarado esto, regresemos al tema que nos ocupa. La señora Coffey reconoce implícitamente que el TLC tendrá un efecto negativo sobre las empresas productoras de genéricos. Sin embargo, al igual que los otros artículos, utiliza la incoherencia económica de argumentar que los efectos negativos se limitan a las empresas de genéricos, pero no tiene efecto sobre el precio de los medicamentos. Cualquier economista o persona aplicando la lógica puede deducir que eliminar la competencia libre en un mercado, y monopolizar la oferta de un producto en un solo proveedor, resultará en precios más altos (especialmente cuando son empresas con fines de lucro). Más adelante la autora trata de minimizar ese efecto a la industria genérica señalando que el 47% de las recetas de medicamentos en EEUU (donde prevalece la protección de los 5 años) son genéricos, para justificar que los datos de prueba no son obstáculo para la industria. Sin embargo, este dato no apoya su argumento cuando vemos que aproximadamente el 98% de las unidades de medicamentos adquiridos y “recetados” por la Caja son genéricas. En otras palabras, la población de Costa Rica está mucho más “cubierta” por genéricos que la población de EEUU. Además de esto, a pesar de la multimillonaria campaña de FEDEFARMA por cuestionar la calidad de los medicamentos genéricos, la expectativa de vida en Costa Rica es mayor a la de EEUU. Obviamente algo estamos haciendo bien en Costa Rica, y esto comienza a ser un punto de comparación muy incómodo para otros países, incluyendo EEUU.

La señora Coffey indica que los plazos de patentes y de protección de datos de prueba corren en paralelo, por lo cual no suman. Sin embargo, la gran mayoría de las medicinas que se aprobarán en el Ministerio de Salud en los próximos 5 años no tendrán patentes sobre el principio activo (patente principal) ya que la gran mayoría de las patentes de los medicamentos en proceso de desarrollo antes de la reforma de la Ley de Patentes de Costa Rica (Ley 7979) no fueron solicitadas en Costa Rica. Por lo tanto, los datos de prueba serán el mecanismo de creación del monopolio. La mayoría de los medicamentos nuevos para los cuales se están solicitando patentes hoy en día no serán aprobados para su uso hasta del 2010 en adelante. Por lo tanto las nuevas reglas de protección de datos de prueba sí crearán monopolios que no hubieran existido sin el TLC.

Hablando de monopolios, la subdirectora de FEDEFARMA dice que las patentes no otorgan monopolios sobre tratamientos de enfermedades ya que pueden existir muchos medicamentos diferentes para tratar una enfermedad. Sin embargo, sí otorgan monopolios sobre las moléculas que se utilizan para tratar enfermedades. En ciertas enfermedades solamente existe una buena opción de medicamento para su eficaz tratamiento, por lo cual un monopolio sobre ese medicamento sí es equivalente a un monopolio sobre el tratamiento. Desafortunadamente, aún cuando existen varias opciones para el tratamiento de una enfermedad, la competencia entre empresas transnacionales farmacéuticas con medicamentos patentados nunca se da en base a precio, sino sobre la base de publicidad, promoviendo los atributos de sus respectivos medicamentos. Las transnacionales farmacéuticas ponen a funcionar su muy afinada máquina de mercadeo, gastando más en mercadeo que en investigación y desarrollo, para canalizar pacientes a sus medicinas patentadas. Se ejerce mucho “lobby al detalle” en el sector privado mediante las visitas médicas de los representantes de estas empresas, que a su vez le muestran mucho “cariño” a los médicos que recetan sus medicamentos patentados, enviándolos a seminarios en lugares muy bonitos, invitándolos a cenas espléndidas, etc. Grupos de pacientes también pueden hacer presión sobre la Caja para que les cubra un medicamento específico, y la Sala Cuarta muchas veces se convierte en el “seleccionador” de medicamentos, ordenándole a la Caja los que tiene que comprar. Por lo tanto, no podemos tratar de desviar la atención al hecho de que las patentes sí crean monopolios sobre medicamentos y encarecen el tratamiento de enfermedades. Decir lo contrario es jugar con palabras.

