por KRISSIA MORRIS GRAY
Diario Extra
El Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José concluyó que el presidente ejecutivo del Instituto Nacional de Seguros (INS), Guillermo Contenla, incurrió en el delito de prácticas laborales desleales, al despedir a Alejandro Rodríguez Masís, por el hecho de ser afiliado de la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP).
Rodríguez, quien fungía como funcionario del Departamento de Accidentes y Salud, fue despedido el 26 de julio de 2010.
Según se indica en la sentencia, Constenla tuvo conocimiento del despido, pues fue llamado a audiencia al Ministerio de Trabajo a fin de encontrar una salida, pero no efectuó gestión alguna, pese a conocer que Rodríguez era dirigente sindical.
“Si bien a título personal no es posible atribuirle ninguna responsabilidad en cuanto al despido del trabajador sindicalizado, como Presidente Ejecutivo del INS y conocedor del cargo de representación sindical que ostentaba el trabajador afectado, debió velar por esa protección especial dada a los trabajadores sindicalizados, que incluye el despido.
Esta actuación del Presidente Ejecutivo del INS, a criterio de este Tribunal es una actitud que conlleva a una violación al artículo 70 inciso c) del Código de Trabajo, puesto que permitir el despido de un representante de la seccional ANEP-INS se está limitando la actividad sindical del mismo, constituyendo dicha conducta en práctica laboral desleal, la cual quedó plenamente demostrada en este proceso”, detalla el fallo del Tribunal.
Agrega el Tribunal que, ante los hechos probados, Constenla y de manera solidaria el INS deben pagar por concepto de multa ¢2,3 millones, al tiempo que se deberá restituir en su plaza al dirigente despedido.
Fuente: http://www.diarioextra.com/2011/setiembre/23/nacionales13.php
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Estimadas y estimados anepistas:
Compañeros y compañeras con cargos sindicales dentro de la estructura de la ANEP:
Esta situación merece vuestro estudio. Adjuntamos el fallo del Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía, sobre la denuncia por prácticas laborales desleales que interpuso la ANEP contra el Presidente Ejecutivo del INS, señor Guillermo Constenla Umaña, por el despido ilegal, ilegitimo y a todas luces un acto de persecución sindical del trabajador del INS y miembro de la Junta Directiva de la seccional de ANEP en el INS, señor Alejandro Rodríguez Masís.
La administración Constenla, que ha utilizado como arma de temor y manipulación para con los trabajadores y con las trabajadoras del INS, el despido sin justa causa (más de 150 trabajadores despedidos a la fecha sin justa causa), ha encontrado una alto con este fallo que es sumamente contundente y no deja dudas de que el Sr. Constenla, tal y como lo declara el Tribunal, es un infractor de las leyes laborales y un jerarca público que viola los derechos y persigue a los dirigentes sindicales. En nuestro criterio este es un fallo histórico no sólo por su contundencia, sino porque es el primero de este tipo en una institución autónoma.
Queda también demostrado que las denuncias que se le han venido realizando a la Presidenta de la República, Licda. Laura Chinchilla, desde la ANEP y desde el sindicato UPINS, sobre el manejo de personal y el acoso laboral en el INS, tienen su asidero en una conducta debidamente constatada por este alto tribunal en relación con Guillermo Constenla y para el caso que nos ocupa, debería entonces la primera mandataria dejar de poner oídos sordos sobre nuestras denuncias en este y otros campos y tomar acciones sobre la continuidad de Guillermo Constenla en el INS.
Finalmente, este fallo aporta más elementos jurídico-cualitativos protectores para quienes, en cada institución, en cada centro de trabajo, en cada entidad y en el día a día, hacen actividad sindical bajo la bandera de la ANEP; es decir, se consolida el concepto que comúnmente conocemos como Fuero Sindical.
Albino Vargas Barrantes
Secretario General ANEP