UTN-Sede Pacífico: Arriesgan recursos públicos por eventuales demandas laborales

San José, 6 de julio de 2009.
S.G. 07-09-1640-09

Licenciado
Fernando Varela Zúñiga
Decano
Universidad Técnica Nacional-Sede del Pacífico
Su despacho
Fax No. 2661 2769

Estimado señor:

Reciba de parte de nuestra organización sindical, la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP), nuestro atento y cordial saludo.

Mediante nuestro oficio S.G. 07-09-1590-09, con fecha del 16 de junio anterior y enviado al señor José Fabio Alvarado Umanzor, Jefe de Servicios Generales de esa sede universitaria, y recibida por su despacho el día 25 de junio siguiente, le remitimos el estudio y criterio legal de la Unidad de Asesoría Jurídica (UAJ) de la ANEP sobre el día de descanso semanal para los vigilantes de la sede de la UTN Pacífico.

A la fecha presente, no hemos recibido respuesta donde se nos comunique por escrito si los criterios vertidos en dicho oficio serán puestos en práctica tal y como se comprometió ante la esa honorable decanatura el día 19 de marzo anterior. No entendemos el porqué de la tardanza de la puesta en práctica del día de descanso para los vigilantes de dicha sede.

Debemos dejar claro que una vez que dicho criterio estuviera en sus manos, entendíamos que la variación se efectuaría de forma rápida y sin mayor dilaciones; dándose la circunstancia de que en algunos momentos, producto de nuestra tardanza en emitir tal criterio, se utilizó como argumento para endilgarnos la responsabilidad ante los trabajadores, es decir, que por nuestra culpa no se ponía en vigencia lo acordado.

Resulta paradójico que la tardanza o lentitud ahora no viene de nosotros y no hicimos ni hemos hecho tantos comentarios adversos a la organización entre los trabajadores, como si los hicieron, lo señores Clever Araya y José Favio Alvarado. Si traemos a colación el siguiente argumento: que mediante los oficios institucionales de Servicios Generales, SG-078-06 y el SG-098-08, donde se argumentaban los nuevos roles, no hubo tanta consulta y tanta indisposición como ahora se observa claramente.

Entendemos que los criterios que anteriormente se argumentaban ya están desfasados y rebasados por nuevos argumentos como el día de descanso que sobresale en toda esta discusión. Por otra parte, siempre argumentamos que no era necesario variar los roles de trabajo para cumplir con la puesta en práctica de lo establecido en el Manual de Normas; que esto le salía mas caro a la institución, argumentos que nunca nos fue rebatidos, o demostrado lo contrario.

Se puede observar de manera clara que la jurisprudencia venida de la Sala ll con el caso de un vigilante, la cual modificó el tema del descanso semanal (Resolución No. 734, de la Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia, de las diez horas cinco minutos del cinco de octubre del dos mil siete). Se le dio la razón al trabajador y, por tanto, el Estado fue condenado en costas por la irregularidad cometida, venida de la Administración.

De igual forma podríamos indicar que para el caso de la UTN sede Pacífico, se está incurriendo en la misma práctica, al variar los roles que contemplaban el incumplimiento del día de descaso semanal, observado como lo indica en la parte de conclusiones la asesora legal de ANEP, Carolina Quesada Alfaro, de la Unidad de Asesoría Jurídica (UAJ)de la ANEP, cuando nos indica que “ 2 Dicho espacio de tiempo debe contabilizarse desde las 00:00 a las 24:00 del mismo día. Por lo tanto, periodos que aunque encierren 24 horas entre jornada y jornada de trabajo,que no se comprenda dentro de estas horas, no pueden considerarse como descanso semanal”.

Solicitamos, en consecuencia, poner en vigencia lo pactado ante la decanatura, la cual se respetaran los días de descanso semanal del personal de vigilancia. Lamentablemente debemos indicar, siempre en el marco del debido respeto que, vencido el plazo legal para responder la presente y se mantenerse lo que para nosotros es una errática posición institucional, deberemos apelar a instancias extramuros con legitimidad interventora en el tema; en su orden, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), en su Departamento de Inspección; y, de ser necesario, los tribunales de Justicia que, en su fase final, podría devenir en fuertes erogaciones económicas del presupuesto institucional, con la consecuente demanda de responsabilidades individuales por incurrir en ello.

Muy atentamente se despiden de usted, invocando para recibir respuesta el artículo 27 Constitucional y el 32 de la Ley de Jurisdicción Constitucional,

Albino Vargas Barrantes
Secretario General

Javier Valerín Villegas
Responsable ANEP-UTN

cc.: Lic. Clever Araya, Director Administrativo, UTN-Sede Pacífico.
cc.: Licda. Yesenia Méndez Miranda, Recursos Humanos, UTN-Sede Pacífico.
cc.: Junta Directiva Seccional ANEP-UTN.
cc.: Junta Directiva Nacional de ANEP.
cc.: Personal interesado.
cc.: Archivo.

Seccional ANEP-Taxistas: Posición sobre proyecto Ley para regular el porteo

San José, 2 de julio de 2009.
S.G. 07-09-1632-09

Honorables señores y señoras
Diputados y diputadas
Asamblea Legislativa
Su despacho

Asunto:
Proyecto de ley No. 17.372-_”Ley para regular el servicio de operadores de transporte privado de personas”_

Estimados señores y estimadas señoras:

Con el debido respeto nos dirigimos a sus dignas autoridades legislativas, para hacer referencia al Expediente Legislativo No. 17.372, “Ley para regular el servicio de operadores de transporte privado de personas”; considerando las personas suscritas que nos asiste un legítimo derecho para verter una opinión al respecto, dado que la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP), que nos honramos en representar, agrupa en su seno a un respetable grupo de trabajadores del servicio público modalidad taxi y, como operadores del mismo bajo el régimen de legalidad que al efecto se exige, hay un interés directo en tal iniciativa de ley.

Al respecto, estas son nuestras consideraciones principales, dejando planteada de entrada nuestra rotunda oposición al indicado proyecto de ley.

1- La delimitación del servicio público modalidad taxi, así como el porteo de personas, tiene diversa normativa, dentro de la cual destaca varia jurisprudencia constitucional, sumamente prolija. Al efecto, debe esa honorable comisión tener a la vista la resolución 2004-04601, de las once horas con treinta y nueve minutos del treinta de abril del dos mil cuatro; así como la resolución 2004-3580, de las catorce horas con cuarenta y tres minutos del catorce de abril del dos mil cuatro. Igualmente, cabe referir tanto la Opinión Jurídica OJ-063-1999 del 25 de mayo de 1999, así como el Dictamen C-376-2003 del 1° de diciembre del 2003, ambos de la Procuraduría General de la República (éste último suscrito por el Dr. Fernando Castillo Víquez).

