01- Ley Marco de Empleo Público (LMEP): Acciones diversas (individuales y/o colectivas, y sectoriales), en sede constitucional y apertura hacia el proceso litigioso internacional-Doctrina de los Derechos Humanos (DD.HH.). Consideración de eventuales movilizaciones de diverso orden.
02–Defensa del Salario Escolar: Nada que discutir en lo jurídico. Preparación para la movilización general en su defensa.
03-Congelamiento salarial en el sector Público: A) Abrir proceso en sede constitucional y apertura hacia el proceso litigioso internacional en el marco de la doctrina de los Derechos Humanos (DD.HH.). Convencidos completamente de que el actual congelamiento salarial es violatorio de Derechos Humanos. B) Impulso a procesos sectoriales-gremiales de severa precarización y pauperización salarial, en los ámbitos necesarios (político-jurídicos y de movilización).
04-Gestión colectiva problema de interinatos prolongados: apertura proceso litigioso internacional-Doctrina de los Derechos Humanos (DD.HH.).
05-Gestión colectiva problema violación abrupta requisitos ya cumplidos de pensión IVM-CCSS: apertura proceso litigioso internacional-Doctrina de los Derechos Humanos (DD.HH.). Y, paralelamente, reforzar el proceso para garantizar una pensión realmente digna para quienes ya la reciben. Por otra parte, el acceso libre a los recursos del Régimen Obligatorio de Pensiones (ROP), es objetivo fundamental de atención permanente. (Este apartado incluye al Sector Privado).
06-Gestión nacional para definiciones constitucionales en espera: ley 9635 (combo fiscal) y ley anti-huelgas (9808) Eventual apertura proceso litigioso internacional-Doctrina de los Derechos Humanos (DD.HH.).
07-Gestión política de diverso orden para que Costa Rica respete la Opinión Consultiva OC-27/21, Derechos a la libertad sindical, negociación colectiva y huelga, y su relación con otros derechos, con perspectiva de género, emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte-IDH).
ÁMBITO DEL SECTOR PRIVADO
08-Retorno a la fijación semestral por costo de vida en el salario mínimo.
09-Establecimiento-fijación de un nuevo monto salario mínimo en Costa Rica.
10-Impulso para recalificación salarial de labores privadas en sectores banano-piña, choferes de autobús, seguridad privada.
11-Acceso pleno y directo a atención médica por accidentes laborales (“pase al INS”).
12-Fortalecimiento oposición al proyecto-ley jornadas 4/3.
13-Fortalecimiento acción intersindical para el proceso “debida diligencia” comercio internacional bananero-piñero.
14-Seguimiento de e incidencia para su implementación de las recomendaciones de la Relatoría Especial de la Organización de las Naciones Unidas sobre las sobre las formas contemporáneas de la esclavitud.
ESTADO SOCIAL DE DERECHO
15-Defensa integral de todos los derechos laborales, económicos y sociales consagrados en nuestra Constitución Política, en el Código de Trabajo y en los tratados internacionales en la materia.
16-Destacamos el concepto Sociopolítico de la Política de Trabajo Decente, impulsada por la Organización Internacional del Trabajo (OIT), adoptada en Costa Rica como Política de Estado; resaltando el valor estratégico de la política pública de Salud Ocupacional. En forma paralela, impulso para la emisión de legislación pendiente, nacional e internacional, en materia de acoso laboral en el empleo.
17-Reafirmación de nuestra acción militante en defensa de las empresas públicas, pilares del Estado Social de Derecho, proveedoras de servicios públicos estratégico-universales, de y/o recursos para el desarrollo socioeconómico nacional y regional; por ejemplo, el INS, el ICE, Correos, FANAL, CNP, Recope, Japdeva, entre otras. Además, entidades institucionales vitales para la integración social: JPS, INA, entre otras.
18-Defensa de la Constitucionalidad y fortalecimiento de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS). Específicamente: a) Sostenibilidad financiera. b) Fuerte acción sindical contra la corrupción en todos los niveles. C) Férrea oposición a la tercerización de servicios, fuente de corrupción, tráfico de influencias, precarización laboral y hasta de evasión fiscal.
19-Alianza con sector ecologista-Defensa A y A – Agua: Derecho Humano Fundamental, libre de clorotalonil y cualquier otro tipo de contaminante del agua que amenace la vida – Defensa del patrimonio ecológico nacional.
