Acerca del rebajo salarial por la huelga

1-Las organizaciones sindicales planteamos, de manera respetuosa pero vehemente, a la Licda. Rocío Aguilar Montoya y al Director Jurídico de dicho ente contralor, nuestro interés en desarrollar una negociación con la Institución con un amplio margen de libertad, para alcanzar el acuerdo que mas favorezca a las trabajadoras y a los trabajadores.

2- La jerarca contralora admite que esa es también su posición, siempre y cuando exista la garantía institucional para que se recupere, en términos económicos, la suma global por el tiempo holgado, pero en un plazo suficientemente largo y en condiciones tales que las personas trabajadores “no sientan” el rebajo.

3- Adicionalmente afirmó de manera categórica, que las dos fórmulas presentadas originalmente por los sindicatos tienen todo el sustento jurídico y político, sea la reposición con tiempo laborado, siempre que la administración argumente la forma y la necesidad institucional de utilizar ese mecanismo; o bien el rebajo de una cuota fija por un número determinado de meses, en el mayor tiempo posible.

4- Valga decir que en el oficio de la Contraloría General de la República, número 04093, fechado el 29 de marzo, es rechazada la alternativa de compensación con tiempo, pues la Contraloría discrepó de la propuesta de la Gerencia General, por su poco contenido argumentativo y no porque estimara que dicho mecanismo sea ilegal o inviable.

EN CONCLUSIÓN

A) La Contraloría nunca condicionó a las autoridades institucionales, sobre un determinado número de tractos para la reposición económica del tiempo holgado.

B) La Contraloría será respetuosa en sus limitaciones y potestades. No se inmiscuirá en la forma o mecanismo que finalmente sea acuerdo de partes entre los sindicatos y la administración del A y A; siempre que se garantice la recuperación dineraria por lo dejado de percibir por el A y A, por el concepto de huelga.

C) La Junta Directiva del A y A, tendrá la facultad de tomar el acuerdo al respecto, sin necesidad de consultar a la Contraloría General de la República.

D) La Gerencia General tendrá la facultad de solicitar al órgano contralor, nuevo criterio a fin de aclarar cualquier punto sobre lo aquí expuesto por la ANEP.

Así las cosas, reiniciaremos las negociaciones con la administración, sin descartar por supuesto medidas de presión que apunten a la mejor negociación posible.

Valga indicar que la ANEP no renunciará al concepto de HUELGA DE BUENA FE, que es el período de tiempo en que el movimiento de dio bajo una primera declaración de Huelga Legal. Nosotros pelearemos esto hasta las últimas consecuencias.

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