Luego de un largo proceso legal en materia laboral y representado por la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP), mediante la apelación y los argumentos de la defensa interpuestos por la Licda. Rosa Rivera Bejarano, el Juzgado de Mayor Cuantía de Heredia, declaró nula la resolución del Alcalde Municipal de Flores No. 01-OD-PAD-2014 de las 10:00 horas del 30 de marzo de 2014 y se le ordenó al Alcalde la devolución inmediata de las sumas rebajadas
En dicha resolución se le impuso una suspensión sin goce de salario a la arquitecta Jane Britt Disch, encargada del Proceso de Planificación Urbana y Control Constructivo de la Municipalidad de Flores quien al momento de los hechos se encontraba ejerciendo la Presidencia de la Junta Directiva de la Seccional ANEP-Municipalidad de Flores.
Se trata del expediente 14-000835-0505-LA y los hechos se remontan a inicios del año 2014 en que el alcalde municipal Gerardo Rojas Barrantes ordenó la apertura de un órgano director contra la funcionara, esto porque según lo indicado en el expediente, la arquitecta era la eventual responsable de diversos incumplimientos a la normativa urbana tras otorgar un permiso de construcción para un segundo nivel sobre una edificación ya existente hace más de 30 años
En esa oportunidad, el Alcalde, el Auditor Interno y el Director de Desarrollo Urbano de la Municipalidad alegaron que dicho permiso de construcción no debía otorgarse porque la cobertura máxima en la propiedad se hallaba excedida, según consta en el expediente.
“Me sentí sumamente desmotivada y frustrada por la incapacidad de la administración para resolver una discrepancia de criterio legal, sin llegar al desgaste físico, moral y emocional que implica un órgano director y sus apelaciones, además del daño económico causado por una suspensión injusta y el proceso que se debe seguir posteriormente” indicó la funcionaria, “Es un proceso muy triste y desgastante psicológicamente, dejando un impacto negativo en la persona y su entorno lo cual afecta la salud y las relaciones tanto laborales como familiares, para mí fue sumamente importante la asesoría y acompañamiento que la ANEP me brindó tanto legal como de nuestro promotor Deiby Porras Arias”, acotó.
Quedó claro en la sentencia del juzgado que el área de cobertura construida en la propiedad no aumenta en virtud del permiso solicitado y a la postre aprobado, incluso una vez ejecutada la construcción tampoco hubo aumento de cobertura.
Derivado de lo anterior es evidente que la aprobación del permiso realizado por la arquitecta Disch no causó perjuicio al ejercicio de las potestades municipales en materia de planificación y ordenamiento urbano ni mucho menos perjuicio a los derechos del contribuyente o de otros vecinos de la propiedad.