En la persona de su Director, la Escuela Social Juan XXIII hace completamente suya la perspectiva de UCCAEP, la Unión Costarricense de Cámaras y Asociaciones de la Empresa Privada y, con ese proceder, comete sus mismos errores. Propone eliminar el inciso e del art. 340 del expediente 13475, que busca reformar el Código de Trabajo, aduciendo que, de aprobarse, quedarían borradas las diferencias entre las actividades sindicales y las de las asociaciones solidaristas. Lo cierto es que estas asociaciones sí realizan actividades lucrativas que les permiten repartir utilidades entre sus afiliados. Asimismo, administran la cesantía de los trabajadores (un tipo de ahorro) junto con un aporte patronal. En cambio, el proyecto de ley no autoriza a los sindicatos la realización de ese tipo de actividades.
Valga recordar que el tipo de ahorro permitido a los sindicatos por el Código de Trabajo es de carácter mutualista, que no genera ni permite la distribución de dividendos. El proyecto en discusión no cambia este aspecto. Es un ahorro voluntario y por los préstamos sólo se cobran los gastos administrativos. Los sindicatos necesitarían una ley especial para manejar la cesantía, los solidaristas ya la tienen y nadie se las está quitando. No hay ninguna “odiosa discriminación” como pretende el P. Francisco Hernández, sumándose gustoso a la campaña desinformativa contra las reformas para fortalecer las garantías sindicales. En ese mismo sentido, cabe aclarar que los sindicatos no son bancos ni poseen bancos; no están autorizados para captar ahorro del público.
Deseamos referirnos al fuero sindical. En el actual Código de Trabajo figura como una protección para los dirigentes, fundadores e integrantes de la junta directiva de un sindicato. Sin embargo, en la práctica, se dan con toda “regularidad” los despidos de los dirigentes. Desde luego, éstos pueden acudir a los tribunales, donde el pleito tarda varios años en resolverse. Mientras tanto, el sindicato se ha disuelto. Para evitar tamaña triquiñuela, el proyecto de ley en discusión busca aprobar un procedimiento que exija demostrar que el despido se hizo por razones administrativas o económicas, que no se despide como consecuencia de la actividad sindical. Se busca hacer efectivo un derecho ya contemplado en la ley.
En el artículo 363 de la reforma se detalla una lista de conductas que constituyen prácticas laborales desleales por parte del empleador, entre ellas, la discriminación a una persona por su condición de afiliado a un sindicato. Actualmente, según el Código, a los líderes sindicales no se les puede despedir (aunque acabamos de mencionar un procedimiento tramposo). Sin embargo, no hay protección para los afiliados. Con la reforma, se prohibiría despedir a un afiliado por el hecho de ser afiliado. ¿Cómo se sentiría el Presidente del Movimiento Solidarista si los patronos pudieran despedir a un trabajador o trabajadora por el “delito” de integrar el solidarismo? ¿Se ha puesto a pensar por qué será que las Cámaras patronales dan tantas facilidades al solidarismo mientras persiguen a los sindicatos? ¿Por qué hay tan pocos sindicatos en la empresa privada? ¿No es que la Doctrina Social de la Iglesia protege desde siempre a los sindicatos? No me diga, P. Hernández, que usted no sabe nada de “listas negras” y de otras prácticas laborales desleales de ciertos patronos, mencionadas en el art. 363 del proyecto de reforma.
Los sindicatos son “asociaciones de trabajadores formadas para defender sus propios derechos”, recuerda Benedicto XVI en su Encíclica Caritas in Veritate, que tiene todavía húmeda la tinta. ¿No le parece poco decoroso que un presbítero católico se sume a la campaña contra los derechos de los sindicatos?
Un último punto. Las modificaciones al Código de Trabajo referidas formaron parte del proceso de Concertación Nacional promovido por la Administración de don Miguel A. Rodríguez. UCCAEP también firmó, al lado de los sindicatos y otros sectores. Si ahora resultan papel mojado, en Costa Rica se estaría perdiendo o al menos deteriorando un valioso instrumento de diálogo social, en el cual la Conferencia Episcopal ha puesto mucha esperanza. No se sume usted, por favor, al descrédito de ese instrumento. Tampoco coloque a un organismo de nuestra Iglesia entre los que desobedecen los compromisos adquiridos ante la OIT (Organización Internacional del Trabajo). Para mí es doloroso discrepar con un miembro del clero, pero esta vez ha sido inevitable, por el bien de los trabajadores. Y no se olvide que no fui yo el primero en acudir a los medios de divulgación.
Fuente: elpais.cr| 17/07/2009