20-Defensa del Régimen Municipal – Institucionalización plena con sentido estratégico de la figura jurídica Comité Cantonal de Deportes y Recreación.
21-Sostenibilidad financiera de IVM-CCSS: continuación proceso político-judicial; de impulso a nuestra propuesta de una intervención multisectorial por ser problema nacional; y, de formulación-visibilización de nuestras propuestas para su fortalecimiento.
22-Lucha presupuestaria: programas sociales, de Salud, de Seguridad, de Educación y U’ públicas, claves para la paz y para la Democracia. Particularmente, hacemos énfasis en la necesidad del fortalecimiento estratégico, integralmente hablando, de la Seguridad Ciudadana y, en lo específico de los diferentes cuerpos policiales, es tarea vital de la lucha social; tanto como aportar a la superación de la grave crisis del sistema educativo público en sus niveles fundamentales, para lo cual haremos énfasis en nuestro planteamiento de 10 ejes y 100 propuestas para el rescate de Educación costarricense.
23-Justicia Tributaria-Transformación Tributaria Estructural-Auditoría Ciudadana de la Deuda Pública. Formulación de iniciativas novedosas, transgresoras, acerca de qué hacer con el obsceno pago diario de intereses de la deuda pública y de la deuda pública en cuanto tal.
24-Abrir proceso litigante en sede constitucional y apertura hacia el proceso litigioso internacional-Doctrina de los Derechos Humanos (DD.HH.) con relación a los abusos hegemónico-ideológicos del ajuste fiscal extremista, que golpea el respeto pleno a los Derechos Humanos económicos, sociales y culturales.
25-Soberanía y Seguridad Alimentaria Nutritiva: Rechazo absoluto a la Alianza del Pacífico-Fortalecimiento institucional entidades públicas del sector agropecuario. Este planteamiento guarda relación con el problema del alto costo de la vida en, al menos, la alimentación básica inherente a la supervivencia del pueblo trabajador.
Acuerdo Unánime y Firme de la
Junta Directiva Nacional de la
Asociación Nacional de
Empleados Públicos y Privados
ANEP
Sesión No. 2250 (de carácter ordinario)Viernes 13 de enero de 2023
En días próximos, la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP) acudirá a la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, interponiendo una Acción de Inconstitucionalidad en contra de la Ley Marco de Empleo Público, No. 10.159, misma que deberá entrar en vigencia el próximo 10 de marzo, supuestamente.
La ANEP, que férreamente desarrolló una rotunda oposición a su aprobación en los momentos álgidos de su tramitación parlamentaria, está convencida de que la misma no solamente contiene roces severos con los postulados de la Constitución Política del 7 de noviembre de 1949; sino que, más grave aún, se violentan estipulaciones jurídicas en Derechos Humanos que el país se ha comprometido a observar según varios tratados que en la materia Costa Rica ha firmado y aprobado, incorporándolos al cuerpo de leyes que rigen la vida republicana de nuestro país.
Adicionalmente, la ANEP ha tomado nota de que estamos de cara a una gravísima circunstancia política en el seno del Poder Ejecutivo por cuanto, a pocos días de la entrada en vigencia de tal legislación, no solamente se desconoce los alcances de su reglamentación; sino que, más grave todavía, hay inseguridad tecnológica de que las plataformas de pago de salarios, dentro del Gobierno Central y fuera del mismo, respondan a los abruptos cambios que esa ley impone.
Se impone una prudencia en tal sentido; es decir, que la Acción de Inconstitucionalidad de la ANEP (u otras que se presentarán según tenemos entendido), suspenda la entrada en vigencia de la ley ante lo que calificamos como un verdadero caos en desarrollo su proceso de implementación.
ANEP realizará un acto público con ocasión de la presentación de la mencionada Acción de Inconstitucionalidad, informándose la fecha exacta con antelación.
San José, lunes 23 de enero de 2022.
Albino Vargas Barrantes, Secretario General
Wálter Quesada Fernández, Secretario General Adjunto
La Seccional de ANEP en la Municipalidad de Puriscal ganó un recurso de amparo contra la alcaldesa debido a la tardanza para entregar información sobre la relación de puestos, dicha solicitud se realizó en octubre del 2022.
