Reafirmamos que “La violencia contra las mujeres siempre es delito”

Recientemente, en un voto dividido 4 a 3, los magistrados Luis Paulino Mora, Ernesto Jinesta, Gilbert Armijo y la magistrada Rosa Abdelnour declararon inconstitucionales los dos tipos penales más utilizados: el maltrato físico y la violencia emocional, que representan el 78% de todas las denuncias presentadas hasta este momento.

Esta decisión, además de promover la impunidad de estas formas de violencia contra las mujeres, que son las más frecuentes, no puede menos que sorprender, ya que los tres magistrados que ahora emiten este criterio en el pasado resolvieron en sentido contrario.

La Ley de Penalización de la Violencia Contra las Mujeres es la segunda ley en el mundo específica de violencia contra las mujeres, y es la primera que penaliza el delito de femicidio.

Fue aprobada en el 2007, luego de casi ocho años de debate legislativo en los que fue sometida a consulta a la Sala IV en cinco ocasiones. Durante este tiempo, todos y cada uno de los delitos fueron ampliamente analizados, revisados y reformados para subsanar los problemas señalados por esta misma Sala.

Al derogar los artículos 22 y 25, medulares para la efectividad de esta ley protectora se legitima aún más las agresiones contra las mujeres, se le niega su carácter de delito que violenta sus derechos humanos, en particular el derecho a vivir libres de violencia y se niega el acceso a la justicia a las mujeres maltratadas.

Muchas mujeres que ya se habían amparado en esta ley se encuentran ahora en una situación de gran vulnerabilidad y peligro pues es bien sabido que uno de los momentos de mayor riesgo para las mujeres maltratadas es aquel en el que se han interpuesto denuncias contra los agresores, que ahora están libres.

Detrás de la derogatoria de estos dos artículos, hay una intencionalidad clara de ir eliminando paulatinamente toda la ley, lo cual ha sido manifestado expresamente por quienes se oponen a ésta y a otros avances en el reconocimiento de los derechos humanos de las mujeres. Así, se evidencia el irrespeto de los tres magistrados y la magistradas a los convenios y tratados internacionales de derechos humanos de las mujeres ratificados por Costa Rica, así como el retroceso en nuestro país que ha sido reconocido por su liderazgo latinoamericano en este ámbito.

En el marco de la celebración del 8 de Marzo, Día Internacional de la Mujer, dirigimos nuestra lucha a la defensa de la Ley de Penalización de la Violencia Contra las Mujeres.

POR TODO LO ANTERIOR ACORDAMOS:

1) Repudiar y denunciar a los magistrados Mora, Armijo, Jinesta y la magistrada Abdelnour ante la comunidad nacional e internacional por este acto regresivo y violatorio de los Derechos Humanos de las mujeres.

2) Exigir a la Sala IV la revisión y declaratoria de nulidad de esta resolución (Voto N. 15447-08) para la restitución de los tipos penales cuestionados al cuerpo de la Ley de Penalización de la Violencia contra las Mujeres.

3) Exigir que al menos el 40% del presupuesto extraordinario que fuera girado al Poder Judicial para asegurar la aplicación de la Ley de Penalización de la Violencia en Contra de las Mujeres sea destinado a la creación de un servicio de defensa y acompañamiento legal gratuito de mujeres víctimas de violencia.

Invitamos a las organizaciones civiles, sindicales, universitarias, de defensa de los derechos humanos, comunitarias, partidos políticos y a la ciudadanía en general a manifestar su repudio a estas actuaciones, uniéndose a la concentración que realizaremos este Viernes 6 de Marzo a las 10:30am frente a la Sala IV.

RED FEMINISTA CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LAS MUJERESCOSTA RICA

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