SINTRAJAP: Repercusiones en el campo penal

Ministro de la Presidencia: primero en la picota de un eventual proceso panel.

En la misma acusación están los hermanos Arias, el actual Ministro del MOPT y el anterior Ministro de Trabajo.

Actuales jerarcas ministeriales involucrados deben renunciar a sus cargos: los señores Vargas y Jiménez.

1- El Ministerio Público ordenó “_testimoniar piezas_” en contra del actual Ministro de la Presidencia, Marco Vargas Díaz, a la luz de la presunta infracción a la ley de Enriquecimiento Ilícito, en perjuicio de los deberes de la función pública; según resolución firmada por la licenciada Natalia Rojas Méndez, Fiscal Auxiliar de la Fiscalía General de la República. La resolución indicada está fechada a las catorce horas y diez minutos del día 23 de julio del 2010.

2- El “_se ordena testimonio de piezas_”, indica la apertura de un expediente para establecer la solidez de las acusaciones en contra del “_encartado_” (como le llama en su lenguaje jurídico el Ministerio de Público), Marco Antonio Vargas Díaz; con la finalidad de determinar el desarrollo de un eventual proceso penal a tenor de las acusaciones en su contra por la presunta violación a la ley indicada y a otras normas jurídicas en el mismo campo del combate a la corrupción en detrimento de la transparencia de la función pública.

3- El expediente penal abierto al respecto tiene el número 10-005606-0175-PE, bajo el título “_Infracción. Ley sobre Enriquecimiento Ilícito de los Servidores Públicos_”.

4- Como se recordará, con fecha 10 de mayo de 2010, el Ministerio Público, en la Fiscalía Adjunta del II Circuito Judicial de San José, recibió una acusación interpuesta en contra del actual Ministro de la Presidencia, Marco Vargas Díaz, por el ofrecimiento que se estuvo haciendo durante el gobierno anterior a las personas trabajadoras de Japdeva, a cambio de que éstas aceptaran una “_indemnización_”, por la aceptación que dieran a la privatización-concesión, de los muelles de Limón y de Moín; “_indemnización_” que ascendería a la escandalosa cifra de 137 millones de dólares, unos 80 mil millones de colones.

5- Presuntamente, el ofrecimiento de tal “_indemnización_”, habría violentado la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito, ley No. 8422, de octubre de 2004; además, también se habría violado el Reglamento a la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, Decreto Ejecutivo No. 32333-MP-J, de abril de 2005.

6- Igualmente, otras normas jurídicas eventualmente transgredidas, incluirían la Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, No. 8131, de octubre de 2001; así como la Ley General de la Administración Pública, No. 6227, de diciembre de 1978.

7- La indicada acusación penal fue interpuesta por los dirigentes sindicales miembros del Directorio Nacional de la CENTRAL SOCIAL JUANITO MORA PORRAS (CSJMP), Albino Vargas Barrantes (Secretario General de la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados, ANEP), y Luis Ángel Serrano Estrada (Secretario General del Sindicato de Trabajadores de las Empresas Públicas y Privadas, SITTEP). El primero es el actual Presidente de la CSJMP y el segundo, su actual Vicepresidente. Al momento de su presentación ante el Ministerio Público, la acusación también fue suscrita quien en ese momento fungía como Presidente del sindicato ASDEICE, Francisco Aguilar García.

8- La investigación documental, el análisis jurídico y la autoría intelectual de los argumentos de la acusación es obra del Lic. Giovanny Hernández Mora, en ese momento Vicepresidente de ASDEICE, quien continúa como miembro activo de esta agrupación.

9- La acusación también fue interpuesta en contra del hoy Expresidente de la República, Oscar Arias Sánchez; su hermano, Rodrigo, Ministro de la Presidencia en ese momento; el hoy Ministro del Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT), Francisco Jiménez Reyes (quien en el momento del ofrecimiento de la “_mordida_” de los 80 mil millones de colones, ejercía como Presidente Ejecutivo de JAPDEVA); y Álvaro González Alfaro, en ese entonces, Ministro de Trabajo y Seguridad Social.

10- Para los sectores sindicales y sociales, así como para un gran segmento de la ciudadanía honesta del país, tal ofrecimiento constituiría una verdadera “_mordida_”, una especie de soborno para comprar las conciencias de trabajadores y de trabajadoras de una empresa pública, a cambio de aceptar éstas una determinada política pública; una situación que de concretarse hubiera constituido una acción sin precedentes en la historia republicana costarricense.