El 2023 inicia con buenas noticias para trabajadores y trabajadoras de la Caja Costarricense del Seguro Social, ya que la institución respetará el salario mínimo inembargable. Así fue comprobado por los propios trabajadores, al revisar su boleta de pago en el sistema, correspondiente a la primera quincena de enero.
Así lo confirmó la Fiscalía Adjunta de Probidad, Transparencia y Anticorrupción ante consulta de anep.cr donde indican que se tramita una denuncia bajo el expediente 21-000226-1218-PE donde figuran como imputados dos hombres de apellidos Ulate Ulate, Ulate Oviedo y otro de apellidos Mora Valverde, este último alcalde de León Cortes. Por aparentes cobros irregulares a los contribuyentes del cantón.
Cada vez más los trabajadores y trabajadoras de plantaciones agrícolas se suman a las filas sindicales ya que están convencidos que por medio de la lucha se van a conseguir mejores condiciones para ellos y sus familias. Esto quedó ratificado tras la Asamblea General del SITRAP.
En un emotivo acto de parte de nuestra organización se oficializó la asignación del nombre Lydia Lacayo Mena a la sala de sesiones de ANEP en donde se develó una placa y un retrato por parte de sus familiares, así como la presentación de su último logro: la firma de la Convención Colectiva en la Municipalidad de Santa Ana.
Respetables autoridades judiciales de la Republica:
01- Quienes suscribimos el presente documento, al cual le hemos dado carácter de Interpelación Cívica para dirigirnos a sus distinguidas autoridades constitucionales, inspirándonos en el concepto de Democracia Participativa establecido en la actual Constitución Política de nuestro país; así como en el derecho humano a la participación política establecido en el artículo 23 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y en el 25 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, somos integrantes del pueblo trabajador costarricense, activistas y dirigentes sindicales, conformantes de la actual Junta Directiva Nacional (JDN) de la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP).
02- Como lo ha reconocido la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), en su Opinión Consultiva OC-27, los sindicatos tenemos capacidad y legitimación de accionar ante el sistema de peticiones del Sistema Interamericano de Derechos Humanos por derecho propio.
03- Tenemos, además, como fortaleza para ello, la amplísima normativa jurídica de carácter nacional y de majestad internacional que nos otorga tal Derecho Humano Fundamental: a modo de ejemplo, el Inciso 4 del Artículo 23 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos que indica “Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses”.
04- En esa misma línea y en el ámbito de esa concatenación democrática de reconocimiento de derechos, resulta medular resaltar lo que señaló ese alto tribunal interamericano en esa Opinión Consultiva:
“Previo al análisis de las cuestiones sustantivas planteadas por la Comisión Interamericana, a manera de introducción, la Corte resaltó que el combate a la pobreza y a la desigualdad, y la garantía de los derechos humanos, resultan un componente esencial para el pleno desarrollo democrático de los pueblos. En este sentido, recordó que los propósitos establecidos en la Convención Americana, el Protocolo de San Salvador, y la Carta Democrática Interamericana, se dirigen a la consolidación de un régimen de protección de los derechos humanos y de justicia social, dentro del cuadro de instituciones democráticas”.
05- En este contexto es que nos apersonamos en las afueras de esta sede constitucional que alberga su delicado y relevante quehacer, en este día, viernes 13 de enero de 2023; dando curso así y de esta manera, a la primera sesión directiva de la JDN de la ANEP del año que acaba de iniciar, en el marco del período jurídico-legal de la ANEP que está transcurriendo, 2021-2025; sesionando a cielo abierto, con el quorum de ley, constituyendo este documento el punto primero de nuestra Orden del Día para que luego de su lectura pública y subsiguiente discusión-aprobación, procedamos a entregarlo en la recepción documental habilitada por este alto tribunal. Luego nos retiraremos a nuestra sede central, de la calle 20 de esta ciudad, para continuar con la sesión de la fecha. Dos motivaciones centrales nos estimularon para estar aquí y en las condiciones que les acabamos de explicar:
06- PRIMERA: “Es una bomba de tiempo la situación social del país”. Esta frase, pronunciada por el actual magistrado-Presidente de la Sala Constitucional, don Fernando Castillo Víquez, se nos ha quedado muy grabada en nuestras mentes y en nuestras conciencias. Bien saben ustedes que fue una manifestación contenida en amplia entrevista periodística que le hiciera un medio de comunicación escrito de este país.
