Componenda política contra la ANEP

Medios de prensa nacionales han estado llamando con insistencia a nuestra organización para saber detalles sobre la notificación recibida respecto a la no presentación de la fórmula D-151 de Tributación, que trata sobre los bienes y servicios contratados por nuestra organización en el pasado periodo fiscal.

El trámite de este y todos las gestiones relacionadas con la contabilidad de nuestro sindicato lo realiza una empresa privada externa contratada para garantizar la transparencia de nuestras finanzas. Dicho formulario debía ser llenado y entregado por dicha empresa y esto no se realizó en el plazo establecido.

Según el artículo 3 inciso ch de la Ley sobre el Impuesto de la Renta, las organizaciones sindicales no deben pagar el impuesto sobre la renta y todo lo relacionado a llenar formularios al respecto son meras formalidades, como ocurre en el caso de la D-151. Una vez recibida la notificación de la Dirección General de Tributación la formalidad fue resuelta.

La información sobre esta notificación nos fue brindada el día de hoy por un periodista de La Nación. Esta información la recibió el periodista de una fuente de dentro de Tributación. En días pasados este periódico nos atacó porque tuvimos acceso a un tipo de información parecida y lo hicimos público. Nos llamó “innobles” en su editorial. Hoy hacen uso de este mismo tipo de información demostrando la doble moral que les cobija.

Entendemos lo que está sucediendo como una “sacada de clavo” para con nuestra organización por lo sucedido el miércoles pasado. Es una componenda política resultado de la llamada de Johnny Araya al señor Ministro de Hacienda. Pero debe quedar claro que jamás ningún tipo de acción, ni administrativa, ni judicial, nos amedrentará de seguir denunciando lo que creamos le es pertinente a la ciudadanía de nuestro país. Nuestra actitud vigilante, al igual que el de otras organizaciones, es fundamental para mantener viva nuestra democracia.

La ANEP como sindicato que es tiene prohibición de ley respecto a crear lucro con su actividad gremial. Esta es la base para que estemos exonerados de cualquier tributo relacionado a la renta. Además, el código de Trabajo en su artículo 336 indica que estamos exentos de cubrir los impuestos nacionales o municipales que pesen sobre nuestros bienes.

Nuestro caso en nada se parece al del candidato presidencial Johnny Araya, quien desea ostentar el cargo público más alto de nuestra sociedad, y que además sí es sujeto del impuesto de la renta y del resto de impuestos de nuestro Estado de Derecho. El escrutinio público sobre él y sobre cualquier otro candidato presidencial debe ser el más amplio, transparente y abierto que puedan ejercer tanto medios de comunicación como organizaciones civiles o sociales.

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