Parque Nacional Manuel Antonio, una lucha sin fin 1972-2009…

En el proceso cabe destacar los siguientes aspectos:

1. La Voluntad Legislativa. El legislador siempre ha tenido voluntad desde la fundación del Parque Manuel Antonio de dotarlo de los recursos para su ”desarrollo y consolidación”, la cual quedó expresada en el artículo tercero de la ley 5100, y en la modificación de ésta en dos oportunidades a través de la leyes 7793 en 1998 y la ley 8133 en el 2001. Estos logros legislativos podrían desaparecer de aprobarse el proyecto de ley expediente Nº 17.211, que está en trámite en la Comisión de Ambiente de la Asamblea Legislativa, el cual pretende eliminar la Junta Directiva y el Fideicomiso del Parque Nacional Manuel Antonio. La intervención oportuna y coordinada de los sectores locales, permitió mantener la Junta; pero sigue existiendo la amenaza sobre los recursos del fideicomiso del PNMA, provenientes de sus ingresos. De aprobarse el texto referido al financiamiento de áreas Protegidas Estatales la totalidad de los ingresos del Parque Nacional Manuel Antonio pasarían a formar parte de un fideicomiso único administrado nuevamente por SINAC a nivel Central.

2. Omisiones del Ejecutivo. La vida del PNMA ha estado caracterizada por omisiones, incumplimientos de las funciones propias y excesos del ejecutivo que han atentado contra su estabilidad, y que han sido resueltas a favor del Parque por la Sala Constitucional. Entre esas omisiones señalamos las siguientes:

a. No se han aplicado los mandatos de ley desde su fundación, relacionados con el destino de los recursos que le corresponden al Parque para su desarrollo, consolidación, operación y establecimiento (artic. 3 de la ley 5100, modificado por el artíc.1 de la ley 8133). Este incumplimiento constitucional, resuelto, en forma parcial, por la Sala IV, en la Sentencia No. 2009-011959 del 01 de julio del 2009, fallo que ordena aportar de inmediato el 50% de los ingresos del PNMA de años anteriores, al Fideicomiso del Parque Nacional Manuel y que deben destinarse al pago de tierras.

b. Decisión ejecutiva de segregar terrenos dentro del PNMA mediante el decreto No.25701 (¿inconstitucional?) de enero de1997; ante este decreto la reacción local y legislativa se plasmó en la Ley 7793, que estableció el Fideicomiso y el posterior desacato a esta ley, que a su vez generó la ley 8133en el 2001.

c. Incumplimiento, entre otras, de funciones propias del ejecutivo, que han propiciado disposiciones de la Sala IV como la del voto 4495-03, que ordena al Ministro de Seguridad: “que de inmediato gestione los trámites necesarios para que brinde al Ministerio de Ambiente y Energía la colaboración que requiere, a efecto de ejecutar coordinadamente el desalojo de las personas que ocupan en precario la Playa El Rey, dentro del Parque Nacional Manuel Antonio.”

3. La Defensa local del Parque. La defensa realizada por los sectores locales y nacionales del PNMA, concretizadas en su Creación y la reacción a diferentes acciones contrarias a la consolidación del mismo; entre las que destacan la segregación de terrenos, la ampliación del PNMA hasta el Portalón, la gestión en primera instancia de la ley 7793 que crea el Fideicomiso y posteriormente de la ley 8133 (que reafirmó el destino de los recursos de ingreso del Parque y creó la Junta Directiva del Parque), así como la intervención firme y decidida en hacer cumplir esta ley en los últimos años, lo que ha permitido el pago del 97% de las tierras, que durante 33 años no habían sido canceladas a sus propietarios. Sin embargo, no se tiene el mismo avance en el desarrollo y operación del parque, como se evidencia a continuación.

4. El crecimiento de la visitación sin inversión. La inversión en infraestructura, logística y recursos humanos, fue casi nula, pese a que el PNMA pasó de una visitación de 20 000 personas en 1980 a 270 000 en el 2008, y que el área continental pasó de 460 has en 1981 hasta cerca de 2100 has en la actualidad, a lo que hay que sumarle 50000 has marinas que prácticamente no se atienden. La falta de inversión llegó al punto crítico con la orden Sanitaria orden sanitaria Nº ARSA-JVC-01-2009 emitida por el Ministerio de Salud, en febrero del 2009.que ordeno solventar, entre otras irregularidades, la contaminación producida por las aguas negras y servidas dentro del Parque
Situación actual y retos:

Producto de la crítica situación y después de múltiples gestiones se están ejecutando ¢160 millones aportados por el Instituto Costarricense de Turismo y se han presupuestado y aprobado ¢700 millones por parte del Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones (MINAET), para infraestructura en el Sector de Manuel Antonio, quedando por asumir las necesidades propias del Sector Playa El Rey. Este aporte de MINAET, de ejecutarse, representa un 20% de los recursos que deberían haberse invertido para desarrollo y operación del Parque, desde la aprobación de la ley7793 en 1998.

Queda en la agenda de los diferentes sectores de la sociedad local y nacional, el continuar la lucha por la consolidación y desarrollo del Parque Nacional Manuel Antonio que tantos beneficios ha aportado a la zona y al país en general, y mantener los logros de la ley 5100 y sus reformas, expresión de la voluntad de los legisladores que siempre le dotaron de los recursos para su establecimiento, desarrollo, operación y consolidación.

*Presidente Junta Directiva del Parque Nacional Manuel Antonio
matteyjo@ costarricense. cr

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