La Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP) seguirá defendiendo el derecho al acceso a la información pública, esto luego de que el sindicato solicitara, el pasado 11 de enero del 2019, información al Ministerio de Hacienda sobre la lista de las 96 empresas a las cuales se les inició el cobro de ¢560.000 millones, la cual fue negada por la Dirección de Tributación.
Debido a la negativa, la ANEP interpuso un recurso de amparo ante la Sala Constitucional, el cual se encuentra suspendido, ya que la Sala considera que la actuación del Ministerio se apega a lo establecido en el artículo 18 bis del Código Tributario, por lo que solo se puede dar la información que se encuentre firme en sede administrativa y que no haya sido impugnado en sede judicial.
Bajo este panorama, la Sala Constitucional concedió plazo a la ANEP para que interpusiera acción de inconstitucionalidad contra ese artículo 18 bis, donde se solicita información relativa al nombre de los contribuyentes y los responsables al monto que pagan por concepto de tributos, así como a su morosidad, estos aspectos tienen un marco interés público y constituye información pública por lo que debe ser accesible.
Para la Unidad de Asesoría Jurídica de la ANEP, si las deudas tributarias son ejecutivas para el Ministerio de Hacienda, es decir, surten efectos jurídicos, es improcedente que se limite el acceso a dicha información.
Actualmente la Sala ha admitido dicha acción de inconstitucionalidad para estudio y ha solicitado a la Procuraduría General de la República y al Ministerio de Hacienda que le rindan informe al respecto.