Códigos de conducta que deben cumplir las empresas que deseen asociacirse a marcas internacionales

PRINCIPIOS ESTABLECIDOS EN LOSDIGOS DE CONDUCTA QUE DEBEN SER ADOPTADOS POR LAS EMPRESAS COSTARRICENSES QUE DESEEN ASOCIARSE A MARCAS INTERNACIONALES

Los ocho códigos más importantes son:

1. NO al trabajo forzoso: no utilizaremos ni compraremos materiales a las empresas que utilicen el trabajo forzado y las amenazas a los trabajadores para que cumplan con la producción.

2.NO a las prácticas disciplinarias: No utilizaremos a los socios comerciales que apliquen el castigo corporal, ni otras formas de coerción mental o física para que cumplan con las metas de producción.

3. Jornada Laboral: Buscaremos socios que no excedan a los horarios establecidos por las leyes del país, a excepción de una compensación apropiada en horas extras y con aviso no menor de 24 horas.

4. NO al trabajo Infantil: Los niños NO pueden ni deben trabajar. Los trabajadores no pueden ser menores de 18 años. No utilizaremos a socios comerciales que expongan niños al trabajo en cualquiera de sus instalaciones.

5. Salarios y ventajas: Se harán negocios solamente con empresas que proporcionan los salarios y las ventajas que se conforman con las leyes establecidas en el país.

6. NO a la discriminación: Mientras que reconozcamos y respetemos diferencias culturales, creemos que los trabajadores deben ser empleados en base de su capacidad de hacer el trabajo y no por sus creencias o características.

7. Salud y seguridad: Existirá una relación con empresas que cumplan con un ambiente seguro y sano para sus trabajadores. Deben de proporcionar instalaciones seguras y sanas para que los trabajadores desempeñen bien su trabajo.

8. La Libertad de Asociación: Los trabajadores tienen completa libertad para elegir e incentivar la formaciones de asociaciones que defiendan sus derechos. La empresa NO INTERFERIRÁ con los trabadores que deseen ASOCIARSE Y ORGANIZARSE. Es una DECISION única y exclusiva de los trabajadores y trabajadoras. Además, la empresa NO AMENAZARÁ, NI PENALIZARÁ, NI RESTRINGIRÁ los esfuerzos legales para que los trabajadores formen asociaciones que defiendan sus derechos.

Así mismo, les contamos trabajadores y trabajadoras DEL SECTOR PRIVADO EN GENERAL que estos Códigos de Conducta se crearon como complemento a las NORMAS INTERNACIONALES establecidas por el Organización Internacional del Trabajo (OIT), la Declaración Universal de los Derechos Humanos y otras instancias que trabajan en beneficio de los derechos de los trabajadores y trabajadoras, así que, te invitamos a informarte, estamos en la mayor disposición para atenderle. Nuestros números de teléfono son: 257-8233 //233-0222 Fax.257-8859, nuestro correo electrónico es: sectorprivado@anep.or.cr, o bien, puede visitarnos en nuestras oficinas ubicadas en San José. Calle 20, frente a Coopeservidores.

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