2- En la exposición de motivos de este proyecto N° 17.372, se hace alusión a uno anterior, el 16.136, que en nuestro criterio podría ser anticonstitucional. Este criterio lo sustentamos del análisis de diferentes resoluciones, pero principalmente del informe jurídico realizado por el Departamento de Servicios Técnicos de la Asamblea Legislativa, sobre la reforma a la ley N° 3284 (ST.061-2006-J).

3- Sobre la idea que se ha venido vendiendo de que este proyecto 17.372 es un documento de consenso por parte de porteadores y taxistas, manifestamos que no se ajusta a la verdad debido a que la organización que ahí se señala sólo representa un sector del gremio. En nuestro caso, representamos una cantidad importante de compañeros taxistas y estamos debidamente acreditados y legitimados ante el Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS). Es de conformidad con lo anterior que estamos planteando nuestra posición al respecto.

4- El proyecto plantea un cambio radical a la situación jurídica actual de los porteadores, pasando de ser empresas privadas de porte de personas a “operadores del transporte privado de personas”, tanto físicas como jurídicas. Al respecto, solicitamos se analice el informe jurídico realizado por el Departamento de Servicios Técnicos de la Asamblea Legislativa sobre la reforma a la ley N°3284 (ST. 061-2006-J), acerca de la derogatoria tácita de la figura del porteador en la modalidad de transporte remunerado de personas por empresas publicas (página siete en adelante.

5- El artículo 1 reafirma el cambio de situación jurídica, suprimiendo la figura del porteador de personas, según lo concibe el capitulo V del Código de Comercio. El concepto_ “puerta a puerta”_ que plantea este nuevo proyecto, roza con la derogatoria tácita que realizó la ley N°3503, donde desapareció la modalidad de porteador de empresa pública; esto es con un establecimiento publico y notorio, transformándose en el servicio de taxi. Por otra parte, el proyecto establece, al igual que lo hizo la ley 3503 con el servicio publico, que el MOPT sera el titular de ambas modalidades: Público y Privado, ya no en la figura de porteador sino como “operadores del transporte privado de personas”, sin tener que ir a un proceso de licitación, violentándose la ley 7969, en el artículo N°3 sobre el ámbito de aplicación.

A este respecto, es imperioso que esa honorable comisión legislativa se dirija al Registro Nacional, con la finalidad de que se suministre información acerca del número real de las actuales empresas inscritas bajo la figura que plantea este proyecto de ley, así como sus respectivos nombres y sus correspondientes juntas directivas. Presuponemos de nuestra parte que al analizar la información indicada, se ha de comprobar que no son tantas empresas en estas circunstancias, con lo cual se ha de caer el argumento de que esta ley es para beneficio de muchos. Si esta ley se aprueba con una especie de “cierre de inscripción” de empresas de este tipo, abriremos las puertas para la instauración de especies de monopolios privado en el ramo.

6- El artículo 2 del proyecto genera diversos interrogantes. Por ejemplo, ¿con que criterios otorgarán o denegarán las municipalidades las patentes respectivas?; ¿a qué tipo de “afiliados” se refieren en el inciso f.)? Notamos que el inciso h), tiene roces con la derogatoria tácita que hizo la Ley 3503 del porteador de personas bajo la modalidad de empresa pública, esto es con un establecimiento publico y notorio, al decir en “espera de clientes” y muy diferente al concepto de “puerta a puerta”, de naturaleza personal, producto de una relación discreta, previamente concertada entre el porteador y el viajero. Por otra parte, a las personas físicas únicamente se les solicita una “declaración jurada” y no los requisitos de la CCSS.

7- El proyecto legitima la COMPETENCIA DESLEAL por parte de personas jurídicas que pueden tener_ “choferes o afiliados”_, mientras que la ley 7969 de taxis plantea en el articulo 4), inciso c), el “Principio Democratizador”: Promover la democratización del servicio de taxi con la adjudicación de una sola concesión por particular. ESTE ES EL CORAZON DE LA ACTIVIDAD QUE NOSOTROS EJERCEMOS. Es un cambio radical en la concepción ideológica del servicio de taxi como servicio publico. Adiós a la democratización. El “uno a uno” del proceso de concesión vs. el concepto de consorcio concentrador de la concesión. Nosotros sentimos que en este apartado, hay una disposición implícita con un potencial beneficiario directo: el consorcio taxista del aeropuerto que, de esta manera solapada, tendrían su legalización.

8- En este apartado queremos centrarnos en llamar la atención de los honorables señores y de las honorables señoras, diputados y diputadas, en cuanto al impacto social que implica el desplazamiento de la actividad de transporte público modalidad taxi como hasta ahora la hemos conocido: altamente regulada y seriamente confiable,

Se abre paso a la irrupción de una competencia que no estará sometida a igualdad de condiciones, sino que más bien, la misma presenta ya y tendrá asegurada a futuro, una connotación monopólica u oligopólica que, paulatinamente, generará la desaparición de la figura taxista tradicional hasta que la misma quede completamente extinguida. Cada día se nos asfixia más y para muestra un botón: mientras nosotros no podemos prestar servicio con modelos de más de quince años de antigüedad, la “competencia” a establecer, no tendrá problema alguno al respecto. Igualmente, se ha de materializar estos aspectos discriminatorios, con el asunto del pago de cánones, los cuales no serán aplicables a los potenciales beneficiarios si este proyecto de ley se materializa.

9- Al analizar el artículo 3, no se contempla el equilibrio entre la oferta y la demanda. La Sala Constitucional, mediante Voto 2004-4601 de las 11 horas 39 minutos del 30 de abril del 2004, señaló con claridad meridiana que_ “de este modo, el Estado debe garantizarle al concesionario el equilibrio entre la oferta y demanda,con la ecuación financiera del contrato y una tarifa justa que permita su operatividad. Si existe concurrencia de operadores en una cantidad mayor a la demanda o de personas no autorizadas,se presenta una competencia que puede ser ruinosa para los concesionarios y el Estado responderá por ello si se tolera tal competencia”._ Es evidente que esta es la realidad que vivimos desde hace varios años los taxistas autorizados legalmente en nuestro país. Es por ello que el Estado debe responder por esa responsabilidad que tiene al tolerar abiertamente una competencia desleal, ruinosa para la actividad de nuestros agremiados.

10- Analizando el artículo cuatro, es bueno indicar que al ser el porteador una figura contractual muy restringida, por ende, es necesario identificar el origen del contrato de transporte para determinar si se trata de un acuerdo comercial, o si se dirige a satisfacer una actividad que el Estado declaró servicio publico. Por demás, se acentúa la competencia desleal en cuanto al tipo de póliza diferente para ambos servicios, así mismo con Riteve: Los operadores privados, UNA VEZ AL AÑO; mientras los taxis rojos, CADA SEIS MESES.

