Cualquier resto de incertidumbre parecía disiparse, cuando en el pasado XI Congreso Nacional de Cooperativas, don Oscar Arias propuso “una alianza estratégica entre las cooperativas y el gobierno, enfocada en tres ejes principales: infocomunicaciones, seguros y salud.”
Esto era de esperar de un gobierno liberacionista. Lo que pocos esperaban es el último acontecer en relación con COOPESA R.L., las cooperativas de salud y los obstáculos a la participación de cooperativas en telecomunicaciones y seguros. Se trata de acontecimientos que evidencian un viraje, que podría avizorar nubarrones negros en la relación armónica que se auguraba con el cooperativismo.
Cualquier persona jurídica en seguros. El TLC, elevado por algunos a la categoría de Sancta Sanctorum, podría correr el destino ingrato de otros libros sacros, que se aplican de acuerdo con la dirección de los vientos, las conveniencias coyunturales o el ánimo de sus devotos.
Porque el TLC lo dice con toda claridad y sin espacio para interpretaciones: “Para efectos de este compromiso Costa Rica deberá permitir a los proveedores de servicios de seguros establecerse a través de cualquier forma jurídica según se establece en el Artículo 12.4 (b).”
Este artículo, por su parte, señala la imposibilidad de adoptar medidas que_ “restrinjan o prescriban los tipos específicos de persona jurídica o de empresa conjunta por medio de los cuales una institución financiera pueda suministrar su servicio.”_
Esto que vale para el comercio transfronterizo, se impone en la perspectiva del trato nacional también para los autóctonos: lo que es bueno para el ganso es bueno para la gansa, diría nuestro pueblo.
No obstante, fueron muchas las mociones rechazadas por el G-38 en la Comisión de Económicos de la Asamblea Legislativa, bajo la lógica de que la única modalidad empresarial aceptada en ese mercado sería la sociedad anónima. De esta manera, a contrapelo con el TLC, la Sociedad de Seguros de Vida del Magisterio, las cooperativas y otras organizaciones, de querer participar en el mercado de seguros, deben establecer primero sus sociedades anónimas.
Luego de arduas transacciones se aceptó la participación cooperativa, pero sólo para contratar seguros con sus asociados. Como si las actividades con terceros no fueran un lugar común en el ámbito cooperativo, caso de las gasolineras, los supermercados o las cooperativas de leche, para citar casos harto conocidos. La razón es muy simple: hay actividades que por su propia naturaleza obligan a un mercado más amplio, pues de lo contrario se pondría en entredicho la sostenibilidad de los proyectos empresariales. La Ley de Cooperativas contempla esta situación.
No pagan renta. Hay quienes argumentan que las cooperativas no pagan impuesto de la renta, por lo que se crearía un problema en la perspectiva del trato nacional respecto de otras empresas aseguradoras. Omiten que estas empresas, por su particular naturaleza y sus mecanismos específicos para distribuir riqueza, destinan un 25% de sus excedentes a cargas parafiscales establecidas por ley y convertidas en reservas intransferibles. Retienen, además, un 5% de los excedentes que se distribuyen a sus asociados que luego trasladan al fisco. Por su parte, los ingresos por actividades con terceros pasan a engrosar la Reserva de Educación.
Para algunos, más allá de estos diferendos, estaríamos ante importantes definiciones en el contexto de las fuerzas hegemónicas, de cara al papel que debería jugar la economía social en un mercado globalizado.
Ahora que escasean los socialdemócratas, hay que reiterar que incluso en las tiendas del liberalismo costarricense, las cooperativas han ocupado un sitio inconfundible para activar la economía y distribuir riqueza. Es una tradición que viene desde que don Julio Acosta, se propuso solucionar con cooperativas el problema habitacional de la Costa Rica de principios del siglo XX, pues ya entonces, el cooperativismo se vislumbraba como herramienta nacional de desarrollo.
Por lo demás, un conocido precepto liberal nos diría que nada debería frenar a un agente económico, independientemente de su persona jurídica, para el desarrollo de actividades empresariales lícitas en un mercado abierto. Esto lo entiende cualquier liberal, no así algunos personeros del nuevo liberalismo costarricense.
A quienes insisten en condicionar la incursión de la economía social en el mercado de seguros, una pregunta para finalizar: ¿impedirán también o pondrán condiciones, cuando una empresa cooperativa de seguros de otra Parte pretenda sentar sus reales en el mercado nacional?