Después de cinco años de oposición por parte de nuestra organización sindical (una oposición con gran solidez profesional y con un amplio criterio político), la Contraloría General de la República otorga el refrendo a uno de los negocios más leoninos de la historia de nuestro país: el Contrato de Concesión de Gestión de Servicios Públicos de Puerto Caldera.
Hoy denunciamos que el contrato refrendado por la Subcontralora General de la República, mediante oficio DCA-0733 del 27 de marzo de 2006, mantiene los mismos vicios que provocaron su rechazo las dos ocasiones anteriores.
Asimismo, expresamos el amargo sabor que nos causa el hecho de que una vez que ingresó el contrato para refrendo, la Administración del INCOP, que públicamente hizo alarde de que mantenía conversaciones extraoficiales con la Contraloría acerca del contrato, presentó dos adendum corrigiendo varias cláusulas.
En términos generales, el contrato mantiene las siguientes irregularidades:
INEXISTENCIA DE LEY MARCO: De acuerdo al Artículo 121 de la Constitución Política, los muelles son bienes que cuentan con una afectación especial y que requieren de una ley marco para ser otorgados en concesión.
En virtud de que la Ley de Concesión de Obra Pública prohíbe expresamente otorgar en concesión las instalaciones portuarias existentes, la Administración del INCOP, incurriendo a nuestro criterio en fraude de ley, optó por la figura de la concesión de gestión de servicios públicos de los artículos 74 y 75 de la Ley de Contratación Administrativa. Sin embargo, estos artículos delimitan en términos amplios los alcances de la concesión de servicios, es decir, constituyen un tipo abierto que debe ser definido reglamentariamente.
En este caso, el Reglamento para los Contratos de Concesión de Gestión de Servicios Públicos Portuarios fue publicado en la Gaceta No. 10 del 15 de enero de 2002, pese a que el proceso licitatorio había iniciado un año antes, con la publicación de los carteles de licitación, en La Gaceta No. 68 del 5 de abril de 2001.
A nuestro criterio, este es uno de los pecados originales de este proceso, y el hecho de que la Contraloría General de la República haya otorgado el visto bueno aplicando este Decreto, podría constituir delito de prevaricato.
MODIFICACIONES AL CARTEL: Este contrato se aparta del cartel en cuestiones esenciales, lo cual lesiona los principios constitucionales de contratación administrativa y otorga ventajas desproporcionadas al adjudicatario.
Se amplió los bienes de la concesión al incluir el edificio administrativo, se amplió el objeto de la concesión porque se contempla dentro de este todos los servicios relacionados con las escalas comerciales realizadas por todo tipo de embarcaciones que soliciten atraque en Puerto Caldera; se incluye la atención a la carga atunera y a los cruceros, cuyas licitaciones habían sido declaradas desiertas.
ASPECTOS DE ÍNDOLE TARIFARIO: Las lesiones a las competencias de la ARESEP que contiene el contrato, no se originaron en el mismo, sino que son vicios que arrastra desde el cartel de licitación. En razón de la anterior, pretender corregir esta situación a estas alturas del proceso, sería absolutamente ilegal, puesto que constituye una lesión a los principios constitucionales de contratación administrativa.
Por último consideramos oportuno indicar que nuestra organización sindical, ha presentado dos denuncias penales ante la Fiscalía General de la República: una por tráfico de influencias y otra por fraude de ley. Consideramos que la única esperanza que nos queda para resguardar la institucionalidad es el Ministerio Público.
ASPECTOS SOCIALES: Serán graves las consecuencias para el costo de la vida, sobre en los sectores populares, pues habrá un encarecimiento de costos de los servicios portuarios de Caldera, a partir de la lógica de lucro y de recuperación de la inversión que reclamará el concesionario; encareciéndose, por ejemplo, el costo del pan, de las galletas, de los macarrones y otras harinas, cuyo grano de elaboración básica entra por este muelle.
Finalmente, en ANEP interpretamos que esta decisión del órgano contralor, debe interpretarse como una especie de guiño que la Contraloría General de la República le hace al nuevo gobierno, en esta delicada y polémica materia de concesión privada de servicios públicos, de que el camino marcado en tal sentido, no será variado. Esto, por supuesto, lo decimos con el mayor respeto que nos merece el ente contralor del país.
San José, 29 de marzo de 2006.