11- Con relación al artículo 5, no se indica que el contrato de transporte tiene, entre otras características, el ser un contrato oneroso y no formal. Su objeto puede ser el traslado de personas, cosas y noticias, como un auxiliar mercantil, pero siendo un contrato residual de transporte de personas, el público debe pertenecer a un grupo cerrado de usuarios, por lo que no autoriza al porteador a transitar por la vía publica negociando u ofertando sus servicios, coincidentemente con el servicio de taxis; o en busca de la demanda de pasajeros en la vía publica, pues el Estado es el único titular de esta prestación de servicios. El permitir las calcomanías induce a confusión al usuario y no se justifica al ser un grupo residual y cerrado de usuarios con contrato y afiliación previa.

12- Cuando analizamos el artículo 8, se abre el portillo para que, en adelante, tanto personas físicas y jurídicas obtengan frecuencias de radio del Estado aumentando la competencia desleal.

13- Sobre el Artículo 9,_ “se rompe el hilo por lo mas delgado”_, debido a que sancionaría al CHOFER y no a la EMPRESA ni al dueño registral.

14- El inciso b), del artículo 10, aumenta la competencia desleal ya que el plazo social de una persona jurídica puede ser hasta de 99 años, mientras que el taxista debe someterse a plazos licitatorios cada década.

15- El artículo 12 del proyecto hace alusión a la reforma del Artículo 323 de la ley 3284. Existe una presunción de inconstitucionalidad, pues no contiene ninguna salvedad de los legítimos porteadores de personas que aun puedan subsistir al amparo del Capítulo V del Código de Comercio y que operan como empresas privadas; y en el texto del articulo 34 de la Constitución Política que literalmente dice: “Artículo 34: A ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna, o de sus derechos patrimoniales adquiridos de situaciones jurídicas consolidadas”.

16- Salvo mejor criterio de los señores legisladores, nuestra organización sindical solicita consultar dicho proyecto a la Sala Constitucional. De igual manera, analizar el criterio vertido por el Ministerio de Comercio Exterior, en su oficio DM-1325-5, del 16 de diciembre del 2005, que se refiere al Capítulo 11 y el Anexo 1 del TLC.

17- Vamos al artículo 13 del proyecto, sobre la reforma del inciso b) del artículo 29 de la Ley 7969, de taxis. Veamos: A) A los privados se les otorga el permiso por el plazo social que puede ser 99 años. B) -Sobre la prórroga de los 10 años por una sola vez. Si bien es cierto que será una necesidad social y tiene una buena intención, se debe tener en cuenta la prolija jurisprudencia al respecto:

*a-*Voto de la Sala Constitucional N° 2004-04601 de las once horas con treinta y nueve minutos del treinta de abril del dos mil cuatro.

*b-*Inciso b) del artículo 4° de la ley 7969.
Con la tesis anterior, nos da la razón de expresar nuestra opinión contrario para permitir la competencia desleal ya que nos afecta para poder cumplir con tantos requisitos.

18- En cuanto a las bases especiales con fines turísticos, no está claro a cuáles permisionarios y personas físicas o jurídicas se refiere ya que somos concesionarios (¿serán las de taxis del aeropuerto?). Reiteramos nuestro criterio de que el consorcio del aeropuerto tendría con este proyecto de ley una legalización solapada.

19- Con respeto a la adición supracitada, en el sentido de que en las bases de operación especiales que se autoricen con fines turísticos, se le dé como primera opción a los actuales concesionarios o permisionarios del servicio; cabe señalar que tal disposición no se aviene con el Principio Democratizador que se establece en el inciso c), artículo 4° de esta misma ley (7969), que se pretende reformar con el presente proyecto, el cual dispone que hay que “promover la democratización del servicio de taxi, con la adjudicación de una sola concesión por particular”, especialmente cuando se considere, como primera opción a los actuales concesionarios del servicio.

Es nuestro criterio que las placas del aeropuerto Juan Santamaría se deben sacar a licitación, mediante el principio democratizador antes mencionado de una concesión por particular.

Conclusiones y formal solicitud de audiencia:

1.- Nos oponemos ROTUNDAMENTE al proyecto de ley 17372.

2.- El tema de los taxistas legalmente autorizados se debe aprobar en un proyecto exclusivo con la participación de una representación mas amplia de verdaderos taxistas.

3- Somos del criterio de que en todo lo concerniente a la actividad del porteo, lo que cabe es su regulación y reglamentación a luz de la ley No. 3284, tal y como lo concibe el Código de Comercio.

4- Solicitar un informe jurídico sobre el proyecto 17372 al Departamento de Servicios Técnicos de la Asamblea Legislativa .

5- Igualmente, se realice la consulta correspondiente del proyecto 17372, a la Sala Constitucional.

6- De la misma forma y como indicamos líneas arriba, es preciso contar con la información del Registro Nacional, aparte de que se tenga el criterio oficial de esta entidad. Además, no puede faltar el criterio de entidades como el Consejo de Transporte Público (CPT), la Procuraduría General de la República y el propio Ministerio de Hacienda, por lo cual tales entidades deben ser emplazadas para que emitan su opinión ante esa autoridad legislativa.

7. De forma tal que, con base en estos criterios planteados acá, es claro y evidente que el proyecto 17372 es negativo social y económicamente para nuestro gremio de taxistas legalmente autorizados, por lo que solicitamos audiencia ante esa honorable comisión especial constituida para analizar este proyecto y así discutir con mayor profundidad nuestras observaciones.

Finalmente, les agradecemos la valiosa atención a nuestras consideraciones y quedamos en espera de vuestra convocatoria:

Albino Vargas Barrantes
Secretario General ANEP

Edgar Morales Quesada
Secretario General ANEP

Junta Directiva Seccional ANEP-Taxistas

Lorenzo Hernández Suárez
Presidente

Rigoberto Aguilar Solís
Vicepresidente

cc.: Honorables fracciones parlamentarias, Asamblea Legislativa.
cc.: Junta Directiva Nacional de ANEP.
cc.: Junta Directiva Seccional ANEP-Taxistas.
cc.: Archivo.

ANEP urge aprobación convención colectiva de INFOCOOP

San José, 6 de julio de 2009.
S.G. 07-09-1636-09
¡URGENTE!

Honorables señores y honorables señoras
Comisión de Negociación de Convenciones Colectivas

Atención: Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS)
Presente

Estimadas señoras y estimados señores:

En primer término, les expresamos el más atento y respetuoso saludo de nuestra parte.

En días pasados, el Lic. Freddy González Rojas, Presidente Ejecutivo del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo (INFOCOOP) y representante oficial de tal entidad en el proceso tendiente a la suscripción de la Convención Colectiva de Trabajo de dicha entidad, remitió a esa honorable comisión oficio indicando acerca de la naturaleza estratégica que tal proceso requiere para la estabilidad institucional, razón por la cual hace énfasis en la necesidad de atención y seguimiento.

