Sindicatos entregan propuesta salarial al Gobierno

San José, Costa Rica, 13 de octubre de 2010

Lic.
Zaida Solano Valverde
Presidenta
Directores y Directoras
Consejo Nacional de Salarios

Estimados señores y señoras:

Las organizaciones sindicales de Costa Rica firmantes de la presente posición, agradecemos la invitación formulada por este organismo para que externemos nuestros criterios en nombre de los trabajadores y trabajadoras de Costa Rica, sobre la revisión que ha de hacerse a los salarios mínimos contemplados en el Decreto # 36073 MTSS publicado en la Gaceta # 133 del 9 de julio del año 2010, y en cumplimiento de las estipulaciones del Decreto Ley 832 del 4 de noviembre de 1949, los representantes del Movimiento Sindical Costarricense presentamos a consideración de este estimable Consejo la solicitud para la fijación de salarios que habrán de regir a partir del 1 de enero de 2011.

SOLICITAMOS

A. Un aumento al salario para las trabajadoras y trabajadores no calificados (conocido como salario Mínimo Minimorum) de un 12 %

B. Un aumento a todas las demás categorías salariales y actividades específicas de un 7,09 %:

1. El 0,44 % por concepto de la inflación acumulada durante los meses de julio a setiembre

2. El 2,65 % por concepto de la inflación estimada para los meses de octubre a diciembre

3. El 2 % por concepto de la inflación del primer trimestre de 2011, para lo cual estimamos la inflación del primer semestre del 2011 de un 4%

4. El 2 % por concepto del incremento de la productividad acumulada del 2003 al 2009.


JUSTIFICACIÓN

Debido a que en las negociaciones realizadas en los últimos años solo se ha tomado en cuenta la inflación acumulada al semestre anterior se ha producido un grave deterioro en las condiciones de vida de las trabajadoras y trabajadores costarricenses.

En el cuadro siguiente se muestra como con el salario mínimo minimorum las canastas básicas alimentarias de un hogar de 3,6 miembros se han venido reduciendo desde el año 2003 . Para el año 2010 tal situación implica que los trabajadores deben sobrevivir con el 42% de su salario (ochenta y tres mil colones), para hacer frente a sus necesidades no alimentarias.

Se debe tomar en cuenta que en los hogares pobres la tasa de dependencia Económica es mayor de 3,6 y que el ingreso es de una persona por hogar. Si se realizan estos ajustes como se muestra en el cuadro número 2, la situación es aún más dramática.

(Ver Cuadro N.1. Elaboración propia con datos del INEC.)

En el cuadro N.2 siguiente se examina la situación de los hogares en pobreza extrema. Como se puede apreciar las canastas básicas adquiribles son aún menores, 1,3 canastas.
También el gráfico permite observar las consecuencias del no pago del día de descanso

EL NO PAGO DEL DÍA DE DESCANSO.

Debido a una situación discriminatoria establecida en el código de trabajo, artículo 152, existen en el país miles de trabajadores a los cuales no se les paga el día descanso semanal, por tanto esos trabajadores solo devengan 25,66 días de salario al mes.

Al comparar tal ingreso con el costo de la canasta básica alimentaria, para un hogar de cuatro miembros, característica de los hogares en pobreza extrema, se establece que tales hogares solo pueden adquirir una canasta. Un situación realmente grave.

COSTO DE LA CANASTASICA ALIMENTARIA Y EL MÍNIMO MINIMORUM

A pesar de lo explicado en el cuadro N2, esta petición de salarios se basa en el costo promedio nacional de la canasta básica alimentaria y en el salario a 30 días.

De acuerdo con el INEC el costo per cápita de la CBA es de ¢33 382,28 y el número promedio de miembros del hogar es de 3,6, lo cual arroja un costo de la CBA por hogar de ¢ 120176,21. Por su parte el salario MM a 30 días es de 214.699, lo cual solo permite adquirir 1, 79 CBA. El aumento solicitado de 12%, permitiría al hogar adquirir 2 CBA. Debe tomarse en cuanta que la línea de pobreza se estima multiplicando, en la actualidad multiplicando la CBA por el factor 2,18-

(Ver Cuadro N2. Datos del INEC)

El cuadro siguiente, N3 muestra el comportamiento de la tasa de la productividad de los ocupados, relación que se obtiene de dividir el PIB a precios constantes (datos del BCCR) entre el número de trabajadores ocupados. Esa relación se compara con la tasa de los salarios mínimos ponderados calculados también por el BCCR.

(VER CUADRO 3)

Como se puede observar en el gráfico. Salvo en los años 2006 y lo que va del 2010, la tasa de productividad supera de manera amplia la tasa de los salarios mínimos. Para el periodo los salarios muestran un crecimiento menor acumulado de un 4,33%.

El aumento que solicitamos procura empezar a reducir esa brecha, a lo cual se deberá dar continuidad en las negociaciones futuras.

Inflación Estimada.

La idea de incluir un rubro por concepto de inflación estimada tiene como objetivo dejar atrás el método de cálculo de salarios mínimos por inflación acumulada.

Aquí se propone un método de transición, se trata de reponer lo acumulado e incrementar un porcentaje de lo esperado, de tal manera en el próximo semestre la parte acumulada se espera que sea menor, y la parte anticipada mayor hasta que se llegue a establecer el método de inflación adelantada. Este nuevo método será sin duda un estabilizador del comportamiento de los precios al actuar de manera positiva sobre las expectativas del sector empresarial.

Finalmente queremos rescatar la importancia que tienen los salarios como un factor preponderante de la distribución de la riqueza producida en el país y generada con el concurso, los trabajadores y las trabajadoras

Atentamente,

MOVIMIENTO SINDICAL COSTARRICENSE


Notas:

1.- La CBA del hogar se calcula multiplicando el número de miembros promedio del hogar (3,7) por el costo per- cápita de la canasta

2.- 52 semanas en 12 meses equivale a 4,33 semanas por mes, que son los días de descanso del trabajador, por tanto solo se le pagan 25,66 % mensuales.

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