Seguro Colectivo de Vida para la familia Anepista

“Autorizar a la Junta Directiva Nacional de la ANEP para contratar con el Instituto Nacional de Seguros (INS), a la brevedad, un sistema de seguros colectivos de vida con los beneficios de:

(i) póliza de vida de, al menos, un millón de colones por persona;
(ii) adelanto de la mitad del monto asegurado en caso de enfermedad terminal;
(iii) adelanto de, al menos, el 20 % del monto asegurado para gastos funerarios;
(iv) otros beneficios que se puedan adquirir según la capacidad financiera de pago de ANEP.

La Junta Directiva Nacional de ANEP queda facultada para mejorar estos beneficios básicos acorde con las posibilidades económicas de la ANEP. De ser posible, se indexará o ajustará el monto del seguro en el mes de enero de cada año, previa negociación con el INS, con la finalidad de mantener el monto de seguro actualizado en su valor, respecto a los aumentos salariales y costo de vida.

Adicionalmente la Junta podrá contratar otros seguros colectivos de afiliación voluntaria, para brindar beneficios voluntarios a las personas asociadas, bajo el sistema colectivo con el INS, que permite obtener mejores precios y condiciones contractuales en las diferentes líneas de seguros del INS. Para financiar el seguro colectivo de vida del INS y el FOMA-ANEP (Fondo de Mutualidad y Auxilio de la ANEP) se aprueba una cuota uniforme, fija y adicional de quinientos colones (¢ 500, oo) por persona asociada. Esta cuota es adicional a la del uno por ciento (1%) de afiliación”.

Basado en el acuerdo asambleario anterior, el 22 de mayo 2008 se firmó el CONTRATO POLIZA COLECTIVA DE VIDA ENTRE EL INS Y ANEP, No. 989, con un MONTO ASEGURADO UNIFORME PARA TODA LA AFILIACIÓN DE UN MILLON DE COLONES y cuya vigencia inicia el primero de agosto 2008, en la medida que se recauden las planillas de deducción de cada afiliado y de cada afiliada y se paguen al INS. En resumen los beneficios del seguro colectivo son:

A. Por fallecimiento de la persona afiliada a la ANEP, titular del seguro: Un millón de colones.
B. Por fallecimiento del cónyuge o conviviente del titular: el 50 % del monto asegurado.
C. Por fallecimiento de hijos/hijas de la persona titular (menores de 18 años, o estudiantes hasta los 22 años, solteros y económicamente dependientes): el 25 % del monto asegurado.
D. Adelanto para la persona titular del seguro del 50 % del monto asegurado, en caso de enfermedad terminal debidamente diagnosticada.
E.Adelanto del 20 % del monto asegurado para gastos fúnebres de la persona titular del seguro.

Detallamos los siguientes aspectos informativos básicos sobre el seguro:

1. INFORMACIÓN: En el sitio web www.anep.or.cr, se abrirá un espacio denominado POLIZA COLECTIVA DE VIDA, en el cual se tendrá toda la información pertinente a esta póliza, entre otros: Contrato póliza (beneficios, exclusiones, limitaciones y otras regulaciones generales y específicas del seguro), la boleta de designación de personas beneficiarias, documento informativo de la póliza, procedimiento y requisitos en caso de indemnizaciones (reclamos), otros.

2. AGENTES DE SEGUROS. Los gestores del proyecto y a cargo de este seguro son la Ing. Ana Erika Oses Castillo, agente No. 001 y el Dr. Hugo Quesada Monge, agente No. 764. Para cualquier consulta, aclaración o duda, pueden comunicarse con ellos a polizadevida@anep.or.cr o teléfono 2234-6202, de lunes a viernes de 8:00 a 5:00 p.m. Además, ambos estarán en las oficinas centrales de la ANEP, los días martes de los próximos meses de agosto y setiembre, de 1:00 a 5:00 de la tarde, para evacuar toda clase de consultas.