Es en función de lo anterior que, como organización representativa y legítima que tutela los intereses económicos y sociales de la población trabajadora asalariada del INFOCOOP, solicitamos a vuestras autoridades considerar prioridad el tema de la Convención Colectiva de Trabajo en esta institución, haciendo las modificaciones de agenda pertinentes que permitan cristalizar la ansiada oportunidad de una suscripción pronta.

Con la certeza de que vuestros buenos oficios redundarán en bienestar de quienes laboran para el INFOCOOP y que la institución misma habrá de salir gananciosa con un proceso de estabilidad consolidado, aprovechamos para reiterarles nuestro mayor respeto y consideración,

Albino Vargas Barrantes
Secretario General

Edgar Morales Quesada
Secretario General Adjunto

cc.: Sr. MBA. Freddy González Rojas, Presidente Ejecutivo de INFOCOOP.
cc.: Junta Directiva Seccional ANEP-INFOCOOP.
cc.: Junta Directiva Nacional de la ANEP.
cc.: Sr. Ivannia Espinoza Sandoval, Responsable ANEP-INFOCOOP, Unidad de Desarrollo Organizacional (UDO), ANEP.
cc.: Personal del INFOCOOP.
cc.: Archivo.

ANEP contra cierre de Unidad de Atención Psicológica al personal penitenciario

San José, 6 de julio de 2009.
S.G. 07-09-1638-09
¡URGENTE!

Doctora
Viviana Martín Salazar
Ministra
Ministerio de Justicia y Gracia
Su despacho
Fax No. 2234 7959

Estimada señora Ministra:

Con el mayor de los respetos, reciba usted el más atento saludo de nuestra parte.

Deseamos que su digna autoridad nos reciba en audiencia, con carácter urgente, para pedirle su inmediata intervención ante lo que la ANEP considera como el desmantelamiento de la Unidad de Atención Psicológica y Operacional al servicio del personal penitenciario; un servicio institucional imprescindible dada la alta vulnerabilidad de dicho personal ante los desafíos que implica la atención a la población privada de libertad en las actuales condiciones de criminalidad.

Nos urge mucho, señora Ministra, explicarle la profundidad de las consecuencias negativas de tan errática pretensión y se lo pedimos a usted, al sentir que en los niveles institucionales directos se manifiesta cierto prejuicio que impide analizar el problema de manera objetiva.

Reiterándole nuestra mayor consideración,

Albino Vargas Barrantes
Secretario General

cc.: Junta Directiva Nacional de la ANEP.
cc.: Personal Unidad de Atención Psicológica y Operacional, Dirección General de Adaptación Social.
cc.: Archivo.

Gobierno llama a negociación salarial para sector público

San José, 06 de julio 2009
DS- 309 – 2009

Señores

Albino Vargas Barrantes info@anep.or.cr
Edgar Morales Quesada emorales@anep.or.cr
Asociación de Empleados Públicos ANEP
Fax: 2257 8859

Estimados Señores:

Por este medio y por instrucción del señor Viceministro de Trabajo Lic. Eugenio Solano Calderón, se les convoca a reunión para tratar FIJACION SALARIAL DEL SECTORBLICOSEMESTRE 2009, el día lunes 13 de julio las 10:00 a.m., en la Sala de Ex Ministros del Ministerio de Trabajo, 7° Piso.

De usted atentamente,

Lic. José Pablo Carvajal Cambronero
Departamento de Salarios

CC. Lic. Eugenio Solano Calderón Viceministro de Trabajo.

UTN-Sede Atenas: Presuntas y graves irregularidades en la Escuela Centroamericana de Ganadería (ECAG)

San José, 17 de junio de 2009.
S.G. 07-09-1601-09

Licenciada
Rocío Aguilar Montoya
Contralora General de la República
Contraloría General de la República
Su despacho

Estimada señora:

Con el respeto de siempre para su digna autoridad, le expresamos el más atento saludo de nuestra parte.

Recientemente ha sido puesta en nuestras manos, una diversidad de información altamente preocupante, acerca de presuntas irregularidades que se han estado y/o se están presentando, en la sede de Atenas de la hoy Universidad Técnica Nacional (UTN); sede que antes fue conocida con la denominación Escuela Centroamericana de Ganadería (ECAG), y una entidad que estaría adjunta a la misma, conocida como “Fundación Operativa Escuela Centroamericana de Ganadería”.

Según se nos indica, las presuntas anomalías estarían sustentadas en diversos informes de la auditoría interna institución y, además, en una eventual investigación; asímismo, buena parte del personal tiene conocimiento acerca de presuntos desórdenes de gestión en diversas instancias de la mencionada entidad.

Para empezar, según se desprendió de un estudio de la auditoría interna de la ECAG, se habría detectado el delito penal de falsificación de firmas de un cheque de la institución, lo cual, presuntamente, al parecer habría sido cometido por el señor Francisco Romero, actual decano; y como resultado de la investigación este acto penal habría sido encubierto por otras altas autoridades del Consejo Directivo de la ECAG, dado el presunto involucramiento del propio decano.

Por otra parte, se habría dado la apertura de la carrera denominada Manejo Forestal y Vida Silvestre sin contar con la debida autorización del Consejo Superior de Educación (CSE), hasta el punto de tener graduados sin legalidad del registro. Se desconocen las razones de carácter técnico y/o la instrucción que se habría recibido de parte del Ministerio de Educación, o su representada, sobre las acciones motivantes de la apertura de la carrera Manejo Forestal y Vida Silvestre sin ser aprobadas por el CSE como ya indicamos.

En tal caso y comprobado el hecho, habría que determinar potenciales incumplimientos de deberes y potenciales fraudes en contra de quienes se matricularon en la carrera en mención. Al parecer, también hay un informe de la auditoría interna institucional que estaría señalando este asunto.

También y relacionado con lo anterior, se nos indicó que en tal carrera se habrían aceptado jóvenes sin bachillerato de Secundaria con la aparente complacencia académica superior de la institución. Al aparecer, la auditoría interna institucional tiene registro de este asunto.

En otro orden de cosas, se nos reportó que habría ocurrido una “pérdida” o se habría manifestado un “faltante” en el inventario de la planta de lácteos, de entre 5000 y 8000 kgr de queso de los inventarios; así como habrían sido tirados a los basureros, aproximadamente, 300 kg. adicionales de producto descompuesto y vencido. Igualmente, se indica que hay informes de la auditoría interna institucional al respecto.

De las áreas de producción de la finca ECAG, habrían sido sustraídas las siguientes especies, sin que a la fecha se haya descubierto o aclarado el caso: 11 cabras, 6 ovejas, 3 terneros y algunos tepezcuintles. Del área administrativa, aparentemente habrían desaparecido computadoras, equipos, partes de un tractor y otros, sin que se nos halla proporcionado mayores detalles en este último caso, aunque, en la administración institucional sí existiría datos pormenorizados de ambos aspectos.

