Nuevas normas laborales para trabajadoras/es domésticas/os

En el marco de la 100ª Conferencia de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), hoy se adoptó por primera vez en la historia, normas laborales internacionales destinadas a mejorar las condiciones de vida de decenas de millones de trabajadoras y trabajadores domésticos en el mundo, lo que podría contribuir a disminuir el trabajo infantil doméstico.

“Por primera vez llevamos el sistema de normas de la OIT a la economía informal y este es un acontecimiento de gran importancia”, dijo el Director General de la OIT, Juan Somavia. “Se ha hecho historia”, agregó.

“Es una gran oportunidad, ya que si los padres y madres tienen un trabajo decente y en buenas condiciones de sueldo, las criaturas no tendrán la necesidad de salir a trabajar en ninguna forma”, manifestó Marciana Santander, de la Asociación de Trabajadoras Domésticas del Paraguay.

Los delegados de gobiernos, organizaciones de empleadores y de trabajadores, aprobaron el Convenio sobre el Trabajo Decente para las Trabajadoras y Trabajadores Domésticos (2011) por 396 votos a favor, 16 votos en contra y 63 abstenciones, y la Recomendación que lo acompaña por 434 votos a favor, 8 votos en contra y 42 abstenciones.

La norma y el trabajo infantil doméstico

Las nuevas normas de la OIT establecen que los millones de trabajadoras y trabajadores domésticos del mundo que se ocupan de las familias y los hogares podrán tener los mismos derechos básicos que otros trabajadores, incluyendo horas de trabajo razonables, descanso semanal de al menos 24 horas consecutivas, un límite a los pagos en especie, información clara sobre los términos y las condiciones de empleo, así como el respeto a los principios y derechos fundamentales en el trabajo, incluyendo los de libertad sindical y negociación colectiva.

En su artículo 3, la norma incluye un llamado a respetar, promover y hacer realidad los principios y derechos fundamentales en el trabajo doméstico, entre los cuáles se encuentra la abolición efectiva del trabajo infantil.

Por otro lado, en el artículo 4 se hace referencia a que todo miembro deberá fijar una edad mínima para los trabajadores domésticos compatible con las disposiciones del Convenio sobre la edad mínima, 1973 (núm. 138), y el Convenio sobre las peores formas de trabajo infantil, 1999 (núm. 182), edad que no podrá ser inferior a la edad mínima estipulada en la legislación nacional para los trabajadores en general.

Asimismo se plantea claramente que cada país miembro que ratifique el Convenio deberá adoptar medidas para asegurar que el trabajo efectuado por los trabajadores domésticos menores de 18 años pero mayores de la edad mínima para el empleo, no los prive de la escolaridad obligatoria, ni comprometa sus oportunidades para acceder a la enseñanza superior o a una formación profesional, asegurando con esto su futuro.

América Latina opina

Además de organizaciones como ONU Mujeres, que apoyará la promoción de la ratificación y aplicación de los nuevos instrumentos de la OIT, organizaciones de cada país que han luchado por la adopción de esta norma, reconocen su gran contribución a la lucha contra el trabajo infantil. Aquí algunas opiniones:

Sofía Mauricio, Coordinadora de La Casa de Panchita. Asociación Grupo de Trabajo Redes. Perú
_ “Estoy muy contenta y emocionada. Por un lado como sabemos, el hecho de que salga este Convenio significa mucho, ya que es una norma internacional, que no solo se trata de alguna acción de un gobierno, es un compromiso que el Estado asumiría y es vinculante. Por otro lado, estamos seguros que si mejoran las condiciones de las trabajadoras del hogar se puede lograr disminuir el trabajo infantil “._

Marta Benitez Carrillo, Red ANDI. Paraguay
“Definitivamente hechos como este generan una movilización importante para cada país. Si recordamos lo que fue en el caso de otras normativas institucionales en relación al trabajo infantil, no han pasado desapercibidas, más bien han generado debates con alto impacto en la agenda a nivel de acciones programáticas y políticas. Por tanto, es razonable pensar y esperar que contribuya a los esfuerzos de las plataformas nacionales que están realizando acciones y que involucran a los sectores públicos y de la sociedad civil en nuestros países”.

“Será fundamental que los medios de comunicación puedan ser involucrados para difundir ampliamente la norma, así como las acciones para su implementación efectiva. […] Los medios pueden involucrarse monitoreando a los actores claves, actores políticos, entre otros, para contribuir a su implementación. En este sentido, las agencias de la Red ANDI en cada país pueden apoyar desde su trabajo, en alianza con los medios, para que incluyan el tema en el debate y en la agenda pública”.

Jhonatan Monge, Secretario de Formación de la Central del Movimiento de Trabajadores Costarricenses-CMTC
“El Convenio sobre el Trabajo Decente para las Trabajadoras y Trabajadores Domésticos, es una herramienta que permitirá orientar esas políticas sociales en nuestros países, con el fin de lograr, más allá del discurso político, un verdadero compromiso por el bienestar de todos, contribuir a los Objetivos del Milenio en materia de reducción de pobreza, atendiendo sectores vulnerables como es el trabajo domestico”.

Marciana Santander, Secretaria General de la Asociación de Trabajadoras Domésticas del Paraguay
“La ratificación de este Convenio es una obligación para los gobiernos. Paraguay está empezando a trabajar sobre esto y difundirá la norma a través de todos los medios disponibles. Contamos con radios comunitarias, boletines impresos y nuestra voz para que las mujeres conozcan que existe y que defiende sus derechos como trabajadoras. Invitamos a las otras Centrales del mundo a que se sumen a la difusión”.

Sobre el trabajo doméstico

De acuerdo con estimaciones recientes de la OIT, basadas en estudios o censos nacionales de 117 países, el número de trabajadoras y trabajadores domésticos en el mundo es de al menos 53 millones. Pero los especialistas consideran que debido a que este tipo trabajo se realiza a menudo en forma oculta y sin registros, el total podría ser de 100 millones de personas. En los países en desarrollo representan entre 4 y 12 por ciento del empleo asalariado. Alrededor de 83 por ciento son mujeres o niñas, y muchas son migrantes.

Las nuevas normas se convertirán en el Convenio 189 de la OIT y en la Recomendación 201. De acuerdo con los procedimientos de la OIT, el Convenio estará vigente después que dos países lo hayan ratificado.

Fuente: OIT

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