San José, 26 de julio de 2010.
S.G. 09-11-0914-10
¡URGENTE!
Licenciada
Sandra Piszk Feinzilber
Ministra
Licenciado
Álvaro Sojo Mendieta
Viceministro del Área Laboral
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS)
Sus despacho
Estimada señora Ministra:
Estimado señor Viceministro:
Con gran respeto, les hacemos llegar atento saludo de nuestra parte.
Queremos denunciar ante vuestras ilustres autoridades ministeriales, el acto ocurrido hace pocos minutos en este día, lunes 26 de julio de 2010, cuando al ser las 13 horas y pocos minutos, se hizo presente en la recepción de la sede central de la ANEP, el señor Inspector de Trabajo de ese ministerio, don JULIO CAAMAÑO VILLAREAL, de la Región Central del MTSS, acompañando a una persona que dijo ser abogada y que, presuntamente, traía un_ “poder especial”_ para tramitar cartas de desafiliación sindical a la ANEP de algunas personas trabajadoras de la Municipalidad de Abangares; institución en la cual se vienen promoviendo una serie de conductas típicas de las prácticas laborales desleales en contra de la permanencia de la organización que nos honramos en representar, como la entidad sindical legítima de los intereses sociolaborales de la mayoría de las personas que en esa entidad laboral.
Somos profundamente respetuosos de los derechos constitucionales de la Libertad de Asociación y de la Libertad Sindical y actuamos en casos de desafiliación en apego estricto a lo que los mismos dictan y con base en el procedimiento que para tales efectos establecen los Estatutos de la ANEP.
Sin embargo, quien estos suscribe y quien acudió a atender a las personas “visitantes” de la ANEP en el momento arriba indicado, quedamos estupefactos al percatarnos de que quien intercedía por éstas, era el citado señor Inspector de Trabajo quien pretendía que recibiéramos esas cartas de desafiliación, en un acto absolutamente impropio, totalmente incorrecto y sin precedente alguno, por parte de un personero oficial del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), “tutelando” el acto de desafiliación sindical arriba descrito.
A no ser que estemos padeciendo profunda ignorancia lo cual nos avergonzaría en grado sumo y nos obligaría a pedir oficiales disculpas y excusas por esta misma vía, no conocemos de directriz, norma, procedimiento, modificación legal, reglamentaria o disposición similar, para cuando se dan controversias intrasindicales por asuntos de afiliación-desafiliación sindical, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), disponga, ipso facto, en el instante pedido, con una celeridad absolutamente asombrosa y una “eficiencia” extraordinaria jamás vista, de uno de sus inspectores para no solamente fomentar un acto que bien podría catalogarse de antisindicalismo abierto por su intromisión en un asunto interno de carácter sindical; sino que no sabíamos que ya se podía disponer de tal “servicio” que podríamos catalogar de “express” y si el mismo está disponible para otro tipo de requerimientos, como persecución antisindical, despido antisindical, acoso laboral, acoso sexual en el empleo y similares.
Es decir, si existe ya alguna disposición superior para un servicio “in situ” de “inspección laboral” del que se pueda disponer casi en el mismo instante en que surge la circunstancia que lo justificaría.
De no ser así, solicitamos, con todo el respeto pero con la más fuerte vehemencia, la apertura de un proceso investigativo para determinar cuáles fueron las circunstancias, quién dio la orden, cómo fue pagado, cuánto fue el tiempo invertido y otros aspectos colaterales, del señor inspector don JULIO CAAMAÑO VILLAREAL, en su desplazamiento hasta la sede central de la ANEP y desde la del MTSS, como para “tutelar” la entrega de unas supuestas cartas de desafiliación, presuntamente presentadas por medio de abogada.
Valga indicar que nos percatamos de que las personas “visitantes” venían en carro oficial de la Municipalidad de Abangares porque así lo constatamos; y como el señor inspector mencionado se presentó al mismo tiempo que esas personas en la sede de la ANEP, suponemos que él fue trasladado desde el Barrio Tournón hasta la sede de la ANEP en ese vehículo de propiedad municipal, aspecto éste que también debe ser investigado. Esas personas ya habían pasado por la ANEP en horas de la mañana, por lo que su retorno, a primera hora de la tarde y en compañía del mencionado funcionario público, nos hace presumir que se fueron hasta la sede del MTSS, en la cual les “concedieron” el “privilegio” de una inspección_ “express”_ como la descrita.
Esperando una pronta respuesta de parte de sus autoridades, misma que invocamos al amparo del artículo 27 Constitucional y del 32 de la Ley de Jurisdicción Constitucional, nos despedimos con el mayor respeto y consideración,
Albino Vargas Barrantes
Secretario General
cc.: Lic. Alfonso Solórzano Rojas, Director General, Dirección General de Asuntos Laborales, Ministerio de Trabajo y Seguridad
Social (MTSS).
cc.: Lic. Rodrigo Acuña Montero, Director General, Dirección General de Inspección de Trabajo, Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social (MTSS).
cc.: Sres. y señoras, Honorable Concejo de Abangares.
cc: Sr. Jorge Calvo Calvo, Alcalde, Municipalidad de Abangares.
cc.: Señores, Oficina Regional, Organización Internacional del Trabajo (OIT).
cc.: Sr. Edgar Morales Quesada, Secretario General Adjunto, ANEP.
cc.: Personal, Unidad de Asesoría Jurídica (UAJ):
cc.: Junta Directiva Seccional ANEP-Municipalidad de Abangares.
cc.: Junta Directiva Nacional ANEP
cc.: Archivo.