15 de noviembre de 2012
Centro de Cultura de Derechos de la Niñez y la Adolescencia, PANI
Considerando:
Que hoy 15 de noviembre las mujeres anepistas de diferentes seccionales conmemoramos el Día Nacional e Internacional de la Eliminación de la Violencia contra las Mujeres.
Que la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer (CEDAW), fue adoptada por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), el 18 de diciembre de 1979 y ratificada por el Estado costarricense a través de la Ley No. 6968, el 2 de octubre de 1984.
Que la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, “Convención de Belém do Pará”, fue adoptada por la Organización de Estados Americanos (OEA), el 9 de junio 1994 y en Costa Rica se ratificó el 28 de junio de 1995, mediante la Ley No. 7499.
Que la ANEP como instancia de defensa de Derechos Humanos debe velar por el cumplimiento de los compromisos adquiridos por el Estado.
Que la igualdad como Derecho Humano no es la exigencia de trato idéntico, sino aquella que se logra con la eliminación de todas las formas de discriminación contra las mujeres mediante acciones.
Que se reconoce que la desigualdad histórica de las relaciones de poder entre hombres y mujeres hace necesario brindar protección especial para mujeres.
Que se reconoce la violencia contra la mujer como un delito y una violación a los Derechos Humanos de las mujeres.
Que el sindicato tiene como propósito acompañar en la defensa de los derechos a las personas trabajadoras.
Que la Organización Internacional del Trabajo (OIT), en el 2011 plantea que a pesar del masivo ingreso de las mujeres a la fuerza de trabajo, su mayor nivel educacional y el significativo aporte que ellas realizan a la manutención de sus familias y el desarrollo de sus países, aún persisten fuertes patrones de desigualdad de género en el trabajo.
Que en el ambiente de trabajo nosotras las mujeres vivimos situaciones de violencia en razón de nuestra condición de género.
Que la discriminación de género atenta contra los principios y derechos fundamentales del trabajo, los Derechos Humanos y la justicia social.
Que el horizonte utópico de ANEP es la transformación de la sociedad, en aras de hacerla más justa, democrática e incluyente en todas sus dimensiones: económica, ambiental, política y sociocultural.
Que este horizonte no es posible si no se cuestionan las bases de la sociedad patriarcal que tiene como base la distribución desigual del manejo del poder atribuido a lo masculino.
Que nosotras las mujeres debemos asumir el liderazgo de nuestra propia vida y bienestar y para ello requerimos ser las lideresas del cambio y asumir espacios en la toma de decisiones.
Que la misión de la ANEP de promover desde la clase trabajadora un Estado Social de Derecho equitativo e incluyente, con pleno respeto de los Derechos Humanos y del medio ambiente, a través de la reflexión, la propuesta y participación social, y el desarrollo de nuestra capacidad organizativa, tiene que pasar por cuestionar cómo incide la condición de género en la inserción de los hombres y principalmente de las mujeres en el mundo laboral.
Que la OIT plantea que el conocimiento de las trabajadoras acerca de sus derechos es fundamental para un efectivo ejercicio de éstos y que la difusión de información acerca de estos derechos contenidos en las normas internacionales así como en las legislaciones nacionales, es un instrumento clave para mejorar la condición de la mujer en la sociedad.
Nosotras las mujeres anepistas, exigimos:
La conformación de una instancia formal como Secretaría de Género de la ANEP que vele particularmente por los intereses, necesidades y demandas de las mujeres trabajadoras afiliadas; y contar con un espacio especializado que brinde asesoría, apoyo y acompañamiento a las mujeres para que el mundo laboral sea un mundo de oportunidades.