El pasado jueves 26 de marzo el Poder Ejecutivo convocó a sesiones extraordinarias de la Asamblea Legislativa el proyecto de ley denominado “Protección del Empleo en Momentos de Crisis” (expediente Nº 17.315), promovido por la cúpula de las cámaras empresariales y acogido por los jefes de Fracción de los partidos que apoyaron el TLC.
Se trata de un nuevo intento por desmantelar las garantías sociales conquistadas con sangre por el pueblo de Costa Rica, esta vez para cargar sobre los hombros de los más débiles, de la clase trabajadora, los costos de la actual crisis económica provocada por la voracidad sin límite de los grandes banqueros. Explotando el miedo a la pérdida de empleo se pretende imponer a las y los trabajadores las formas más descarnadas de flexibilidad laboral, destruyendo derechos laborales mínimos.
Según esta ley para que las y los trabajadores paguen los platos rotos de la crisis, cada vez que el Banco Central determine que hay una reducción por tres meses consecutivos del “índice mensual de actividad económica” el Gobierno podrá autorizar vía decreto a los patronos de la empresa privada de “un determinado sector o sectores de la economía” para que impongan a sus trabajadores una serie de “medidas temporales” que recortan sus derechos laborales. Estas medidas se aplicarán por plazos de seis meses prorrogables por periodos iguales e incluyen:
- Disfrute obligado de vacaciones acumuladas y adelanto forzoso de las vacaciones que le corresponderían al trabajador durante el periodo de duración de las medidas.
- Modificación unilateral de la jornada de trabajo.
- Reducción unilateral de la jornada de trabajo
y, por consecuencia del salario del trabajadorhasta en una tercera parte del número de horas pactadas en el contrato de trabajo. Esta reducción se aplicará también a las contribuciones a la seguridad social y demás beneficios sociales. Además podrá aplicarse a trabajadores que reciben el salario mínimo, con lo cual sus ingresos reales quedarán muy por debajo del requerido para satisfacer sus necesidades básicas.
- Reducción unilateral del salario
sin reducción de jornadapara trabajadores que tengan salarios superiores a dos veces el monto exento de pagar el impuesto sobre la renta.
- Todas estas medidas se aplicarán incluso a trabajadores protegidos por fueros especiales como trabajadoras embarazadas y en periodo de lactancia.
Además de los evidentes vicios de inconstitucionalidad que contiene, son muchas las razones para oponerse a este nefasto proyecto de ley. Algunas de las principales son:
1. Eliminación de derechos laborales mediante un simple decreto ejecutivo. El reconocimiento por ley de una serie de derechos mínimos que no pueden ser modificados por los empleadores es una de las principales conquistas alcanzadas por la clase trabajadora con la aprobación del Código de Trabajo. Sin embargo, este proyecto abre un peligroso “portillo” para desmantelar este sistema de garantías mínimas. Le otorga al Gobierno el poder para autorizar a los patronos privados a desconocer los derechos mínimos del Código de Trabajo. Este poder puede ser ejercido con un amplio margen de discrecionalidad para escoger en cuales sectores de la economía se pueden reducir los derechos laborales.
2. Todo el sacrificio se carga sobre los hombros de los trabajadores. No se exige a las empresas reducir ganancias. Este hecho retrata de cuerpo entero la lógica perversa que inspira este proyecto de ley. Los sacrificios para sobrellevar la crisis económica se trasladan íntegros a la clase trabajadora mediante recortes de derechos laborales. Pero brilla por su ausencia cualquier tipo de medida que exija sacrificios similares al sector capitalista. A los dueños de las empresas no se les exige recortar sus dividendos o reducir su margen de ganancias. De hecho, ellos podrían mantener su nivel de utilidades a costa de socializar entre las y los trabajadores los costos de la crisis. Nada en el proyecto busca impedir que esto ocurra e incluso podría suceder que los dueños de la empresa busquen incrementar sus ganancias mediante la aplicación de las medidas contenidas en esta ley.
3. Los derechos laborales se reducen de forma general por sectores económicos beneficiando por igual a grandes trasnacionales y a micro y pequeñas empresas. El proyecto habla de recortar derechos laborales en uno o varios sectores de la economía. Es decir, las medidas que reducen derechos se aplicarían por igual a todas las empresas que forman parte de un mismo sector. No importa sin son grandes consorcios transnacionales, poderosos monopolios privados o pequeños productores y microempresas familiares. Todas podrán reducir los derechos de sus trabajadores, aunque se encuentren en condiciones muy distintas para enfrentar la crisis.
