Incapacidades de la CCSS sin tope

Krissia Morris Gray
kmorris@ prensalibre.co.cr

René Escalante, gerente de la División Administrativa de la CCSS, manifestó que se analizarán las acciones que deberán tomar para hacer a la resolución de la Sala IV.

Un golpe durísimo recibió la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) porque se rompió el tope de las ayudas económicas que reciben las personas que están incapacitadas por enfermedad.

Hasta hace unos días la CCSS pagaba hasta 18 meses de incapacidad, pero si la persona seguía con la inhabilitación médica se le suspendía el subsidio.

A criterio de los magistrados de la Sala Constitucional, esta disposición reñía con el espíritu de la seguridad social, por lo que procedieron a anular por inconstitucionales el artículo 9 y el tercer párrafo del artículo 10 del “Reglamento para el otorgamiento de incapacidades y licencias a beneficiarios del seguro de salud”.

“(…) se estima que un año y medio que es lo dispuesto por los artículos en cuestión, es un plazo irrazonable y desproporcionado, tomando en consideración las consecuencias que devienen de su fenecimiento, lo cual además no está cumpliendo uno de los fines del régimen de seguridad social, cual es la protección de los derechos de los trabajadores”
, señala la Sala IV.

Al mismo tiempo, los magistrados constitucionalistas agregan que “prescindir de este límite no tiene por qué constituir una afectación importante al mantenimiento de los seguros sociales, si su aplicación se realiza correctamente y bajo criterios médicos estrictos, pero que tutelen en primera instancia el derecho a la salud de los trabajadores. Se declara con lugar la acción y en consecuencia, se anulan por inconstitucionales el artículo 9 y párrafo tercero del artículo 10 del ‘Reglamento para otorgamiento de incapacidades y licencias a los beneficiarios del seguro de salud’ por considerarlos contrarios al derecho a la seguridad social, a la solidaridad, al derecho a la salud y al trabajo”.

Por ello, los magistrados dispusieron que la CCSS mantenga el pago de la incapacidad hasta que cambie el criterio médico que generó la inhabilitación.

A correr…

Sobre el particular el gerente de la División Administrativa de la Caja, René Escalante González, afirmó que ante la resolución de la Sala IV se deben realizar unos ajustes internos, para hacer frente a la nueva responsabilidad.

Escalante indicó que, de acuerdo con las resoluciones de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), el pago del subsidio por concepto de incapacidad cubre hasta seis meses, pero que la entidad aseguradora paga un año con derecho a una prórroga única de seis meses, para un total de 18 meses.

Las incapacidades están dentro del Seguro de Salud, que se destina entre otros para la construcción de hospitales, clínicas y Equipos Básicos de Asistencia Integral en Salud (Ebais), compra de medicamentos, insumos y equipos médicos, entre otros.

Para este año, la CCSS presupuestó cerca de ¢22 mil millones para el pago de las incapacidades.

Solo por enfermedad, la Caja ha cancelado este año ¢15.586 millones. Entre 2006 y lo que llevamos de 2007 existen 1.392 personas a punto de cumplir con los 18 meses de incapacidad que era el tope máximo por lo que son susceptibles de seguir percibiendo la ayuda de la entidad.

Los episodios depresivos, los dolores de espalda, traumatismos y enfermedades pulmonares, son los diagnósticos más incapacitantes.

“Con la directriz de la Sala se debe hacer ajustes pues queda de manera indefinida. La norma internacional de la OIT habla de un pago de subsidio por incapacidad de seis meses y la CCSS hace 15 años amplió la disposición a 18 meses. Por eso estamos recabando la información para ver cuántas están por cumplir el tiempo máximo y se harán los estudios presupuestarios y financieros necesarios”
, aseveró Escalante.

Con el rompimiento del tope de incapacidades, las autoridades de la CCSS deberán realizar una serie de análisis para determinar las acciones a seguir.

Entre ellas se analiza la posibilidad de que, una vez que las personas incapacitadas lleguen a los seis meses, sean trasladados a la Comisión Calificadora de Invalidez de la entidad aseguradora, para ver si la persona califica para recibir una pensión por invalidez.

En caso de que esto no ocurra, la CCSS deberá seguir con el otorgamiento del subsidio hasta que un médico levante la incapacidad, la cual puede durar años.

“Se han conocido casos en que se abusan de las incapacidades, pero también la mayoría de las que son giradas son a personas que realmente lo necesitan. Se analizará la posibilidad de que la persona pueda recibir una pensión por invalidez. Pero si no cumple con las cuotas requeridas y contempladas en el régimen de Pensiones de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM), por estar incapacitada, entonces no calificará, a menos que durante el tiempo de la incapacidad la persona pague una pensión voluntaria por lo que se le deberá pagar la incapacidad de manera indefinida”
, recalcó Escalante.


Fuente: La Prensa Libre

14 de diciembre de 2007

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