Carta al Licenciado Paúl Zúñiga Hernández, Presidente Ejecutivo Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico (INCOP) Sobre la situación de los ocacionales y el despido de Walter Mendoza, dirigente sindical

Licenciado
Paúl Zúñiga Hernández
Presidente Ejecutivo
Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico (INCOP)

Estimado señor:

En primer término, permítanos agradecer que por primera vez en cinco años, un jerarca del INCOP acepte recibir a nuestra representación oficial, ello indefectiblemente, significa un acto de respeto al derecho fundamental a la libre sindicalización.

Por este medio, aprovechamos para dejar plasmada por escrito, nuestra posición respecto a los dos temas que trataremos en la audiencia por usted concedida el día de hoy.

1. TRABAJADORES DENOMINADOS “OCASIONALES”

Con este grupo de trabajadores, muchos de ellos afiliados a nuestra organización sindical, hemos venido librando una batalla desde octubre del año 2002, cuando fueron cesados de sus puestos injustamente y reinstalados gracias a la oportuna intervención del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

Resulta que a estas personas, las autoridades administrativas de la institución a su digno cargo, les han negado los derechos laborales fundamentales, empezando por el salario mínimo, su derecho al pago de subsidios por incapacidad, el salario escolar, las anualidades y hasta su derecho a obtener una constancia salarial. Ello ha motivado gestiones de nuestro sindicato en dos sentidos: demandas individuales ante los tribunales laborales, en reclamo del salario mínimo dejado de percibir por cada uno de ellos, con las consecuentes diferencias en aguinaldo, salario escolar y vacaciones; y denuncias por infracción a las leyes laborales contra la empresa y sus jerarcas en su calidad personal.

Como es bien conocido por usted, los tribunales laborales ya nos han dado la razón, y la Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia ha vertido jurisprudencia, reconociendo el derecho de estas personas a percibir el salario mínimo de ley. Alrededor de ¢15 millones ha de haber desembolsado el INCOP para hacer frente a las deudas reconocidas por los tribunales en 4 de las demandas. Sin embargo, debemos manifestar que hay muchas más en trámite, que probablemente multiplicarán la erogación económica para la institución, razón por la que tal y como lo planteamos a la Junta Directiva de INCOP cuando se ganó la primer demanda, consideramos que sería mucho más barato para la institución, poner a derecho la situación laboral de estos trabajadores e impedir que la deuda siga acumulándose, y que se una a los intereses y las costas procesales de los juicios.

Por otra parte, debemos indicar que los mandos medios de la institución, han venido acrecentando sus prácticas discriminatorias contra estas personas, a muchas de las cuales, después de haber obtenido sentencias favorables a sus intereses, no les han dado la oportunidad de entrar en los llamados de lista de las cuadrillas, lesionando el sagrado derecho al trabajo.

Agradeceríamos don Paúl, que usted, como máximo jerarca del INCOP, tome cartas en el asunto, a fin de que la institución que usted preside, se ajuste al ordenamiento jurídico costarricense.

Sobre el tema de la infracción a las leyes laborales, le notificamos que ya el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social comprobó que por la situación de los ocasionales, se está infringiendo nuestro Código de Trabajo, y habiendo realizado la prevención correspondiente sin que fuera atendida por la institución, presentó la acusación correspondiente ante los tribunales laborales. Igual ha hecho nuestra organización.

Al respecto, es importante manifestar que de obtener una resolución favorable, no solo se condenaría al INCOP como patrono, sino a cada uno de los funcionarios acusados, quienes han sido acusados en su condición personal. Permítanos comentarle que en un caso de Correos de Costa Rica, recientemente el Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, en una denuncia similar, además de condenar a la empresa a reparar el daño causado, condenó a la Gerente General, a pagar una multa de un millón de colones por considerarla infractora. Sería una lástima que por unos cuantos “cabezas calientes”, el INCOP y su persona, tengan que pagar una multa por no atender la prevención del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

2. EL DESPIDO DE NUESTRO DIRIGENTE: WALTER MENDOZA RAMIREZ

Otro tema que nos preocupa, es el despido injusto de uno de los miembros de la Junta Directiva de nuestra seccional en el INCOP, el compañero Walter Mendoza Ramírez, a quien no solo se le despidió injustamente, sino a quien se le prohibió el ingreso a las instalaciones portuarias, constituyendo esta situación, una restricción a su derecho al trabajo y a sus actividades como legítimo representante de los trabajadores, razón por la que solicitamos que sea restituido inmediatamente en el puesto como estibador, que desempeñaba al momento de su despido.

Este compañero, laboró para la institución desde octubre de 2001, y ya en una sentencia de los tribunales laborales porteños, se reconoció que su relación laboral con el INCOP, independientemente de cómo la hayan querido denominar las autoridades institucionales, es por tiempo indefinido. Ello quiere decir que para despedirlo sin responsabilidad patronal, se debió haber seguido un debido proceso en el que se comprobara la comisión de una falta grave. Sin embargo, eso no ocurrió, y lejos de despedirlo indicándole los motivos por los que se tomaba esa decisión, simplemente se le prohibió el ingreso a las instalaciones portuarias, lo cual constituye un grave atropello a sus derechos fundamentales, sobre todo si reparamos en el hecho de que por ser representante de los trabajadores, está protegido por el fuero sindical.

Le informamos que hemos interpuesto denuncia ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social por lo que a nuestro criterio constituye prácticas laborales desleales, y además, hemos interpuesto la demanda correspondiente ante la jurisdicción laboral, solicitando su reinstalación en el puesto con el pago de los salarios dejados de percibir desde que fue injustamente despedido.

Consideramos que es el momento para que su Autoridad, ponga un alto a los atropellos que contra quienes pertenecen a nuestra organización sindical, han venido llevando a cabo un grupo de jefaturas intermedias, que con su actuación han puesto en tela de duda el respeto a los derechos fundamentales que debe privar en una institución pública como el INCOP.

No omitimos manifestar que a la presente adjuntamos un legajo con las acciones más relevantes en los dos temas que hemos expuesto a su Autoridad.

Agradeciendo su atención, nos suscribimos atentamente.

Albino Vargas Barrantes
Secretario General

Fabio Espinoza Gómez
Presidente Seccional ANEP-INCOP

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c.:Lic. Fernando Trejos Ballestero, Ministro de Trabajo y Seguridad Social.
c.:Dra. Lisbeth Quesada Tristán, Defensora de los Habitantes de la República.
c.:Junta Directiva Nacional ANEP.
c.:Junta Directiva Seccional ANEP-INCOP.
c.:Archivo.

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