3. PAGO DE MEMBRESÍA O AFILIACIÓN. Los beneficios de este seguro aplicarán a los afiliados y afiliadas a la ANEP que se encuentren al dia en el pago de la membresía de ANEP, misma que deberá estar vigente en todo momento para que aplique el seguro. Recordamos estar vigilantes que se les esté rebajando la membresía de ANEP, y ante cualquier inconveniente favor avisar a ANEP. Recuerde que si no está al día en su pago de membresía ordinaria y la adicional de quinientos colones para la póliza, ésta no le cubrirá ni a usted ni a su familia.

4. BOLETA PARA DESIGNACION DE BENEFICIARIOS. Todos los afiliados y afiliadas deberán llenarla, incondicionalmente. La cual estará disponible en el sitio web de ANEP, en los diferentes Comités Seccionales y en las oficinas centrales de nuestra organización. Favor llenarla con letra legible, de impresión, sin borrones ni tachaduras. Solicitamos que hagan llegar la misma por todos los medios posibles: personalmente en ANEP, por intermedio de otra persona (mediando nota de autorización de entrega), envío por medio de dirigentes de seccionales; escaneada o fotocopiada, por fax o correo electrónico (sujeto a verificación por parte de ANEP), u otros medios. Es determinante que TODOS y TODAS remitan esta boleta a fin de no tener ningún inconveniente en caso de un evento que amerite la aplicación de la póliza.

5. REGISTRO DE PERSONAS BENEFICIARIAS. La ANEP es responsable de generar este registro con base en las boletas de personas beneficiaras. Por ello la Junta Directiva Nacional apela a toda nuestra membresía, que colaboren en esta labor, motivando a otros compañeros y a otras compañeras a remitir la información. Las indemnizaciones se realizarán con base en este registro.

6. INICIO DEL REBAJO DE PAGO DE LA PÓLIZA. Los rebajos para el pago de la póliza (quinientos colones por mes), se harán progresivamente en todas las entidades donde hay membresía de ANEP, a partir de agosto 2008, con la esperanza de concluir este proceso en octubre, cubriendo así el 100 % de la afiliación.

7. SI NO DESEA LA PÓLIZA. Aclaramos que si una persona afiliada, por diversas razones, no desea estar en la póliza de vida y, por lo tanto, que no se le haga el rebajo correspondiente de 500 colones por mes, debe remitir nota formal a ANEP, antes del 31 de octubre 2008, indicándolo, para excluirle de la póliza. Una vez que se excluya de la póliza no podrá ingresar posteriormente. De no recibir ANEP comunicación alguna antes del 31 de octubre 2008, se asumirá que no existe ninguna inconformidad.

8. A LOS COMPAÑEROS Y COMPAÑERAS NO AFILIADOS A ANEP. Invitamos a los compañeros y a las compañeras que aun no se han afiliado a ANEP, a hacerlo y con ello apoyar la gestión reinvindicativa y de lucha social que por 50 años viene realizando nuestra organización en pro de la clase trabajadora de los sectores Público y Privado (y ahora del sector informal); además de gozar de los beneficios de persona afiliada, incluida la póliza de vida colectiva. La boleta de afiliación pueden solicitarla en ANEP, en la web de ANEP, llamar o pedirla por fax. De hacerlo, remitir paralelamente la boleta de designación de beneficiarios.

Con gran satisfacción, por Junta Directiva Nacional.

Albino Vargas Barrantes.
Secretario General ANEP
Cédula 1-457-390
__________________________________________________________

Esta información saldrá publicada en el Diario Extra del miércoles 16 de julio de 2008
__________________________________________________________

ARCHIVOS ADJUNTOS:
Doc 1: Informativo General
Doc 2: Contrato entre INS y ANEP
Doc 3: Boleta de Beneficiarios, Núcleo Familiar

Nota1: Leer con atención el Informativo General, llenar y reenvíar o entregar en ANEP la Boleta de Beneficiarios del Núcleo Familiar.

Nota 2: Llenar y entregar la Boleta de Beneficiarios es OBLIGATORIO para hacer efectiva la Póliza de Vida.

__________________________________________________________

Boleta de Beneficiarios Nucleo Familiar

Dejar una respuesta