La ECAG, con su Fundación Operativa (FUNDECAG), estaría realizando nombramientos de personal externo de las carreras impartidas en la misma; a la vez que se denuncia presuntas irregularidades en cuanto a compras de licores y otros artículos con fondos públicos y sin contar con la aprobación presupuestaria de ese honorable órgano contralor. En este último orden de cosas, se habla de una especie de caja chica para “fiestas” presuntamente promovidas desde el decanato y desde el vicedecanato. En fin, se cuestiona la realización de fiestas constantes y eventos especiales para, supuestamente, mantener determinada imagen de las autoridades superiores, promoviéndose beneficios de interés particular, pero, con fondos públicos.

Las dos personas responsables de ambas instancias anteriormente mencionadas, no habrían informado debidamente al Consejo Directivo de la ECAG, de todas las presuntas anomalías ya detalladas hasta aquí.

Como es lógico suponer, no consta a la ANEP que “muchos de los productos de las plantas de proceso de la ECAG salen de la institución como negocios privados de algunos funcionarios y de autoridades superiores y se intimida al personal para que no denuncie”. Como se puede colegir, es una afirmación sumamente delicada que, como indicamos, no nos consta pero sí decidimos incluirla en esta denuncia para que, de una manera u otra, se valore sí aportaría elementos para establecer un cuadro de presunta corrupción de tal nivel.

Fuimos informados de que en una ocasión se habría escuchado, verbalmente decir al señor decano, indicando que la presidencia de la ECAG habría participado en dos órganos directivos de fundaciones con intereses directos recibiendo dietas complementarias. Se indica que para ese momento, el ser presidente de la ECAG en su consejo directivo y al ser ECAG una institución adscrita al Ministerio de Educación lo convierte como sector público “directo”, lo cual podría haber generado conflictos por duplicidades de dietas, si es que éstas se habrían generado.

El señor vicedecano, que tiene dedicación exclusiva con ECAG, estaría produciendo, no sabemos con que fines (si comerciales o no), en su casa, los mismos productos lácteos de ECAG y, además, es profesor dentro de la jornada laboral de una de las universidades públicas (UCR). El Consejo Directivo de ECAG, habría callado el informe de la auditoría interna institucional sobre esta investigación, dentro de la cual, al parecer, el señor decano habría confeccionado una nota autorizando al señor vicedecano a recibir dos salarios en la misma jornada laboral.

Destácase que la distribución de lácteos de la ECAG se habría adjudicado sin salir a licitación, cuando corresponde observar todo un procedimiento. Se señala una presunta manipulación de los precios en la venta de los productos lácteos y cárnicos, dándose el presunto inconveniente de intereses de funcionarios con negocios similares y se habla de la existencia de una supuesta comisión que estaría siendo utilizada como “cortina de humo”, aunque este aspecto es de los que más confusión genera para esta organización.

Se habría desprendido de una investigación de la auditoría interna institucional, un faltante en los fondos del proyecto porcino de ECAG, de entre 3 y 4 millones de colones; lo cual habría obligado al Consejo Directivo de la ECAG, al decano y al vicedecano, solicitar un adelanto económico a una de sus fundaciones, en este caso la FIECAG, para solventar la presunta irregularidad.

Por otra parte, se nos indica que es necesario investigar la validez de los nombramientos del señor vicedecano y del propio señor decano, para verificar cuánta propiedad hay en los procedimientos que para tales casos, están establecidos.

Se alega, en la denuncia que la ANEP recibió, que el actual vicedecano tendría como práctica “permanente” el uso de los vehículos oficiales para la atención de asuntos personales, dentro de los cuales destaca, el eventual traslado a su casa de habitación y también para cumplir sus responsabilidades académicas con la Universidad de Costa Rica (UCR); amén de que se le critica que pese al contrato de exclusividad con la ECAG, habría brindado asesorías extranjeras en sus vacaciones.

Hay un señalamiento dirigido hacia la persona que ocupa el cargo de Director Académico, señor Javier Herrera, quien sería integrante de consejos directivos cuyas sesiones estarían coincidiendo con su horario de trabajo, amén de que estaría recibiendo dietas en tal condición. Presuntamente el señor Decano le habría modificado su horario laboral para que no tuviese problema en percibir dos retribuciones económicas: una salarial y una por dietas.

La FUNDECAG es una fundación por medio de la cual se hace una administración presupuestaria y financiera paralela a la ECAG, teniendo, presuntamente ingresos públicos que no estarían sometidos a la fiscalización contralora con aparente desviación de fondos públicos.

A la vez, se nos denuncia que por medio de la FUNDECAG, las máximas autoridades institucionales habrían recibido sueldos por montos mayores o similares a los que habrían devengado por la ECAG, incluyendo, supuestamente, gastos de representación y viáticos, sin conocerse la legalidad de la inscripción de tal fundación o su funcionamiento continuo bajo un marco de legalidad.

Se resiente mucho una supuesta ausencia repetida a labores por parte del señor decano, en presunta labor de_ “empoderamiento”_ político derivado del proceso de institucionalización de la UTN, a la vez que asuntos de índole personal estarían ocupando, presuntamente, parte de su tiempo laboral.

Se toca el tema de la asignación de las casas de habitación propiedad de la institución, que se estaría basando en criterios personalistas, a partir de supuestas afinidades para con las autoridades del decanato y del vicedecanato; generándose una especie de “clientelismo” institucional que contradice principios de objetividad, justicia y equidad en este punto.

Se nos indica, además, dudas o cuestionamientos sobre el proceso de designación del actual vicedecano, señor Educardo Barrantes, a quien se le promovió a tal cargo desde una posición de técnico de la planta de lácteos, según promoción que le efectuara el señor decano, en forma sucesiva desde director académico, a director administrativo y ahora al vicedecanato; presuntamente sin concurso interno y, presuntamente también, sin los indispensables requisitos. También, este mismo tipo de dudas y/ cuestionamientos, estaría afectando nombramientos de varios directores y el de la proveeduría institucional.

Además, se cuestionan supuestas compras fraccionadas de equipo, de leche para procesar, reparaciones de equipo y de instalaciones.

Por otra parte, la ECAG, ahora UTN-Sede Atenas, a través de los señores decano, vicedecano y director de producción, habría establecido un convenio por medio del cual desde la indicada sede, se alimentaría y se daría manejo zootécnico respectivos a los animales, de forma tal que las crías obtenidas serían repartidas en una proporción 50-50 entre dicha sede universitaria y un ciudadano de apellido Clachar, una vez destetadas las crías. Al parecer se desconoce la población meta favorecida con tal convenio y el alcance de legalidad que implica la inversión presupuestaria para sostener el potencial beneficio de los animales de la indicada persona, sin hablar de los resultados de eventuales evaluaciones que se hayan hecho de este convenio.