Relacionado a este argumento, la subdirectora de FEDEFARMA nos dice que todos los medicamentos actuales no serán afectados ya que el TLC no es retroactivo. Cierto, pero el Cuadro Básico de Medicamentos de la Caja se tiene que actualizar todos los años con nuevas medicinas y estas vendrán con las nuevas reglas de juego a favor de las transnacionales. Hemos visto con el ejemplo del medicamento amlodipino como se podría disparar el presupuesto con muy pocos nuevos medicamentos bajo monopolio. El TLC no afectará a todas las áreas por igual, concentrando sus efectos negativos en las áreas donde precisamente no hay buenas opciones de tratamiento hoy, como el cáncer. Hay aproximadamente 400 medicamentos para el cáncer en fase de investigación clínica (incluyendo unos 15 para cáncer gástrico). De todos estos potenciales medicamentos, podemos esperar que se aprueben unos 30 a 80 medicamentos nuevos. Todos estos medicamentos vendrán a precios mayores a $25,000 por paciente por año. Estos son los precios mínimos que se están cobrando por los medicamentos nuevos para el cáncer. En Costa Rica se diagnostican aproximadamente 10.000 casos nuevos de cáncer por año. Aún si solamente un porcentaje menor de los pacientes se podrían beneficiar de tales medicamentos, los números suman muy rápidamente.

Otra área de alto impacto serán las enfermedades infecciosas, aún cuando hoy ya existan tratamientos adecuados, las resistencias que generan los microbios causantes del SIDA, tuberculosis, gripe aviaria (Dios guarde!) y otras infecciones bacterianas hacen totalmente necesario el desarrollo y adquisición constante de nuevas terapias, todas de las cuales vendrán con las nuevas reglas de PI del TLC.

Es curioso que la subdirectora de FEDEFARMA, relacionada con PhRMA en EEUU, minimice el costo que las nuevas reglas de propiedad intelectual del TLC tendrán para la Caja, cuando precisamente PhRMA le ha expresado al USTR que han dejado de recibir más de $112 millones en ingresos en Centroamérica de enero a septiembre del 2006 (ver el semanario Universidad, edición del 15 de marzo del 2007) por la no aplicación de las disposiciones contenidas en el TLC. ¿De dónde creen que vendrían esos $112 millones? Además, si realmente no afectaran en nada estas reglas del TLC, entonces ¿por qué no sacar tan polémicas cláusulas del TLC? Porque precisamente sí afectan los precios y las empresas transnacionales esperan recibir cientos de millones de dólares de más en todo Centroamérica con este TLC, a costa de todos nosotros.

Nos dice la señora Coffey que los medicamentos representan “solo” el 10% del presupuesto de la Caja. El problema es que si este rubro se dispara, la Caja no tiene un presupuesto muy “elástico”. La mayoría del presupuesto se va en salarios y otros costos fijos y no hay mucho “colchón” en el presupuesto. ¿Qué hubiera pasado si la compra del medicamento amlodipino hubiera estado monopolizado con solo Pfizer como oferente? Una diferencia de más de $20 millones de dólares no se lo salta un burro. El Puente de la Amistad sobre el Río Tempisque costó poco más que eso. El presupuesto para la reconstrucción del Hospital Calderón Guardia después del incendio fue menor que ese monto, y aún así, la Caja no tenía recursos para realizar la obra. Por lo tanto, aún con rubros de tan alta prioridad, como los medicamentos para la población o como la reconstrucción de uno de los principales hospitales del país, el presupuesto de la Caja no tiene la suficiente “flexibilidad” implícita como para enfrentar este tipo de disparo en gastos, aún cuando representan un porcentaje menor del presupuesto total de la Caja.

