Proyectos estratégicos bajo la sombra de la opacidad en el ICE

En un Estado Social y Democrático de Derecho, toda actuación de la Administración Pública debe regirse por el principio de legalidad, consagrado en el artículo 11 de la Constitución Política y desarrollado en el artículo 11 de la Ley General de la Administración Pública, que obliga a los funcionarios a actuar conforme a la ley y únicamente dentro de las competencias expresamente atribuidas. A ello se suman los principios de transparencia, libre concurrencia, igualdad de trato y eficiencia en la gestión de los recursos públicos.

No obstante, recientes acontecimientos vinculados con proyectos estratégicos en el sector de telecomunicaciones del Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) han encendido las alarmas por aparentes violaciones a dichos principios, mostrando un preocupante patrón de improvisación, falta de claridad técnica y debilidad en los procesos de planificación y contratación.

El primer ejemplo es el despliegue de la red 5G, un proyecto que debería posicionar al país en la vanguardia tecnológica. Sin embargo, lo que se observa es una gestión fragmentada, marcada por indefiniciones, retrasos y discursos ambiguos que generan dudas sobre la neutralidad tecnológica y la objetividad de quienes dirigen este proceso. El incumplimiento del principio de transparencia y la ausencia de información clara sobre los plazos y mecanismos de implementación generan inseguridad jurídica tanto en los usuarios como en eventuales oferentes.

En segundo término, el proyecto denominado “Adquisición de bienes y servicios para la actualización de la red de transporte IP marca Cisco” despierta serias inquietudes sobre la pertinencia de sus lineamientos técnicos y la correcta aplicación del régimen de contratación administrativa. La reiterada selección de una marca específica sin que medien justificaciones sólidas abre la puerta a cuestionamientos sobre la violación del principio de igualdad de oportunidades para todos los potenciales oferentes, limitando la libre participación en los concursos públicos.

Finalmente, la más reciente problemática se dio con los enlaces internacionales, situación que evidenció la fragilidad de la operación y la falta de previsión de la administración superior. Aquí surgen serios cuestionamientos que demandan respuesta inmediata:

¿Dónde se encuentra la contratación que avala la entrada en funcionamiento de los nuevos enlaces?

¿Qué procedimiento administrativo y bajo cuál modalidad de contratación se realizó dicha adquisición?

¿Constituye esta denominada “capacidad transitoria” una maniobra para condicionar el mercado y orientar posteriormente una licitación pública a favor de un determinado proveedor?

Estas interrogantes no son simples especulaciones, al contrario, apuntan directamente al cumplimiento de la normativa de Contratación Pública, que obliga a la administración a velar por la transparencia, la concurrencia y la selección objetiva. De confirmarse que la actual administración incurrió en un condicionamiento artificial de futuros concursos, se podría estar ante un escenario de una posible nulidad absoluta de los actos administrativos involucrados, con las consecuencias patrimoniales y de responsabilidad personal que ello implica, según lo establece la Ley General de Administración Pública.

La ciudadanía, los usuarios y los propios trabajadores del ICE merecen claridad y garantías de que los recursos públicos no están siendo administrados bajo esquemas de conveniencia o de interés particular. El principio de eficiencia obliga a que las adquisiciones respondan a necesidades reales, debidamente planificadas y con la mejor relación costo-beneficio. Sin embargo, lo que hoy se observa es lo contrario; proyectos estratégicos empañados por falta de transparencia, improvisación y decisiones adoptadas al margen de los principios rectores del ordenamiento jurídico costarricense.

Por todo lo anterior, se hace un llamado urgente a la Contraloría General de la República, como órgano de control superior de la Hacienda Pública, para que, en el ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, abra de oficio los procedimientos de fiscalización e investigación que correspondan. Resulta imprescindible determinar si las intenciones de compra y los proyectos aquí señalados han cumplido con los principios de legalidad, transparencia, eficiencia y libre concurrencia, o si, por el contrario, se han materializado prácticas que comprometan la responsabilidad administrativa, civil o incluso penal de quienes han tomado las decisiones.

El ICE, institución histórica del desarrollo nacional, no puede continuar en un rumbo de improvisación y opacidad. El país requiere respuestas claras, inmediatas y verificables.

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