Carta al Licenciado Oscar Serrano Madrigal, Auditor Interno de la Dirección General de Aviación Civil, solicitando nos certifique una serie de inquietudes con respecto al informe informe AI-05-2003.

Estimado señor:

En primera instancia, nos es grato poder expresarle un cordial y muy respetuoso saludo, en nombre de la Junta Directiva Nacional y de nuestro Comité Seccional ANEP- Aviación Civil.

Como es de su entero conocimiento, en el año 2002 la Auditoria de la Dirección General de Servicio Civil, emitió el Informe No. INF-AC-014-2002, el cual se denominó “Auditoria de la Gestión de Recursos Humanos en la Dirección General de Aviación Civil”. Éste informe arroja como recomendación, la necesidad de que la Auditoría Interna realice toda una investigación cuyos resultados quedan plasmados en el informe No. AI 05 2003

Los alcances de este informe AI-05-2003, incluyen una serie de conclusiones y recomendaciones tanto para el CETAC, como para la Administración y para la gestión auditora que muy dignamente su autoridad preside.

En esta dirección, nuestra organización sindical, de la manera más respetuosa, le solicita a su autoridad nos certifique por escrito las siguientes inquietudes:

En qué fecha fue presentado a las autoridades superiores de Aviación Civil (llámese Ministro del MOPT, CETAC y Dirección General de Aviación Civil), las conclusiones y recomendaciones que arrojó el informe AI-05-2003, realizado por su autoridad a solicitud expresa de la Auditoria y Control en Recursos Humanos de la Dirección General de Servicio Civil.

Si se implementaron al día de hoy, por parte de las autoridades superiores, todas las recomendaciones vertidas por su autoridad, en lo que respecta a las responsabilidades definidas para el Consejo Técnico de Aviación Civil, ante la gravedad de los hechos que se le imputan a las funcionarias Bogantes Pereira y López Víquez, específicamente en los numerales:

En virtud de los hechos mencionados, debe ordenarse el inicio de un procedimiento administrativo para ambas funcionarias y sobre todo que el mencionado Órgano Director esté conformado por personal externo.

Remitir el informe al Ministerio Público para ser valorado desde el punto de vista jurídico.

Dejar sin efecto el ascenso en propiedad realizado a la funcionaria Bogantes Pereira, en el puesto No. 401608 de la Clase Profesional de Apoyo 3B.

De igual manera para el resto de los numerales 6 y el 7; y para el caso del capítulo de Recomendaciones.

En la misma dirección, para los numerales del capítulo de Conclusiones, sobre todo para el punto No. 19 y 20 y, si no se hicieron, qué elementos de peso mediaron para que no se hicieran.

Si dicho informe fue puesto en conocimiento por parte del CETAC y qué acuerdo o acuerdos han tomado al respecto. Además informarnos en que estado se encuentran todas las recomendaciones vertidas del informe.

Nuestra solicitud la hacemos amparada en el artículo 27 de nuestra Constitución Política y en el Artículo 32 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional.

Agradeciéndole de manera anticipada toda la atención prestada a nuestra solicitud, nuevamente le expresamos nuestro respeto por tan fina atención,

Albino Vargas Barrantes
Secretario General

Luis Enrique Leal Ruiz
Responsable ANEP-Aviación Civil

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c.:Junta Directiva Nacional de ANEP.
c.:Junta Directiva Comité Seccional ANEP-Aviación Civil.
c.:Archivo.

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