4. No se exige a cada patrono demostrar que se encuentra en situación de crisis o que las medidas son necesarias para la empresa. Según esta ley, si un sector ha sido declarado en “crisis” todas las empresas de ese sector tendrán vía libre para reducir los derechos de sus trabajadores. No se exige a cada patrono en particular demostrar que su empresa está en crisis o que la aplicación de estas medidas es la única opción que tiene para no despedir trabajadores. Esto implica que empresas que no están en problemas, o incluso las que cuentan con una situación económica boyante, también podrán aplicar estas medidas para incrementar sus ganancias a costa de la clase trabajadora.
5. No se exige autorización previa para que una empresa reduzca derechos laborales. En otros países donde existe la posibilidad de aplicar medidas excepcionales de regulación del empleo en tiempos de crisis, los patronos deben solicitar primero ante una autoridad laboral del Estado una autorización para aplicar esas medidas. En este proceso, la autoridad estatal debe analizar si dichas medidas realmente se justifican y si la empresa cumple con los requisitos legales para ello. El modelo propuesto en Costa Rica ni siquiera cumple con estos pasos mínimos. Se aplica la lógica neoliberal de que “es mejor pedir perdón que pedir permiso”. Emitido el decretazo del Gobierno, cualquier empresa puede empezar a aplicar las medidas sin contar con una autorización previa del Ministerio de Trabajo o de los tribunales laborales. Las empresas, únicamente tienen que_ “comunicar”_ al Ministerio que van a aplicar las medidas. El Ministerio podrá hacer un control posterior para ver si la empresa cumple o no con la ley, pero bien podría no hacerlo como ocurre a menudo y mientras tanto las y los trabajadores tendrán que soportar la reducción ilegal de sus derechos.
6. Sin diálogo ni negociación. En otros países tampoco se admite la aplicación de este tipo de medidas sin un proceso previo de diálogo y negociación del sector patronal con los representantes legítimos de las y los trabajadores donde se discutan posibles alternativas para enfrentar la crisis. Por el contrario, este proyecto de ley excluye por completo a sindicatos y trabajadores de cualquier proceso previo de negociación y más bien recurre a la imposición. Esto no es de extrañar, si se toma en cuenta que en Costa Rica no se respeta la libertad sindical en la empresa privada y quienes intentan conformar un sindicato son sistemáticamente perseguidos. Sin embargo, dicha realidad es una prueba más de la inviabilidad de esta ley. Las medidas de regulación del empleo en tiempos de crisis existen en países donde se respeta la libertad sindical, de manera que la clase trabajadora cuenta con representantes que puedan defender sus derechos sin sufrir represalias por ello.
7. Una ley que promueve la precarización del empleo y la reducción del salario mínimo, afectando especialmente a los más pobres. El proyecto plantea la reducción de derechos laborales como alternativa para evitar despidos. Pero ignora los graves problemas sociales que las medidas propuestas pueden ocasionar en especial entre los sectores más pobres de la población que apenas ganan el salario mínimo. La reducción hasta en un tercio de la jornada y el salario implica que estas personas recibirán ingresos muy inferiores al mínimo vital para satisfacer sus necesidades básicas. Pero por las modificaciones de jornada no existe garantía alguna de que puedan obtener un segundo empleo. La solución que les da el Gobierno para enfrentar la crisis es renunciar a un salario digno. El salario se reduce, mientras todos los gastos siguen aumentando (alimentación, agua, electricidad, medicamentos, vestido, transporte, deudas bancarias por vivienda, etcétera).
8. Una ley totalmente ineficaz frente al desempleo. El proyecto pretende justificar la reducción de derechos laborales con la excusa de que tal cosa es necesaria para “proteger el empleo”. Pero la verdad es que carece por completo de tal protección. No existe garantía alguna de que la empresa beneficiada con el recorte de derechos laborales se abstendrá de realizar despidos. La ley no establece sanción alguna para aquellos patronos que despidan trabajadores a pesar de estarse beneficiando con la aplicación de estas medidas. Tampoco hay prohibición de realizar despidos masivos de trabajadores una vez vencido el plazo de duración de las medidas temporales. Así las cosas una empresa puede incrementar sus ganancias mientras duran las medidas y posteriormente realizar los despidos con total impunidad, pagando menos a las y los trabajadores por concepto de aguinaldo y vacaciones proporcionales.
En síntesis, el Gobierno y las cámaras empresariales pretenden recetarnos una nueva dosis de capitalismo salvaje aprovechando la crisis causada por las políticas que ellos mismos han venido promoviendo desde hace 25 años. Para que los dueños de las empresas no reduzcan sus ganancias pretenden trasladar al pueblo trabajador los riesgos de la actividad empresarial.
Desde el Frente Amplio anunciamos nuestra absoluta y más rotunda oposición por todos los medios a nuestro alcance a este proyecto de ley y hacemos un llamado urgente a todas las organizaciones sociales y al pueblo costarricense en general a informarse y movilizarse para no permitir que se consume esta nueva agresión contra las garantías sociales.
PARTIDO FRENTE AMPLIO