El comercio de órganos y tejidos humanos

Desde la perspectiva ética cabe citar la declaración de 25 de octubre de 1984, de la Comisión Pastoral de la Conferencia Episcopal Española: «Es cierto que se exigen algunas condiciones que garanticen la moralidad de los trasplantes de muerto o vivo: que el donante, o sus familiares, obren con toda libertad y sin coacción; que se haga por motivos altruistas y no por mercadería; que exista una razonable expectativa de éxito en el receptor; que se compruebe que el donante está realmente vivo.

Cumplidas estas condiciones, no sólo no tiene la fe nada contra la donación, sino que la Iglesia ve en ella una preciosa forma de imitar a Jesús, que dio la vida por los demás. Tal vez en ninguna otra acción se alcancen tales niveles de ejercicio de la fraternidad. En ella nos acercamos al amor gratuito y eficaz que Dios siente hacia nosotros. Es un ejemplo vivo de solidaridad. Es la prueba visible de que el cuerpo de los hombres puede morir, pero que el amor que los sostiene no muere jamás».

Nuestra actual legislación se hace eco, pragmáticamente, de esa filosofía al prohibir la comercialización de órganos, penalizando su infracción con prisión de hasta diez años (arts 5 y 23 de la “Ley de autorización para trasplantar órganos y materiales anatómicos humanos”, n° 7409, publicada en La Gaceta No. 102 de 17 de mayo de 1994).

No obstante, en el mundo existen redes que se ocupan de ese negocio. El suplemento Proa de La Nación del pasado 22 de julio, bajo el título “Se venden riñones: agencias asiáticas y latinoamericanas lucran en Internet con el comercio de órganos para trasplantes, lo que suscita gran polémica mundial” pág. (10-13). hace una escalofriante afirmación: “El trasplante de órganos de niños ha creado un negocio muy lucrativo para muchos centros de trasplante. El problema se ha superado a través de la conexión centro y sur americana. Niños de las calles de Brasil, México y otros países latinoamericanos son los nuevos ‘donantes’ en el mercado internacional. Niños de las calles son secuestrados o comprados en los orfanatos, los drogan y los envían a diferentes centros de donantes para sacarles los corazones, pulmones, riñones, hígados, para trasplantar. Los órganos son analizados y vendidos a los centros de trasplante de Europa, Asia y América. Muchos, si no todos los centros de trasplantes, tienen sus sospechas acerca del origen de estos órganos, pero han decidido tratar los órganos humanos como cualquier otra mercancía y no hacer preguntas acerca del origen.”

Precisamente el Ministerio de Comercio Exterior de nuestro país, mediante oficio DM-0592 del pasado 15 de mayo, aclara que el término incluido en el TLC como “huesos, órganos y tejidos humanos, para injertos o transplantes (sic)” es equivalente a “cualquier mercancía en el comercio internacional”, de manera que “este producto” goza del beneficio de “la desgravación arancelaria”. Al estar el tratado por encima de la ley, lo que antes se penalizaba con prisión ?dado el bien jurídico tutelado- con ese instrumento legal ingresaría por la puerta grande del libre comercio, sujeto únicamente a las leyes de la oferta y la demanda.

¿No es ese comercio contrario a los valores constitucionales de la moral y las buenas costumbres, como lo es el tráfico de blancas y el de drogas? ¿O es amoral y supra-constitucional el libre comercio?

La crónica de La Nación termina haciendo la advertencia de los riesgos que tendría para la salud pública: “si no nos oponemos a los esfuerzos para convertir los hospitales públicos y privados en una rama de comercio internacional de órganos humanos”. (Da la impresión de que el matutino incurrió ?, para decirlo en francés- en “une gaffe idéologique”; muy ilustrativo, por lo demás, dicho reportaje para los lectores).

Julio 31, 2007

Fuente: Tribuna Democrática

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