En los años 2004-2006, un grupo de funcionarios de lo que hoy es la sede Atenas de la UTN, habrían decidido “entrarle” a investigar toda esta serie de presuntas anomalías pero parece ser que fuertes presiones políticas al más alto nivel del Gobierno Central habría desestimulado tal esfuerzo, destacándose un clima de miedo y de persecución que, hasta ahora, con la inserción de la ANEP en la UTN, parece haber empezado a ser superado para bien de la transparencia de la gestión pública en este centro universitario.

Reiteramos que varios de los aspectos que acaban de ser reseñados, tendrían soporte en informes de la auditoría interna institucional; y que otros, nos han sido reseñados bajo el principio de confidencialidad que si bien no constan a la ANEP. Sí nos pareció oportuno hacerlos del conocimiento de esa honorable Contraloría General de la República, en aras de la necesaria transparencia que ha de imperar en el manejo de la cosa pública en todo estadio institucional en que la misma esté presente, principio que es rector de nuestro accionar sindical.

Anticipadamente le agradecemos la especial consideración a la presente,

Albino Vargas Barrantes
Secretario General


cc.: Honorable señor, Dr. Francisco Romero Royo, Decano, Sede UTN-Atenas.
cc.: Honorable señor, Lic. Eduardo Barrantes Guevara, Vicedecano, Sede UTN-Atenas.
cc.: Honorable Comisión Ah-Hoc, Universidad Técnica Nacional (UTN).
cc.: Junta Directiva Seccional ANEP-UTN-Sede Atenas.
cc.: Junta Directiva Seccional ANEP-UTN-Alajuela.
cc.: Junta Directiva Seccional ANEP-UTN-Guanacaste.
cc.: Junta Directiva Seccional ANEP-UTN-Pacífico.
cc.: Junta Directiva Nacional de ANEP.
cc.: Archivo.

Fuerza Pública: Agitación laboral en ascenso

San José, 2 de julio de 2009.
S.G. 07-09-1633-09

Licenciada
Janina Del Vecchio Ugalde
Ministra de Gobernación, Policía y de Seguridad Pública
Su despacho

Estimada señora ministra:

Reciba, en primera instancia, un cordial y respetuoso saludo de parte de la Asociación Nacional de empleados Públicos y Privados (ANEP).
Nuestra respetuosa misiva es para hacer de su conocimiento el balance que, de manera objetiva, hemos realizado con respecto a las propuestas formuladas por ANEP en fundamentales y álgidos temas de orden reivindicativo-laboral; mismas que hemos venido plantando a su honorable autoridad. Para tal efecto, realizamos un pormenorizado análisis, contrastando nuestras propuestas con las posiciones oficiales de su despacho, lo que dejamos patente en el siguiente cuadro comparativo.

En el caso de la ANEP, nuestras posiciones y nuestras propuestas están recogidas en los oficios de esta Secretaría General, SG 07-09-0853-08 de octubre 2008; SG 07-09-1398-09 de mayo del 2009; y, SG 07-09-1090-90 de enero 2009. Lo esencial de nuestro planteamiento sindical se expone en la columna de la izquierda. A la derecha, exponemos lo esencial de las respuestas y posiciones oficiales del Ministerio de Gobernación, Policía y de Seguridad Pública, corresponden a los oficios 298-2009DM de enero 2009; 2259-2009DM de junio 2009; y, D432-2009 ENP de abril de 2009.

1- REVALORACIÓN SALARIAL EXTRAORDINARIA

ANEP, de manera reiterada, formuló la propuesta en tres ocasiones, argumentando las devaluadas bases salariales del personal policial, poco competitivas. Usamos como referencia las bases salariales de los cuerpos policiales municipales y del sector privado.

El problema fue resuelto para los mandos medios y altos, sea, el nivel ejecutivo, lo anterior mediante un nuevo manual de clases y cargos policiales en el 2008. El restante personal policial, sean niveles inferiores, se resolverá en al segunda etapa del manual de clases y cargos policiales, previo análisis de la estructura organizativa. Está en “proceso”.

2- RECONOCIMIENTO ECONÓMICO DE LA DISPONIBILIDAD

ANEP argumenta como una aplicación ilegal, que se le exija disponibilidad a quienes no se les reconoce económicamente por estar excluidos del Estatuto Policial. Se violenta el precepto igualdad de obligaciones, igualdad de derechos.

Es un tema de interés de la actual administración, se busca el asidero legal que lo permita, se realizan análisis de la jurisprudencia, se verá la viabilidad económica.

3- ALTO RIESGO Y RIESGO ADMINISTRATIVO

La ANEP, dado el cambio de patrones de conducta delincuencial y los agresivos niveles de violencia, planteó que debe extenderse a todos los cuerpos policiales del Ministerio de Seguridad.

No es viable jurídicamente, pues se limitó cuando se constituyó dicho incentivo. Respecto al riesgo administrativo, se está en análisis de su viabilidad.

4- DEFICIENTE ALIMENTACIÓN

Previo diagnóstico in situ, así como reiteradas denuncias, comprobamos a finales del 2008, serios problemas con la alimentación, tanto en calidad como en cantidad. Adicionalmente a esta situación, nos encontramos con que los cuerpos policiales especiales se movilizan sin viáticos, terminar por consumir los alimentos previstos para los cuerpos policiales ordinarios.

Sobre este tema, no existió oficialmente respuesta. Comentario nuestro: Percibimos alguna mejora; no obstante, el problema se ha agudizado en los últimos dos meses. La ración es disminuida, lo que obliga a los oficiales a disponer de su escuálido peculio para comprar lo básico y terminar el mes. Esto en las regiones.

5- ROLES DE SERVICIO

Previo análisis de las condiciones laborales y extenuante jornadas laborales, se proponen roles mas favorables al 2 × 2 × 2.

Se mantiene la directriz 124—2008-DGFP, referente a los roles establecidos. Cada uno se implementará según la justificación de dicha directriz.

6- AUSENCIA DE SALUD OCUPACIONAL

Situación que ANEP comprobara y definiera como un problema de primer orden, resaltando las condiciones infrahumanas en puestos de frontera como La Cruz, Guanacaste, comandancia de Limón, comando La Cruz y más recientemente Upala, sólo para mencionar algunos ejemplos extremos. ANEP propuso, más recientemente, la creación de un fideicomiso bancario para la recuperación de toda la infraestructura de este ministerio.

No existió respuesta oficial al respecto. Comentario nuestro: Las condiciones han empeorado en estos centros laborales y de manera general, muchos de ellos declarados ya inhabitables por el Ministerio de Salud. Lo anterior no significa que no reconozcamos la inversión en infraestructura en otros centros laborales; no obstante, en el caso de las fronteras y centros laborales mencionados, las condicionen han empeorado.

7- BÁSICOS POLICIALES PARA PERSONAL POLICIAL DE ALTA

ANEP expone preocupación por la cantidad de oficiales con varios años de carrera policial, que reuniendo el requisito del tercer año de enseñanza secundaria, no son tomados en cuanta para la realización del curso básico policial.