11- Igualmente, es criterio generalizado de que las personas mencionadas en la acusación de que venimos hablando, tuvieron notable participación en la concepción, gestación, promoción y ejecución de la acción antisindical más burda de los últimos 25 años de la historia nacional: el Golpe de Estado que se le dio a la entonces dirección legítima del sindicato de JAPDEVA, SINTRAJAP, básicamente por negarse la misma a aceptar no solamente la privatización-concesión de los muelles de Limón y de Moín; sino, también por negarse a aceptar la modificación de la actual Convención Colectiva de Trabajo de JAPDEVA, para incluir en su clausulado, la norma que hubiese legitimado tal “_mordida_”, el ofrecimiento de la dádiva de los 80 mil millones de colones.

12- Como se sabe, esto sí lo hizo la dirección sindical espuria impuesta en el mencionado sindicato, hasta la llegada del histórico fallo de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia que le enmendó la plana a los golpistas sindicales, como ya es de amplio conocimiento público.

13- Las partes acusantes esperan ser recibidos en fecha próxima por las máximas autoridades de la Fiscalía General de la República, incluyendo a la Licda. Natalia Rojas Méndez, a fin de obtener más detalles del significado del proceso de “_testimonio de piezas_” en el caso del señor Ministro de la Presidencia, don Marco Vargas Díaz.

14- Igualmente, es de enorme interés conocer de los fundamentos para que igual procedimiento no se haya ya ejecutado en contra de las otras personas que comparten con el mencionado jerarca, la acusación indicada; o si, por cuestiones de estrategia penal de la investigación y de técnica jurídica, el “_testimoniamiento de piezas_” en esos cuatro casos (Oscar Arias Sánchez, Rodrigo Arias Sánchez, Francisco Jiménez Reyes y Álvaro González Alfaro), vendrán uno tras otro en fecha próxima.

15- Valga indicar que luego del fallo constitucional que restauró en sus puestos de dirección sindical a la legítima directiva de SINTRAJAP, las personas mencionadas en esta acusación podrían tener que enfrentar otras causas penales, a raíz de su errático proceder en el Golpe de Estado sindical.

16- Esta misma suerte, de enfrentar un eventual proceso penal, podrían correrla otros funcionarios de carrera del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), quienes no solamente se prestaron para legitimar una dirección sindical espuria como ya quedó demostrado por el más alto tribunal de la República; sino que hasta homologaron (legitimaron), la negociación de la cláusula convencional que le daba matiz legal a la “_indemnización_” de los 80 mil millones de colones, a sabiendas de que se estaba frente a un acto de flagrante ilegalidad.

17- Finalmente, se hace un llamado muy respetuoso pero vehemente a las honorables autoridades del Ministerio Público para establecer procedimientos análogos al caso ya abierto en contra del actual Ministro de la Presidencia, don Marco Vargas Díaz, con respecto a las otras personas que con él comparten la acusación penal indicada.

18- Como ya se ha planteado en diferentes instancias, en diversos momentos y por organizaciones sumamente relevantes de la sociedad civil organizada, de reconocidas agrupaciones sindicales y de ciudadanos en cuanto tales; reforzamos, reiteramos, revalidamos nuestra petición para que el señor Ministro de la Presidencia, don Marco Vargas Díaz, renuncie a su cargo, especialmente ahora que deberá hacerle frente a un proceso de “_testimoniar piezas_” como lo ha ordenado el Ministerio Público.

19- Además, es necesario ser vehementes también, en el mismo sentido, en el caso del señor Ministro del MOPT, don Francisco Jiménez Reyes, quien comparte la acusación indicada con su colega de la Presidencia, don Marco Vargas Díaz.

20- Ambos deben rendir cuentas de sus actos en contra del estado constitucional y por las eventualidades de un proceso penal en el marco de las leyes anticorrupción establecidas para, precisamente, evitar ofrecimientos de dádivas a empleados y a empleadas del sector Público, como es el caso de la “_indemnización_” de los 80 mil millones de colones en el caso de la población trabajadora de JAPDEVA.

21- Por eso es mejor que renuncien y la señora Presidenta, doña Laura Chinchilla Miranda, no debe permanecer mirando para otro lado en este grave caso.

22- En nuestro criterio, nada estaría indicando que las dádivas ofrecidas en el caso ICE-ALCATEL, que están siendo ventiladas en este momento en un notorio juicio público, pudieran ser eventualmente distintas a las de SINTRAJAP-JAPDEVA, aunque éstas no se hubiesen materializado. Sin embargo, será el Ministerio Público, que tiene la legitimidad para establecer la presunta comisión de delitos en este caso, la instancia que dirá algo contundente al respecto.

San José, domingo 12 de setiembre de 2010.

CENTRAL SOCIAL JUANITO MORA PORRAS
CSJMP

Albino Vargas Barrantes
Presidente
Secretario General ANEP

Luis Ángel Serrano Estrada
Vicepresidente
Secretario General SITEPP

Dejar una respuesta