Gracias a las convicciones democráticas del Diario Extra, en el campo del respeto a la Libre Expresión, ANEP publica, semanalmente, en días miércoles, esta columna.
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El Salario Escolar nació producto de un acuerdo, en el segundo semestre de 1994, del Gobierno de José María Figueres Olsen (recién asumido el mando), con el Movimiento Sindical Costarricense, incluida, por supuesto, la ANEP.
Desde ese momento y durante nueve semestres consecutivos, a las personas trabajadoras del Sector Público se les aplicaba una pequeña retención del porcentaje de cada aumento salarial semestral; y luego, en cada enero siguiente, se les retornaba.
Cada porcentaje retenido se sumaba al siguiente y así, de manera sucesiva y en forma ascendente, se llegó a la cifra de 8.19 % (suma de todos los porcentajes acumulados en esos nueve semestres). Alcanzado este punto, ya no fueron necesarias más retenciones. El Salario Escolar quedó plenamente conformado.
Al llegar a esta cifra, 8.19 %, en la práctica se estaba ajustando un salario mensual adicional para el trabajador que, en realidad, venía a constituir un decimocuarto mes. Y, sin ningún costo adicional para el Estado, porque como dijimos, el Salario Escolar se conformó luego de retenciones sucesivas de parte del incremento salarial semestral de cada trabajador, que se devolvían cada enero y en forma acumulativa.
Hubo mucha incomprensión al principio. Hoy en día, toda la gente que labora en el Sector Público está feliz por la llegada del Salario Escolar. De esta forma, se enfrentan en mejores condiciones los siempre crecientes gastos de inicio del curso lectivo. Esta posibilidad puede volverse realidad en el Sector Privado.
No es posible que siga persistiendo esta gran diferencia entre la clase trabajadora del Sector Público y la del Privado. Es un acto de gran justicia social corregir este asunto y la posibilidad la tiene la Asamblea Legislativa actual, que tramita ya un proyecto de ley al respecto.
El empresariado costarricense y extranjero debe comprender que el Salario Escolar no implica mayores costos de producción, toda vez que el mismo se conforma con una deducción de una parte del incremento salarial semestral de cada persona trabajadora; la cual accede a que se le entregue esa parte, con ocasión del inicio del curso lectivo de cada año, en el mes de enero.
En cada empresa puede acordarse el período de tiempo en que se llegará a la plenitud del cómputo del Salario Escolar; es decir, en cuántos semestres se ha de alcanzar el 8.19 % que presupone el mismo.
Una vez alcanzado este porcentaje, el trabajador o la trabajadora seguirá recibiéndolo en enero de cada año, pues ya ha quedado incorporado en los presupuestos de las empresas. Es decir, cuando se alcance ese 8.19 % (sumatoria de todos los porcentajes semestrales), ya no serán necesarias más retenciones y, a futuro, el Salario Escolar quedará garantizado.
La ANEP exhorta, vehementemente, a todo el empresariado, nacional y extranjero, para que dé su respaldo al proyecto de ley para el establecimiento del Salario Escolar en el Sector Privado. También se logrará así un mayor factor dinamizador del mercado interno, comercial e industrial, del país, como ya lo ha está demostrando el pago de dicho derecho en el Sector Público.