Se programan cursos básicos policiales de menor duración dada la experiencia y capacitación. El primer curso dio inicio en mayo del año en curso y será para cuarenta oficiales. Comentario nuestro: Debe de extenderse a todas las regiones del país.

8- PERSONAL EXCLUIDO DEL ESTATUTO POLICIAL

ANEP cuestionó, argumentó y propuso que todo el personal policial que había quedado excluido del Estatuto Policial, como consecuencia de entrada en vigencia de la Ley 7410, en mayo de 1994, ingresar al mismo de manera inmediata, con base en el principio constitucional de la irretroactividad de la ley.

Es improcedente de acuerdo a consulta y dictamen C-0778-2009 de la Procuraduría General de la República; se dispuso de varios períodos de gracia de varios años para que se cumpliera con los requisitos de la Enseñanza General Básica. Continuarán en el régimen anterior. Podrá resolverse mediante norma jurídica adicionada a la ley.

9- CHALECOS, UNIFORMES Y ARMAMENTO

Hicimos del conocimiento de las altas jerarquías ministeriales estos tres problemas: a) el reducido número de chalecos antibalas obliga a intercambiarlo; b) la obsolescencia del armamento; y c) débil avituallamiento

No hubo oficialmente respuesta a estas solicitudes y preocupaciones. Es percepción nuestra que el problema se ha agravado. Al día de hoy tenemos reportes de todo el país de la no entrega de uniformes, por ejemplo.

10- VACACIONES

ANEP ha exteriorizado a las jerarquías ministeriales, el problema de personal policial que acumula, de manera excesiva, períodos de vacaciones, violentándose las normativas laborales. Sobre el particular no existe respuesta por parte de las autoridades.

No conocemos programa alguno dirigido a resolver esta situación laboral.

En conclusión honorable señora ministra: Nos encontramos con un balance de la situación extremadamente desfavorable, a los intereses del colectivo laboral del ministerio bajo su digno cargo, pues de toda esta agenda de aspectos laborales fundamentales, lo único tangible, es el pago de días feriados (todavía en proceso); así como la puesta en marcha de los cursos básicos policiales para el personal de alta, todavía pendiente en las regiones.

Exceptuando lo anterior, y con respecto a los diez aspectos señalados y descritos, consideramos que no sólo no hay avances, sino que se ha involucionado, lo que consideramos, respetuosamente, un error estratégico de su gestión; igual percepción sentimos en el tema de género y participación de la mujer en un ministerio eminentemente patriarcal.

Así las cosas percibimos una gestión ministerial realizando ingentes esfuerzos para responder a las exigencias de la ciudadanía en momentos en que experimentamos como sociedad, un exponencial crecimiento delicuencial acrecentado por el narcotráfico; gestión ministerial que consideramos acertada.

No obstante y en contraposición, nos encontramos con un colectivo laboral cuyas condiciones reivindicativas básicas siguen sin resolverse, a excepción de los mandos medios y altos, lo que ha provocado una acumulación de inconformidades que están sirviendo como caldo de cultivo al ya deteriorado clima organizacional que se respira en la Fuerza Pública de todo el país.

Como es de su concomiendo, ANEP exhibe una práctica sindical responsable, honesta y transparente. En tal sentido es nuestro deber hacer ingentes esfuerzo de diálogo y negociación que permitan evitar, en última instancia, un conflicto de dimensiones insospechadas.
Con toda consideración y reiterándole nuestro mayor respeto,

Albino Vargas Barrantes
Secretario General ANEP

Edgar Morales Quesada
Secretario General Adjunto ANEP

cc.: Licda. Marcela Chacón Castro. Viceministra de Seguridad Pública.
cc.: Comisionado Oldemar Madrigal Medal, Viceministro de Seguridad Pública.
cc.: Comisionado Eric Lacayo Rojas, Director General de la Fuerza Pública.
cc.: Comisionado Pablo Bertozzi Calvo, Subirector General de la Fuerza Pública.
cc.: Lic. Luis Antonio Román Hernández, Presidente Concejo de Personal, MSP.
cc.: Lic. Francisco López Trejos, Director Recursos Humanos, MSP.
cc.: Licenciado. Francisco Morales Hernández, Ministro de Trabajo y Seguridad Social.
cc.: Licenciada, Lisbeth Quesada Tristán, Defensoría de los Habitantes de la República.
cc.: Junta Directiva Nacional de ANEP.
cc.: Junta Directiva Seccional ANEP-Fuerza Pública.
cc.: Sr. Gerardo Cascante Amador, Responsable Sindical ANEP-MSP.
cc.: Sr. Luis Diego Alfaro Méndez, Responsable Sindical ANEP-MSP.
cc.: Personal del Ministerio de Seguridad Pública.
cc.: Medios de Comunicación Colectiva.
cc.: Archivo.

Mediante huelga trabajadores lograron jefe municipal

Antonio Ortiz, presidente de la Seccional de la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP), asegura que este funcionario no tiene capacidad administrativa para dirigir está área.

“No planifica ningún proyecto, se toma atribuciones arbitrarias, ha creado un ambiente hostil a nivel laboral, hostiga al personal, transforma y mueve plazas y desvió los fondos para la infraestructura de la Unidad de Trabajo”, comentó el dirigente.

Ortíz indicó que la única forma de deponer el movimiento era que se quitara a López, demanda que lograron al finalizar la tarde.

Entre los acuerdos adoptados con las autoridades del ayuntamiento, está el quitar al funcionario de su plaza en propiedad y mantenerlo de manera interina, ya que según las quejas, su designación se hizo a dedo.

A López se le quitarán sus funciones de jefatura, mientras se investigan las denuncias en su contra.

RESPALDO MUNICIPAL

Pese a los acuerdos firmados con los trabajadores, la hasta ayer alcaldesa Maureen Clarke dijo que la permanencia de López como Director de Saneamiento Ambiental no es negociable, ya que el funcionario ha venido realizando una buena labor y cuenta con el apoyo de la alcaldía.

“Él lo que ha venido es a ordenar, a combatir la corrupción, a establecer controles y a hacer más planificado y ordenado el trabajo, quien no esté de acuerdo con eso, no está a favor de luchar contra la corrupción, ni con la transparencia”, indicó la alcaldesa.

Clarke espera que los servicios de aseo de vías y recolección que dejaron de brindarse se normalicen a partir de hoy.

Ayer los camiones para recolectar la basura no pasaron por las comunidades de San Francisco de Dos Ríos, Zapote, Barrio Escalante, Pavas, Uruca, Barrio México y Paso Ancho, pero se espera el servicio se ponga al día poco a poco a partir de hoy.

Aunque los trabajadores levantaron el movimiento, indicaron que se mantendrán atentos a los resultados de la investigación, informe que deberá estar listo en diez días.

