Lo que ya es la histórica huelga de A y A, con este fallo, no menos histórico, el movimiento laboral en desarrollo da un giro radical de 180 grados, a favor de las peticiones de la clase trabajadora de dicha entidad.
La memoria obrera no recuerda una huelga legal en los últimos 35 o 40 años de vida sindical en Costa Rica.
La ANEP, cuyo equipo jurídico aportó valioso material a favor de la legalidad del movimiento, resaltó tres aspectos fundamentales cuando se presentó ante los tribunales para defender la legalidad del movimiento: a) alto porcentaje de participación, más allá del mínimo exigido por la ley; b) carácter pacífico del movimiento; c) prestación continua de los servicios básicos de suministro de agua a la población, que no han sufrido el menor deterioro, pese al movimiento de huelga.
La huelga seguirá ahora, con más fuerza, legitimida por ley, pues ya tenía una legitimidad política, ética y moral.
Albino Vargas Barrantes
Secretario General
Edgar Morales Quesada
Secretario General Adjunto
San José, 27 de octubre de 2005.
Sentencia
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