Así lo confirmó el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), luego de que la ANEP, por medio de su Unidad de Asesoría Jurídica, solicitara una aclaración al máximo ente en material laboral sobre el estado de la convención colectiva de la Municipalidad de Garabito.
La solicitud de aclaración por parte de la ANEP para la prórroga de la Convención Colectiva, se argumentó en que la Municipalidad de Garabito presentó tardíamente la denuncia de la convención ante el Ministerio de Trabajo, por lo que debe de prorrogarse automáticamente por tres años, así como lo establece tanto, el artículo 91 de dicha convención y el artículo 51 del Código de Trabajo en su inciso e.
La Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados negoció la Convención Colectiva con la Municipalidad de Garabito en el año 2016, la cual fue debidamente homologada por medio de resolución DRT-480-2016 de las 10:00 horas del 15 de noviembre del 2016.
“Según el artículo 58 inciso e) del Código de Trabajo señala que la Convención Colectiva se prorrogara automáticamente si ninguna de las partes la denuncia con un mes de anticipación. Y que la copia de dicha denuncia debe depositarse en la oficina de Asuntos Gremiales y conciliación administrativa antes de que inicie el transcurso del mes. Siendo que la Municipalidad de Garabito, presentó dicha denuncia el 29 de octubre del 2019 ante esta oficina, la misma es extemporánea, y por ende debe rechazarse”, indica la solicitud de la ANEP.
Bajo estos argumentos, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, confirmó mediante resolución DAL-DRT-OF- 39-2020 que la Convención Colectiva de Trabajo en la Municipalidad de Garabito se debe prorrogar automáticamente.
“Al no constar en el expediente denuncia de conformidad con lo que establece el artículo 58 del Código de Trabajo, se tiene como prorrogada automáticamente desde el quince de noviembre de dos mil diecinueve hasta el quince de noviembre de dos mil veintidós”, indica el MTSS.