La redacción y conformación del documento proviene de los mismo músicos integrantes de la Orquesta Sinfónica Nacional que conocen al dedillo las diversas problemáticas que deben afrontar, ya que la inexistencia de reglamentos y manuales de puesto genera incertidumbre en las labores que deben cumplir.
Otro de los objetivos de la Convección Colectiva, es generar un ordenamiento con respecto al régimen del Servicio Civil al cual debe estar ligado la Orquesta Sinfónica Nacional.
Pero sin lugar a duda uno de los principales ejes de esta convención colectiva es profesionalizar la actividad que realiza el artista.
Felicitamos a la Seccional ANEP-Orquesta Sinfónica Nacional por esta lucha de dos años para presentar este proyecto de Convención Colectiva, a la vez que externamos un reconocimientos por estar a la vanguardia en materia de derechos laborales en el sector cultural costarricense.
¿Por qué la gente se opone al Combo Fiscal? En el día 39 de la huelga, los afiliados informaron por medio de los volantes parte de las afectaciones, ellas son: 1. Pone el peso de los impuestos en el consumo, afectando a las familias más pobres. 2. No soluciona las causas del déficit fiscal. 3. No obtiene los recursos necesarios para sacar de la crisis fiscal al país. 4. Genera más pobreza al elevar el costo de vida. 5. Le quita dinamismo a la economía: disminuye el consumo y aumenta el desempleo. 6. Promueve que los grandes capitales no paguen impuestos por vía de exoneraciones. 7. Desfinancia el sector público, lo que posiblemente desmejores los servicios públicos. 8. Limita el presupuesto de los programas sociales para pagar la deuda del estado.
Así se desprende del por tanto dictado en primera instancia por la jueza Angela Keiko Minero Akiya quien considera normativa de la Organización Internacional del Trabajo para dictar dichos fallos, aspectos que fueron omitidos en otros fallos que declararon la huelga ilegal.
“De conformidad con las disposiciones contenidas en los artículos 60 y 61 de la Constitución Política, 5 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, 15, 428 y concordantes del Código de Trabajo, así como la normativa internacional de la Organización Internacional del Trabajo, se declara LEGAL la huelga promovida por la ASOCIACIÓN NACIONAL DE EMPLEADOS PÚBLICOS Y PRIVADOS (ANEP) en el INSTITUTO sobre Alcoholismo y Farmacodependencia” indica el, por tanto.
Dentro de los considerados la Jueza indica que “es claro que estamos en presencia de una huelga política, en contra del proyecto de ley por lo cual los trabajadores y los sindicatos se encuentran legitimados para manifestarse en contra de estas políticas públicas, dicho derecho de manifestación está sustentado con principios democráticos como la libre expresión”.
Otro de los aspectos tomados en cuenta por la jurista es que este tipo de huelga no puede tener los mismos requisitos que las huelgas contractuales a que se refiere el Código de Trabajo.
Esta resolución avala la tesis planteada por la Unidad de Asesoría Jurídica de la ANEP, quienes plantearon que no se puede aplicar los mismos requisitos de huelga de manera taxativa, regulados en el Código de Trabajo, ya que esta es una huelga atípica y no se encuentra regulada en el ordenamiento jurídico costarricense, esto bajo el principio protector que debe observarse en el Derecho laboral.
La gestión de solicitar el rubro de alto riesgo para policías de migración se realizó a través de la Seccional ANEP-Policía Profesional de Migración y Extranjería (PPME) y surge ante la peligrosidad que enfrentan estos oficiales en los recientes mega operativos y operativos migratorios.
Previo a esta gestión, la Seccional PPME realizó la solicitud de Reforma al Reglamento de Organización y Servicio de la Policía Profesional de Migración y Extranjería para que se incluya en la parte de incentivos el pago de alto riesgo, para que posteriormente, oficial presente la solicitud de cobro administrativo de alto riesgo
Gerardo Mora explica las gestiones realizadas
A continuación la justificación de la Seccional ANEP-PPME para solicitar el rubro de alto riesgo
1-La Policía Profesional de Migración, al igual que todos los demás cuerpos de policía del país, en observancia a la ley y en cumplimiento de nuestro cargo, somos los llamados a resguardar la seguridad del estado y del orden público, el control y vigilancia migratoria forman parte del pilar fundamental de la defensa de Costa Rica, no está demás mencionar que la criminalidad de nuestros días, ha puesto en jaque a las autoridades del país, delitos de mayor connotación, trata de personas, narcotráfico, tráfico de armas, requieren una respuesta inmediata y efectiva, lo que desprende acciones policiales operativas inmediatas en todo el país.
2-La ley de Migración y Extranjería 8764 articulo 15 inciso Participamos en allamientos y operativos de carretera a diferentes horas.
3-Nos exponemos a investigaciones muy peligrosas en diferentes lugares muy conflictivos lo cual arriesgamos nuestras vidas
4- Tenemos en nuestras manos constantemente la protección de extranjeros y ciudadanos Costarricenses en los diferentes dispositivos que hacemos, donde exponemos en forma directa nuestra integridad física y nuestra vida.
5-.Continuamente en nuestro aeropuerto somos parte de la seguridad cuando se presentan situaciones que atentan contra la Seguridad Nacional como lo son las amenazas de bomba en el perímetro mediante llamadas o paquetes no identificados, ahí se activa todo un protocolo donde intervienen la Dirección de Inteligencia y Seguridad Nacional (DIS), los K9 (Los Perros) detectores de explosivos.
6-Realizamos inspecciones en lugares de trabajo donde algunas veces existe riegos muy peligrosos al no conocer el lugar, si se detiene un extranjeros este algunas veces opone resistencia, y hay que esposarlo o se ponen en fuga y hay que perseguirlos, al ser trasladados a CATECI, son custodiados por nuestros oficiales.
7–Somos llamados constantemente por distintos cuerpos policiales del país para realizar el trabajo conjunto como lo son los MEGAOPERATIVOS.
Más allá de las características personales e histriónicas que el Sr. Chaves Robles suele mostrar cada miércoles, para solaz esparcimiento de su fanaticada; estamos obligados a esforzarnos por auscultar las reales intenciones, ideológico-estratégicas, que mueven su irrupción abrupta en la desprestigiada política costarricense.
“Dios no quiera que llegue el momento en que tengamos que actuar”. Imposible para cualquier persona costarricense de firme convicción democrática, sin importar su ideología político-partidaria, dejar desaparecida esta clarísima amenaza del Rodrigo Chaves Robles de atentar y de desestabilizar el orden constitucional de la República, próximo a cumplir 75 años de su promulgación, el 7 de noviembre de 1949.
Se equivocan si creen que su agenda neoliberal y su estilo autoritario nos representan. ¡Las personas jóvenes NO votamos por el desmantelamiento del Estado Social de Derecho! Ustedes no solo rompen una mesa de negociación; están rompiendo el pacto social que permitía a la hija de una madre soltera, al joven de los territorios indígenas y al estudiante de escasos recursos soñar con una vida digna.
El próximo 7 de Noviembre se cumplirán los 75 años de la promulgación de la Constitución Política de Costa Rica, vigente desde 1949, que integró, entre otros importantes avances, el Voto Femenino, el acceso al agua potable y a un medio ambiente sano y equilibrado, Derecho a la Salud, la Paz Social, la Educación, las Garantías Sociales, la Jornada Laboral de 8 horas,