“No profesionales”: Acordada reestructuración de clases y salarios

RESOLUCIÓN DG-234-2009

DIRECCION GENERAL DE SERVICIO CIVIL. San José, a las catorce horas del veintisiete de julio del dos mil nueve.

CONSIDERANDO:

1. Que el artículo 191 de la Constitución Política dispone que un Estatuto de Servicio Civil, será el cuerpo jurídico que regulará las relaciones entre el Estado y los servidores, con el propósito de garantizar la eficiencia de la Administración Pública.

2. Que para dar cumplimiento a este mandato constitucional, se dota a la Dirección General de Servicio Civil como un órgano desconcentrado en grado máximo, a la cual el Estatuto de Servicio Civil le otorga competencias propias en materia de clasificación, selección y valoración del empleo público.

3. Que siendo la Dirección General de Servicio Civil titular de competencias propias en estas materias, de acuerdo con lo que dispone el artículo 13 del Estatuto de Servicio Civil, es el único órgano dentro del Poder Ejecutivo que debe seleccionar, valorar y clasificar los puestos dentro del Régimen de Servicio Civil.

4. Que mediante Decreto Ejecutivo No.25592-MP del 15 de noviembre de mil novecientos noventa y seis, se derogan los Decretos Ejecutivos que sustentaron el sistema de clasificación y valoración de puestos y crea otro modelo con características diferentes.

5. Que en apego al Decreto Ejecutivo citado en el punto precedente las instituciones cubiertas por el Régimen de Servicio Civil, elaboraron sus respectivos manuales institucionales, los cuales fueron aprobados por esta Dirección General mediante su Área Normativa, anteriormente denominada Instrumentación Tecnológica y actualmente Gestión de Recursos Humanos.

6. Que de acuerdo con el artículo 6º del Decreto Ejecutivo antes citado, “…tanto el Manual de Clases Anchas del Régimen de Servicio Civil, como los Manuales institucionales, deberán ser aprobados y emitidos por resolución de la Dirección General de Servicio Civil, por medio de la unidad competente. Igual procedimiento se seguirá para posteriormente crear, modificar o suprimir dichas clases o cuando se determine un cambio de código….”.

7. Que como parte del Plan Nacional de Desarrollo para el período 2006-2010 “Jorge Manuel Dengo Obregón”, punto 4.1.4.4 se establecen acciones estratégicas “dirigidas a modernizar el empleo público vigente, para ponerlo COSTA RICA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIO CIVIL a todo (sic) con las necesidades de recurso humano de la Administración Pública”.

8. Que producto de la modificación de la estructura ocupacional y salarial de los estratos profesional y gerencial del Régimen de Servicio Civil, mediante resolución DG-279-2007, se ha determinado la necesidad de contar con un sistema clasificado de puestos ágil, sencillo y uniforme mediante una nueva estructura de clases para los estratos Operativo, Calificado y Técnico, que permita el desarrollo personal de los servidores públicos y la equidad salarial del sistema.

9. Que esta Dirección General de Servicio Civil mediante su Área de Gestión de Recursos Humanos, emitió el informe técnico Nº GESTIÓN-SAO-054-2009 del 1 de julio del 2009, en el cual se recomienda eliminar algunas clases de puestos correspondientes a los estratos Operativo, Calificado y Técnico contenidas tanto en el Manual de Clases Anchas como en los Manuales Institucionales de Clases. En su lugar, plantea una nueva estructura de clases para caracterizar las labores propias de dichos estratos, con el fin de ajustar el instrumento clasificador de los empleos en el Régimen de Servicio Civil.

10. Que en cumplimiento del acuerdo de la Comisión Negociadora del Sector Público de las diecisiete horas con quince minutos del diecisiete de junio del 2009, se acordó “aceptar el reajuste salarial por reestructuración para las clases no profesionales del Título I, presentado por la Dirección General de Servicio Civil propuesta, que deberá regir a partir del 1 de julio del presente año …” .

11. Que la Asesoría Jurídica de esta Dirección General, autorizó el texto de la presente resolución según consta en oficio AJ-385-2009 del 24 de julio del 2009.

Por tanto,
LA DIRECTORA DEL ÁREA DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS
En uso de las facultades que le confiere el Estatuto de Servicio Civil, así como el acuerdo No. 002-2008-SC, publicado en el Diario Oficial La Gaceta No. 221 de fecha 14 de noviembre del 2008.

RESUELVE:
Artículo 1:
Modificar el Manual de Clases Anchas sustentado en la Resolución DG-055-97 de fecha 05 de junio de 1997 y sus reformas, con el fin de suprimir las siguientes descripciones y especificaciones de clases de puesto:

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