Fuente: Diario Extra
Marietta Espinoza M.
mespinoza@ diarioextra. com

Garantías laborales continúa en veremos

El resultado de la reunión realizada ayer entre diputados del oficialista Liberación Nacional y las centrales sindicales fue el anuncio de una nueva reunión, agenda para mañana miércoles 24 de junio con la finalidad de estudiar el proyecto de ley de garantías sindicales.

Este proyecto de ley se encuentra entre los primeros lugares de discusión por el fondo en primer debate.

Según el PLN la “Comisión de Estudio” estará integrada por cuatro representantes de los Sindicatos, cuatro representantes de la Fracción Legislativa del PLN, cuatro representantes de las Cámaras Empresariales y el Ministro de Trabajo.

A la reunión asistieron en pleno los diputados de la fracción oficialista, así como la Central de Trabajadores Rerun Novarum (CTRN), la Central Sindical Juanito Mora (que incluye a la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados, ANEP), la Confederación de Trabajadores Democráticos y la Central del Movimiento de Trabajadores Costarricenses

La reforma a varios artículos del Código de Trabajo, plantea, entre otras cosas que trabajadores sindicalizados no pueden ser despedidos, a menos que se encontrara una falta grave tras un procedimiento que justifique la sanción disciplinaria.

Jorge Méndez, jefe de fracción del PLN, indicó que “se analizarán las dudas en torno al proyecto de ley, definiendo su interpretación”.

Según lo expresado por el Jefe de Fracción del PLN, las dudas se dan en varios sentidos, desde hasta dónde se extiende el fuero sindical y cuáles causales son aplicables al despido para las personas protegidas por el fuero.

Los sindicalistas han insistido en que tanto políticos como empresarios deberían cumplir su palabra ya que este es un proyecto consensuado desde hace diez años por todas las partes.

La CTRN, por ejemplo, fue clara en sostener que la aprobación de ese proyecto de ley es absolutamente necesario “porque en materia de libertades sindicales se tiene una deuda, no solo con los trabajadores costarricenses, sino que también con la OIT a quien los distintos gobiernos, en los últimos 25 años, han llenado promesas legislativas que no se concretan en leyes”, según indicó un comunicado.

La polémica no parece alivianarse ya que según declaraciones de ambas partes al salir de la reunión

“Cuando hay distintas interpretaciones de las Cámaras, los Sindicatos, el Ministerio de Trabajo y los Diputados, quiere decir, ante tales contradicciones, que la letra del proyecto de ley no está totalmente clara, y por eso debemos hacer un esfuerzo para no dejar espacio a ninguna duda “, afirmó el Jefe de los verdiblancos.

Costa Rica estuvo en el banquillo de los acusados en la Comisión de Aplicación de Normas de la recién pasada conferencia de la OIT acreditándosele una severa llamada de atención.

La CTRN advirtió ante la fracción del Partido Liberación Nacional (PLN) que de no aprobarse el proyecto de Ley, Costa Rica para el año entrante, será candidata segura a una sanción mayor, por parte de la OIT y de la Comunidad Internacional.

Además, los sindicalistas puntualizaron que “la discusión no es para redefinir el texto legislativo, es para ver las dudas, que van mas allá de lo jurídico en los cuales se está escudando la UCCAEP para no cumplir con su palabra y compromisos que se hicieron en el marco de la concertación social hace mas de 10 años”.

La UCCAEP es firmante del proyecto 13.475, “no hay vuelta de hoja, tienen que honrar su firma y compromiso”, indico un comunicado de la CTRN.

Fuente: Informa-tico. com

Sector «no profesional»: Sindicatos firman ajuste salarial

Firmamos, pero no quedamos satisfechos

El pasado miércoles 17 de junio, quedó en firme la negociación salarial que beneficiará al sector “no profesional” de gobierno central y de aquellas instituciones homologadas al Régimen de Servicio Civil.

Es importante anotar que, como ANEP, no quedamos totalmente satisfechos con los montos logrados, tanto por reestructuración de las clases de puestos, como por equiparación (4.88%), a pesar de que esto implica importantes incrementos para muchas de las clases reestructuradas. Consideramos que tales incrementos salariales quedan aún, muy lejos de la deuda real, que los neoliberales tienen con la clase trabajadora en general y más aún con los “no profesionales”.

Ante esto, reiteramos que la pelea por un salario digno no termina con la firma de este acuerdo, y que ANEP continuará replanteando el tema en la Comisión Negociadora de Salarios para el Sector Público, hasta tanto logremos cerrar estas lamentables brechas salariales y que el Gobierno, sea cual sea, entienda la necesidad de una verdadera política nacional de salarios.

Queremos manifestar nuestro agradecimiento a los trabajadores y trabajadoras del Magisterio Nacional, así como a los importantes grupos de personas que desde los Ministerios de Transportes, Justicia, Salud, Aviación Civil, entre otras, que se movilizaron a luchar por sus derechos en los tres eventos convocados, especialmente la concentración del 1º de Abril.
Personas que merecen todo nuestro respeto y consideración, ya que ellas fueron quiénes hicieron posible la reapertura de las negociaciones.

De la misma manera, agradecemos a todas las personas trabajadoras que nos honran con su afiliación, pues sin su contribución, las luchas que libramos, no serían posibles.

Este acuerdo debía ser consultado a las bases de las organizaciones sindicales, lo cual sucedió y finalmente los representantes sindicales, así como las autoridades de gobierno, encabezadas por el Ministro de Hacienda, firmaron el siguiente documento.

Más información, el afiliado o afiliada Anepista interesada, podrá solicitarla a su Promotor o Promotora Sindical de ANEP, con su Seccional. O bien llamando directamente a la Casa Sindical “Mario Alberto Blanco Vado”.

Acuerdos

1.- Se acepta el reajuste salarial por reestructuración para las clases “no profesionales” del Título 1 presentado por la Dirección General de Servicio Civil y que deberá regir a partir del día 1 de julio de este año, pagadero en la segunda quincena de setiembre de 2009.

2.- Un rejuste extraordinario del 4.88% a la base para las clases no profesionales del Título 1 y Título 2 del Estatuto del Servicio Civil y de las instituciones homologadas al régimen de Servicio Civil, pagadero en dos tractos: un 2.44% a partir de julio y pagadero en la segunda quincena de setiembre de 2009 y un 2.44% a partir del 1 de enero de 2010, pagadero en la segunda quincena de enero de 2010.

Adicionalmente, no estaba contemplado, se acordó:

3.-
Para la clase de puesto de conserje de centro educativo, debe considerar, para efectos de reestructuración en el nuevo salario base, el 2.5% por concepto de traslado del pago por ampliación del curso lectivo (por compensación de vacaciones).

4.- El Gobierno reitera su compromiso de honrar el pago del percentil 45 a los profesionales del Gobierno Central a partir de julio del 2009 tal y como se había acordado.

Documento completo aquí. Si no puede guardarlo bájalo de ARCHIVOS ADJUNTOS en la columna derecha

Tabla salarial: ¿Cómo quedó su salario con el reajuste?