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En voto dividido, cuatro de los siete Magistrados y Magistradas de la
Sala IV – Luis Paulino Mora, Ernesto Jinesta, Gilbert Armijo y Rosa
Abdelnour – declararon inconstitucionales los dos tipos penales de la
Ley de Penalización de la Violencia en Contra de las Mujeres más
utilizados: el maltrato físico y la violencia emocional.
Estos son los delitos más usados de esta ley pues son los que
sancionan, por un lado, la agresión cotidiana que no produce lesiones
incapacitantes y, por el otro, el maltrato verbal, el insulto y las
ofensas sistemáticas que viven cada día de miles de mujeres en el
país.
La ciudadanía debe recordar que esta ley se discutió por más de 7
años y que en ese lapso fue a consulta a la Sala IV en tres ocasiones.
En este largo camino de las mujeres por la justicia, todos y cada uno
de los delitos fue ampliamente analizado, revisado y reformado según
indicaciones de esta misma Sala.
Por eso causa indignación que cuatro magistrados se tomen la
atribución de declarar inconstitucionales delitos que resoluciones
previas de la propia sala y de algunos de los propios magistrados
votantes, habían ya declarado constitucionales. Esta falta de
coherencia de la Sala IV crea un clima de inseguridad jurídica para las
mujeres y de impunidad para los agresores.
Esta posición de la Sala IV es contraria a las acciones y actitudes de
otros sectores del propio Poder Judicial y del Estado costarricense que
realizan un conciente esfuerzo por garantizar protección a las
mujeres maltratadas y facilitar su acceso a la justicia. También viola
múltiples convenios y tratados internacionales de derechos humanos
de las mujeres ratificados por Costa Rica e implica un injustificado
retroceso de la nación anteriormente reconocida por su liderazgo
latinoamericano en esta materia.
POR TODO LO ANTERIOR LAS ENTIDADES ABAJO FIRMANTES
ACORDAMOS:
1) Repudiar y denunciar a la Sala IV – en las personas de los
Magistrados Mora, Armijo, Jinesta y la Magistrada Abdelnour – ante la
comunidad nacional e internacional por este acto regresivo y
violatorio de los Derechos Humanos de las mujeres.
2) Exigir a la Sala IV la revisión y declaratoria de nulidad de esta
resolución (Voto N. 15447-08) para la restitución de los tipos penales
cuestionados al cuerpo de la Ley de Penalización de la Violencia
contra las Mujeres.
3) Exigir que al menos el 40% del presupuesto extraordinario que
fuera girado al Poder Judicial para enfrentar la aplicación de la Ley de
Penalización de la Violencia en Contra de las Mujeres sea destinado a
la creación de un servicio de defensa y acompañamiento legal
gratuito de mujeres víctimas de violencia.
Convocamos a la ciudadanía, a las organizaciones civiles, sindicales, universitarias, de defensa de los derechos humanos, comunitarias, partidos políticos e institucionalidad pública….a manifestar su repudio frente a las actuaciones de la Sala IV
25 de Noviembre
DIA NACIONAL E INTERNACIONAL DE NO VIOLENCIA EN
CONTRA DE LAS MUJERES
PARQUE CENTRAL – 12,30 DE LA TARDE
Publicado aquí originalmente el 16 de noviembre 2008
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Historia del Día Contra la Violencia hacia las Mujeres
El 17 de diciembre de 1999, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó el reconocimiento del 25 de noviembre como “Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer”.
La propuesta fue realizada por República Dominicana con el apoyo de 60 países más, luego del asesinato de las tres hermanas Mirabal.
Las activistas políticas dominicanas fueron asesinadas por orden del dictador Rafael Leónidas Trujillo el 25 de noviembre de 1960.
En 1981 durante la celebración en Bogotá, Colombia, del Primer Encuentro Feminista Latinoamericano y del Caribe, se resolvió marcar el 25 de noviembre como el Día Internacional por la No Violencia contra las Mujeres.
En 1993 la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó la Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer.
Allí se definió el flagelo como_ “todo acto de violencia basado en el género que tiene como resultado posible o real un daño físico, sexual o psicológico, incluidas las amenazas, la coerción o la prohibición arbitraria de la libertad, ya sea que ocurra en la vía pública o en la vía privada”_.
Ese año, la Asamblea también reconoció que eran necesarios “una clara declaración de los derechos que se deben aplicar para asegurar la eliminación de toda violencia contra la mujer en todas sus formas y un compromiso de los Estados y de la comunidad internacional en general para eliminar la violencia contra la mujer”.
Finalmente, el 17 de diciembre de 1999, la Asamblea General de las Naciones Unidas designó el 25 de noviembre como el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer.
(PÚLSAR/Wikipedia)