07- Esa bomba de tiempo se llama desigualdad social, dice ANEP y muchas más personas y organizaciones de todos los niveles y actividades. Además, esta desigualdad social marca cada vez más la diferencia entre ricos y pobres, como el mismo don Fernando fue enfático en plantearlo en esa entrevista.
08- De manera muy sencilla, quien encabeza al más alto tribunal constitucional de la República de Costa Rica, la Sala Constitucional, nos indicó que, según la Constitución Política de Costa Rica, la del 7 de noviembre de 1949, somos un Estado Social de Derecho el cual tiene dos vertientes fundamentales y estratégicas. Por un lado, a juicio de este alto magistrado, la libertad y la eficiencia económica; y, por el otro, la justicia social.
09- Que lo diga el Dr. Castillo Víquez es algo que no puede pasar desapercibido para la población costarricense; mucho menos, para el gran conglomerado de patriotas y organizaciones cívicas que a lo largo de los últimos años venimos defendiendo ese Estado Social de Derecho, desde las más diversas circunstancias y coyunturas políticas; considerando que es piedra angular del sistema democrático la correcta separación de poderes que garantice pesos y contrapesos y el sublime principio de seguridad jurídica.
10- Don Fernando fue enfático al puntualizar que el Estado Social de Derecho costarricense está en deuda, por cuanto ya no está garantizándole a toda la población el mínimo vital de condiciones económicas para que permita superar la pobreza, en avance generalizado en el país. Total coincidencia de la ANEP con esta opinión, del señor magistrado Presidente de la Sala Constitucional.
11- SEGUNDA: El próximo 14 de diciembre de 2023, el planeta entero conmemorará el 75 aniversario de la proclamación, en el seno de la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), celebrada en París, Francia, de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH).
12- Costa Rica fue una de las 48 naciones que la aprobaron en el mismo momento de su emisión, dándose así a la apertura de una nueva etapa de nuestro desarrollo republicano sustentado en que el Derecho Internacional es un bastión de nuestra propia existencia como nación soberana.
13- Las personas especialistas en el tema indican que la DUDH representa la codificación internacional de la primera y segunda generación de los Derechos Humanos: los de carácter civil y político; y, los económicos, sociales y culturales.
14- Posteriormente, el 16 de diciembre de 1966, esa misma instancia aprobó el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC, por sus siglas en español), que viene a ser el primer tratado internacional que universaliza la segunda generación de los Derechos Humanos: los económicos, sociales, culturales y ambientales. Costa Rica, siguiendo su tradición garantista, lo ratificó oportunamente y, además, ratificó su Protocolo Facultativo para recibir casos individuales, el 23 de setiembre de 2014.
15- ¿A dónde queremos llegar, honorables señores magistrados y señoras magistradas constitucionales? El 14 de diciembre próximo, con la llegada del 75 aniversario de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH), el planeta Tierra ajustará tres cuartos de siglo bajo tales principios, aunque la realidad que nos presenta la Humanidad en estos mismos momentos, es radicalmente diferente a la esperada con el camino abierto por la Doctrina Universal de los Derechos Humanos. La multiplicidad y profundidad de las razones para ello, no vienen al caso.
16- Sin embargo, que Costa Rica esté al borde de un estallido social, como lo indica el magistrado Presidente de la Sala Constitucional, nos confronta con lo que nos ha venido pasando en las últimas administraciones gubernativas, en las cuales, a nuestro juicio, el país ha estado involucionando en desarrollo social y en inclusión económica; por una parte, y por la otra, la cosa pública de los últimos tiempos parece que es fiel al perverso postulado maquiavélico que indicó que “…la política es independiente de la moral y solo persigue el poder”.
17- En uno y en otro caso, según nuestra visión de país y experiencia de vida propia y de la de la lucha social en que estamos inmersos, las dos situaciones apuntadas expresan gran deterioro en la voluntad política del país de observar, como es su obligación, esas dos piedras angulares del Derecho Internacional en materia de la Doctrina de los Derechos Humanos: Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH) y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC).
18- Demasiadas, sólidas y consistentes argumentaciones nos llevan a afirmar lo anterior: ¡Sí! Tanto a nivel de la DUDU como a nivel del PIDESC, gran cantidad de compatriotas, por lo general, integrantes de la clase trabajadora costarricense, está sufriendo graves violaciones de sus Derechos Humanos a tenor de lo que ambos postulados establecen; postulados que Costa Rica ha jurado observar y ha jurado someterse a sus procedimientos, recomendaciones y dictados.
