– Proyecto de Ley busca eliminar la histórica jornada de 8 horas
La Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP), presentó esta tarde-noche al Presidente de la República, Rodrigo Chaves Robles, su rotunda oposición al proyecto de Ley No. 21.182, denominado “Reforma de los artículos 136, 142, 144 y 145 del Código de Trabajo, para actualizar las jornadas de trabajo excepcionales y resguardar los derechos de las personas trabajadoras”, al considerar que busca eliminar la histórica jornada laboral de 8 horas.
Para la ANEP, los proyectos de flexibilización de la jornada de trabajo que se discuten en la Asamblea Legislativa, contienen efectos extremadamente nocivos de la utilización de una jornada flexibilizada (4-3 y acumulativa anual), esto último en los términos establecidos en el proyecto de ley 21.182.
En el documento de 257 páginas presentado ante el Gobierno de la República, la ANEP cuestiona las justificaciones para la promulgación de la reforma, al considerar que no existe un estudio serio que logre atender los objetivos descritos
“No existe absolutamente ningún estudio serio que, más allá de las audaces aseveraciones de los proponentes, demuestren que el proyecto logra atender tales objetivos. Por el contrario, la evidencia nos indica que el efecto bien puede ser contrario a tales objetivos”, indica parte del documento.
Albino Vargas Barrantes, Secretario General de la ANEP indicó que el razonamiento opositor no obedece a un planteamiento panfletario ni, mucho menos, dogmático. La presente incluye diversa documentación que sustenta nuestras razones adversas a que el Expediente Legislativo No. 21.182 se convierta en Ley de la República.
“Así, a grosso modo y a modo de síntesis apretadísima, se violenta tanto el Artículo 58 Constitucional, tanto como la esencia del Convenio No. 1 de la propia Organización Internacional del Trabajo (OIT). Abunda el citado proyecto en efectos negativos para diversos grupos de la sociedad obrera-laboral del país: las mujeres, las personas que tienen dos empleos hoy en día dada la gran necesidad económico-familiar, las personas trabajadoras estudiantes de noche, el incremento de exposición física a riesgo en zonas peligrosas, la proclividad a sustituir empleo femenino por masculino, más riesgos del trabajo, entre otros aspectos”, detalló el Secretario General de la ANEP.
Para la ANEP, organización sindical que cuenta con afiliados y afiliadas en el sector privado en sectores agrícolas, seguridad privada, transportes y otros, las empresas que presionan por este tipo de jornada no necesariamente es para ocupar más gente trabajadora; sino para incrementar la explotación de la mano de obra que actualmente tienen y, por tanto, economizarse grandes cantidades en inversión por pago de tiempo extra.
“El accidentado trámite de este controversial proyecto, intra y extraparlamentariamente, incluye episodios de jugadas políticas tramposas como la ejecutada en el gobierno que acaba de finalizar su gestión, donde se ordenó bloquear un extraordinario pronunciamiento técnico adverso a tal iniciativa, emitido por personal especializado del Consejo de Salud Ocupacional (CSO), siendo sustituido tiempo después por uno más afín al afán gubernativo-empresarial de ese momento, de imponerlo a como diera lugar”, aseveró Albino Vargas.
El documento al que hace referencia el Secretario General de la ANEP, Albino Vargas Barrantes es el criterio técnico (DE-ST-CRITT-1-2020), del Consejo de Salud Ocupacional (CSO), ente adscrito al Ministerio de Trabajo oponiéndose a la modificación de la jornada laboral. Este criterio fue entregado esta noche al presidente de la República, junto a la siguiente documentación.
• La carta de invitación que nos envió la Presidencia de la República.
• Consideraciones breves sobre el Convenio No. 1-OIT: Un hito en materia de derechos de trabajadores.
• Oficio ANEP-17-21-1817-20, fechado 24 de enero 2020 – Dirigido a la Comisión Permanente de Asuntos Jurídicos de la Asamblea Legislativa – Consulta sobre proyecto 21.182.
• Oficio DE-ST-CRITT-1-2020, fechado 7 de diciembre 2020; dirigido a la Licda. María Gabriela Valverde Fallas, Directora Ejecutiva del Consejo de Salud Ocupacional (CSO), del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) – Criterio técnico original del CSO acerca del Expediente 21.182.
• Oficio CSO-DE-OF-238-2021, de fecha 1 de octubre de 2021, dirigido a la Sra. Ana Lucía Cordero Ramírez, Jefa, a. í., del Departamento de Asesoría y Reglamentación del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS).
• Criterio-pronunciamiento INAMU-PE-0032-2020, fechado 15 de enero de 2020, emitido por el Instituto Nacional de las Mujeres (INAMU), dirigido a la jefatura de Área de Comisiones Legislativas VII de la Asamblea Legislativa.
• Criterio sobre el proyecto de Ley Expediente Legislativo No. 20.182, emitido por el abogado laboralista Lic. Eugenio Solano Calderón, exjerarca político del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS).
• Dos documentos del Comité de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones (CEACR), de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que abren expediente-país ante las pretensiones de inobservancia del Convenio No. 1-OIT, según planteamiento sindical en ese momento de parte de la Confederación de Trabajadores Rerum Novarum (CTRN).
• Estudios Económicos de la OCDE: Costa Rica 2018 – Distribuir los beneficios del crecimiento más ampliamente – Cuadro Productividad laboral es baja/La utilización de la mano de obra es alta debido a largas horas de trabajo.
• Recorte de prensa: Trabajadores costarricenses dieron un salto en su productividad a partir del 2010.
• Organización Internacional del Trabajo (OIT) – Comisión Mundial sobre el futuro del trabajo: Trabajar para un futuro más prometedor.——-
Documneto entregado en Casa Presidencial