La autora nos indica que aún con protección de datos, la industria de genéricos de Colombia ha crecido un 6%. Colombia es un caso particular ya que la industria nacional hasta recientemente se reactivó con la economía. Por lo tanto, no es extraño que en un país con la guerrilla más vieja del mundo crezca la industria nacional en un periodo de relativa tranquilidad. Sin embargo, la población de Colombia no tiene ni la sombra de cobertura de salud (o de medicamentos) que tenemos en Costa Rica, y mucho menos los indicadores de salud del cual gozamos en nuestro país. Por lo tanto, usar a Colombia como modelo sería retroceder en nuestro modelo de seguridad social.

La autora termina diciendo que se pueden aprovechar las condiciones del TLC para “fortalecer la incipiente investigación en biotecnología” así como “apoyar a la industria farmacéutica y química nacional para que busque nuevos mercados externos y se integre más efectivamente en un mercado global”. Sin embargo, talvez la autora no se da cuenta de que la industria nacional buscó mercados externos hace años, y es una industria exportadora. Algunas empresas exportan la mayoría de su producción. Sin embargo, el TLC les limita las posibilidades de continuar con este crecimiento exportador por las reglas de propiedad intelectual. Limitar el mercado local tiene implicaciones para incursionar en el mercado internacional.

Por otra parte, no vemos voluntad política para realmente promover unas industrias nacionales tan estratégicos para la economía nacional y para el sector salud y agropecuario como lo son las industrias nacionales de medicamentos y agroquímicos. Por ejemplo, en la Comisión de Asuntos Internacionales le propusimos a las Diputadas establecer un canon para las solicitudes de patentes de $10.000 por patente. Nada en el TLC impide esto. Este costo vale la pena para muchas empresas, como lo demostró el caso de la compra del medicamento amlodipino. Si Pfizer hubiera tenido un monopolio, una sola compra se bastaría para pagar 2.000 solicitudes de patentes. Este canon serviría para recaudar fondos que se podrían destinar al financiamiento de proyectos nacionales de investigación en las universidades y otros centros, al igual que para fortalecer la oficina de patentes. También desincentivaría la solicitud de patentes de dudosa validez, o patentes que empresas podrían solicitar para crear más cuello de botella y así alargar las patentes de los productos que sí les interesan. Por lo tanto, podría reducir la demanda de patentes dudosas, al mismo tiempo que recauda fondos para la investigación nacional, ligando la investigación con la herramienta que supuestamente existe para promover la investigación: las patentes. En poco tiempo este canon estaría generando por lo menos $10 millones por año, nada despreciable para financiar investigación nacional de una manera sostenida. Sin embargo, la Diputada Mayi Antillón, cuyo esposo representa a Pfizer, le echó agua fría a esta propuesta.

Finalmente, para que veamos el poder del “lobby” de PhRMA (relacionada a FEDEFARMA en Costa Rica) recomiendo que todos vean el reportaje que hizo el noticiero “60 Minutes” en EEUU, donde describen como el gran “lobby” de las transnacionales farmacéuticas logró prohibir la potestad del Estado de EEUU de negociar precios cuando compra medicamentos a estas transnacionales. Este es el ejemplo del “libre comercio” que quieren las transnacionales en Costa Rica. Además, señala como utilizan sus allegados políticos para lograr sus objetivos. Este reportaje lo pueden ver en video en el siguiente link:

Reportaje CBS

Algo que todos debemos saber es que el poderoso lobby PhRMA y las empresas farmacéuticas individuales han gastado 758 millones de dólares desde 1998 para lograr sus objetivos. Ninguna otra industria ha gastado tanto en influenciar las reglas de juego que definen congresistas, reguladores, etc. Sería muy extraño invertir tanto dinero en algo que supuestamente no tiene ningún efecto en los precios de los medicamentos que pagamos los consumidores, o la Caja.

*** Cámara de Empresarios Pro-Costa Rica

rmacaya@rimacsa.com

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