Licenciado
Rodrigo Acuña
Director General
Dirección General e Inspección del Trabajo
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MOPT)
Su Despacho
El que suscribe, ALBINO VARGAS BARRANTES, mayor, soltero, portador de la Cédula de Identidad número 1-457-390, vecino de Alajuelita, San José; en mi condición de Secretario General de la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP), me presento formulando denuncia por Prácticas Laborales Desleales en contra del Subdirector de Recursos Humanos y en contra de la Auditora General, ambos del Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT), con fundamento en los hechos que de seguido expongo:
HECHOS
1. Que de conformidad con lo que establece el Artículo 360 del Código de Trabajo y en virtud de las actitudes desplegadas por el denunciado ante esta autoridad promuevo las presentes diligencias.
2. Que en el Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT), se encuentran afiliados a la organización que el suscrito representa una cantidad importante de trabajadores y de trabajadoras de ese centro de trabajo.
3. Que en atención a lo que disponen nuestros Estatutos, en dicho centro de trabajo funciona un Comité Seccional de la ANEP del cual la señora MARITZA CASTRO UMAÑA, portadora de la Cédula de Identidad número 1-674-517, es la Presidenta.
4. Que en fecha 3 de mayo del año 2004, el recurrido Corella Vargas, remite a la señora Maritza Castro Umaña, Oficio No. 040712, de 3 de mayo del año en curso, en el que hace del conocimiento de la misma que, con fundamento en el documento Traslado de Correspondencia No. 04-359 de la División Administrativa; y Oficio AG-668 de la Auditoría, SE HA REVOCADO LA LICENCIA QUE LE CONCEDIDA POR EL ENTONCES OFICIAL MAYOR, DEL MOPT, para que la misma asistiera a reuniones sindicales durante todo un día, etc., etc.
5. Que sin justificación alguna, a la dirigente Castro Umaña, con fecha 3 de mayo del año en curso, se le notifica que le ha sido revocado la licencia que le fuera concedida por el Lic. Randall Castro Vargas, en su condición de Oficial Mayor del MOPT
6. Que en criterio del suscrito denunciante, la actuación del recurrido, amén de violentar las más elementales de la legislación administrativa, viene en mi concepto a provocar una lesión flagrante al fuero que, como dirigente sindical, tiene la señora Maritza Castro Umaña; toda vez que la revocatoria de la licencia que le fuera concedida a la misma, SE LE CONSTRIÑE Y LIMITA SU ACTIVIDAD COMO REPRESENTANTE DE NUESTRA ENTIDAD GREMIAL en el Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT).
DERECHO Y PRETENSION
De conformidad con los hechos expuestos y en atención a la legislación que regula la materia, me presento ante esta Autoridad formulando la presente denuncia en contra de Mario Corella Vargas en su condición de Subirector de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) a efecto que, mediante resolución que en tal sentido dicte esta Autoridad se le condene a lo que sigue:
1. Condenar al denunciado a las multas establecidas en los artículos 608, 614 y 615 del Código de Trabajo.
2. Ordenarle al denunciado revocar el Oficio 040712, de fecha 3 de mayo del año en curso, mediante el cual le revoca la licencia otorgada a nuestra dirigente y que lesiona el contenido de la Ley 7360 y los Convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
3. Pago de las multas que, en derecho, le corresponden por haber infringido la legislación laboral.
PRUEBA: La que se adjunta.
NOTIFICACIONES: Yo las atenderé en las oficinas de la ANEP, del Hospital Nacional de Niños 325 metros al norte, frente a COOPESERVIDORES R. L. Al denunciado se le notificará en su oficina sita en las Oficinas Centrales del Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT).
Ruego se proceda de conformidad.
San José 26 de mayo de 2004.