19- Por ello es que la actual Junta Directiva Nacional (JDN), del período jurídico 2021-2025, de la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP), está hoy aquí, viernes 13 de enero de 2023, en las afueras de la sede del más alto tribunal de la República de Costa Rica: el tribunal constitucional; para expresar, con toda vehemencia y con el necesario y merecido respeto, que ha llegado el momento de que ustedes, máximas autoridades constitucionales del país, procedan a detener la peligrosa ruta de separación entre los valores constitucionales que nuestro país proclamó el 7 de noviembre de 1949, con los valores eternos de los Derechos Humanos que establecen la DUDH y el PIDESC.
20- No es posible seguir tolerando violaciones de Derechos Humanos en contravención a los obligados compromisos del país en la materia, aceptando cuestionamientos constitucionales a las normas jurídicas que impulsan e imponen los detentadores de los poderes político y económico; pero que, sin embargo, no detienen sus perversos efectos inmediatos con lo cual, de facto y mientras se resuelve el fondo, quedamos en escenarios de graves violaciones de esos derechos, tal y como sucede con situaciones jurídicas consolidadas y derechos adquiridos, pilar de la seguridad jurídica contenido en el artículo 34 constitucional.
21- Esa amenaza se concretó, entre otros casos, con la aprobación de la Ley 9635 que esa Sala Constitucional tiene para resolver y analizar vía acción de inconstitucionalidad, acción que ya va a cumplir 4 años de espera. Mientras tanto, esa vacatio procesal ha representado desde el punto de vista humano, la existencia y zozobra de muchas personas trabajadoras que han sufrido y siguen sufriendo perversos efectos económicos y sociales, clara y sostenidamente regresivos. Y es éste tan solo un ejemplo que ha venido fomentando, como dice el señor magistrado Presidente, la creciente distancia entre ricos y pobres.
22- No es posible permanecer imperturbables si los fallos constitucionales relacionados con claras violaciones a derechos económicos, sociales y culturales se supeditan a cuestiones macrofiscales, completamente ideológicas, contrarias a los Derechos Humanos pues, precisamente, esas cuestiones macrofiscales encubren, a su vez, flagrantes injusticias, inequidades e insospechados privilegios de los sectores de mayor fortuna económica.
23- Con base en el precepto constitucional de Democracia Participativa es posible apelar a mayor diversidad de pensamiento en estos temas macro-fiscales, a fin de construir escenarios de reconstrucción del tejido social ya muy vulnerado, pero a tiempo de evitar que lleguemos a extremos por nadie deseados: el imperio total del crimen organizado.
24- En los últimos gobiernos, iniciativas en tal sentido, de considerar diversidades de pensamiento en este delicado asunto de lo macrofiscal, fueron burladas a pesar de los nobles esfuerzos comprometidos, por ejemplo, desde el mundo laboral organizado. Hoy ni siquiera algo superfluo en ese sentido, se ve por ningún lado.
25- Honorable magistratura constitucional de la República de Costa Rica: Próximamente, tocaremos estas puertas, ya de manera concreta en función de otras decisiones políticas, jurídico-ejecutivas y legislativas que se han venido tomando contrarias a los Derechos Humanos y es en tal sentido que, en lo concreto, planteamos lo siguiente:
26- Si esas decisiones, para nosotros, violatorias de Derechos Humanos, dan pie para que ustedes admitan nuestras argumentaciones en contra de ellas, no agraven la violación de esos Derechos Humanos admitiendo el cuestionamiento, pero no suspendiendo los efectos perniciosos: cientos y cientos de familias van a sufrir graves afectaciones a la luz de los postulados del PIDESC, por una parte. Las decisiones ya tomadas y que se supone entrarán en vigencia próximamente, ampliarán la brecha entre ricos y pobres que ya es preocupación oficial de la Sala Constitucional, a juicio del criterio de su magistrado Presidente.
27- Tales decisiones, por ejemplo, la denominada Ley Marco de Empleo Público, tienen efectos perversos más allá de la esfera económico-social de la convivencia de la familia afectada, pues repercutirá en la dinámica del mercado para consumo interno, desde la pulpería-supermercado de barrio hasta actividades profesionales liberales.
28- Hay otras circunstancias sociopolíticas presentadas en los últimos tiempos que, de un modo u otro, nos reafirman la importancia del desarrollo del vínculo estratégico entre los valores de la Constitución de 1949 con los valores, eternos y universales, de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH) y del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC).
29- Tal vínculo, en épocas de gran desigualdad y de un potencial estallido social, debe ser elevado a criterio fundamental motivador de decisiones para que Costa Rica retorne a la senda del bien común que nunca debimos abandonar como país; a tenor con el pensamiento y con la lucha de aquellos patricios y patricias forjadores de nuestra particular idiosincrasia quienes, con pensamientos filosófico-políticos opuestos, supieron hallar coincidencias para que mostráramos al mundo y, en particular, a la América Latina, una sociedad de admiración y de respeto por su desvelo por la inclusión social y económica.
30- El país no debe seguir siendo exhibido como Estado violador de Derechos Humanos, a raíz de sentencias inapelables de los sistemas judiciales de Derechos Humanos, como el Interamericano. Si tal vínculo no adquiere la naturaleza urgida de lo que nos marca una sociedad totalmente desigual, entonces más y más procesos extra-fronteras nos esperan, con el consiguiente impacto negativo para el país en varios órdenes.
31- Nosotros y nosotras, en ANEP, pensamos que estas consideraciones son compartidas por amplios segmentos de la sociedad costarricense de la actualidad. Esos segmentos, por lo general, están organizados, aunque hay una enorme cantidad de compatriotas que sufren, en silencio y en situación de minusvalía social, el divorcio entre los valores de la Constitución de 1949 y los valores de la DUDH y del PIDESC. En uno y en otro caso, el potencial de confluencia es insospechado. Eso lo percibió el magistrado Presidente con su impactante comentario “Es una bomba de tiempo la situación social del país”.
32- Con respeto,pero con vehemencia sostenida, conminamos respetuosamente a esa Sala Constitucional a que sus resoluciones futuras en materia de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales (DESCA), sean plétoras de reconocimiento de derechos tangibles y no meros saludos a la Constitucional ni a los tratados vigentes en Costa Rica. Resolver además en tiempo razonable, no es una prebenda, es un derecho y principio rector de justicia que ya se extraña en Costa Rica, incluso en esa Ilustrada Sala Constitucional.
Con respeto, firmantes,
Junta Directiva Nacional de la
Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados
El Secretario General de SITRAP, Didier Leitón Valverde invita a sus afiliados a conmemorar el 50 aniversario por medio de una Asamblea General que se llevará a cabo el próximo domingo en Guápiles.
El Juzgado de Trabajo de Puntarenas ordenó la reinstalación en su puesto de trabajo de un dirigente sindical, quien se desempeñaba como guarda de seguridad en el Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Puntarenas.
“Dios no quiera que llegue el momento en que tengamos que actuar”. Imposible para cualquier persona costarricense de firme convicción democrática, sin importar su ideología político-partidaria, dejar desaparecida esta clarísima amenaza del Rodrigo Chaves Robles de atentar y de desestabilizar el orden constitucional de la República, próximo a cumplir 75 años de su promulgación, el 7 de noviembre de 1949.
La drasticidad, la frialdad, la irracionalidad, la irresponsabilidad, el extremismo y el fanatismo que está mostrando la política fiscal del recortismo presupuestario impuesto por el Ministro de Hacienda, Nogui Acosta Jaén, con el beneplácito y la complacencia política del Presidente de la República, Rodrigo Chaves Robles; muestra las características perversas de ese recortismo impuesto en la hermana latinoamericana de Argentina, por el presidente Javier Milei.
El próximo 7 de Noviembre se cumplirán los 75 años de la promulgación de la Constitución Política de Costa Rica, vigente desde 1949, que integró, entre otros importantes avances, el Voto Femenino, el acceso al agua potable y a un medio ambiente sano y equilibrado, Derecho a la Salud, la Paz Social, la Educación, las Garantías Sociales, la Jornada Laboral de 8 horas,
Es claro que el Presidente Chaves poco conoce sobre el significado de la fauna en nuestro país, ya que hasta ha llegado a utilizar este término en varias oportunidades para referirse de manera inapropiada a la prensa nacional; y, cuando se necesita referirse a la fauna, lo primero que podemos denotar es que su intención es reducir el problema a un asunto de economía ambiental, bajo la óptica del todo mercado-nada Estado.