Interinos piden plaza en la Muni de San José

En la tarde de este día, martes 27 de agosto de 2013, el Concejo Municipal de San José recibirá una petición para otorgar propiedad a una gran cantidad de personas trabajadoras asalariadas de la Municipalidad de San José, quienes han venido laborando para esta institución en condición de interinato. La manifestación será en las afueras de lo que se conoce como “Los Mercaditos”, inmediaciones de la Plaza González Víquez.

La pretensión es que los regidores y las regidoras aprueben una moción en tal sentido, misma que podría ser debatida hoy mismo.

Los problemas del desempleo en nuestro país tienden a agravarse, hasta el punto que la Escuela de Economía de la Universidad Nacional (UNA), lo estima en un 18%. Por otra parte, esas personas trabajadoras interinas de la Municipalidad de San José, aparte de una sobrada demostración de idoneidad, eficiencia y transparencia en sus funciones; han dejado en evidencia que éstas son necesarias para el servicio municipal capitalino.

Tanto la Seccional ANEP-Municipalidad de San José, como la ANEP nacional, estamos apoyando esta actividad; de la misma forma que estamos exhortando a los señores regidores y a las señoras regidoras del Concejo de San José, que aprueben la mencionada petición laboral. Esta petición, de manera respetuosa y por esta vía pública, la formulamos a la honorable señora alcaldesa de San José, Licda. Sandra García Pérez.

0 comentarios en «Interinos piden plaza en la Muni de San José»

  • Apoyo la marcha y la petitoria a un 100%,,lo unico que les digo,,,si la actitud para bajar costos y gastos e la Municipalidad es cesando a los interinos, estan mas que sumamente equivocados. Los gastos y los costos se deben de bajar bajo 1-un estudio,2-asignar a los auditores y trabajadores de costos de la municipalidad a cada area y que realizen un estudio de lo por lo menos 6 meses y vean en que campo hay que trabajar para la disminucion de los mismos costos y los gastos. 3- No es de recibir cifras en un escritorio y tomar desiciones, no eso no es asi,,se debe trabajar hombro a hombro con los compañeros que estan empapados de las situaciones de cada departamento de la Municipalidad y empezar a dar sugerencias a la ALcaldeza ,,,Yo en lo personal trabajo de interino y realizo un trabajo de este tipo en un area determinada. He visto y conozco en que rubros se debe disminuir los costos. Pero para variar soy interino, mi voz vale poco. asi que ADELANTE CON LA PETITORIA…y ojala que otros grupos nos apoyen

  • LEAN EL ARTICULO 17 Y 19….LOS INTERINOS QUE ESTAMOS YA PASAMOS LOS 60 DIAS………

    ARTÍCULO 17: Todo trabajador que ingrese al servicio regular de la Municipalidad
    tendrá un periodo de prueba de sesenta días naturales. Dentro del periodo de
    prueba cualesquiera de las partes puede poner final al contrato de trabajo, sin
    previo -aviso y sin responsabilidad, excepto en lo que se refiere a la obligación del
    patrono de pagarle al trabajador la parte proporcional que pudiere corresponderle
    en los extremos de vacaciones legales y décimo tercer mes.-
    En cada ocasión la Dirección de Recursos Humanos rendirá un Informe a la Junta
    de Relaciones Laborales sobre las razones que dieron origen a la separación de
    un trabajador durante el periodo de prueba del mismo.-

    ARTICULO 18: Cuando un trabajador sea ascendido, trasladado o permutado a
    desempeñar otro cargo en forma permanente, sea éste con mayor remuneración o
    no los primeros treinta días naturales se considerarán como de prueba pudiendo
    cualesquiera de las partes solicitar ser regresado a su antigua posición,
    exactamente en las mismas condiciones que tenía antes de que se operara el
    cambio, a excepción de los puestos de Jefatura, que tendrán un periodo de prueba
    de sesenta días naturales.-

    ARTICULO 19: Todo trabajador que haya cumplido satisfactoriamente su periodo
    de prueba será considerado como trabajador permanente de la Municipalidad y no
    podrá ser despedido si no hubiere incurrido en faltas o causales especificadas en
    la presente Convención Colectiva de Trabajo.
    Cuando un trabajador sea suspendido temporalmente o destituido de su puesto
    sin responsabilidad patronal y posteriormente los tribunales fallen a su favor la
    reinstalación al puesto, la Municipalidad estará obligada o pagarle todos los
    extremos legales que dejó de percibir desde el día en que fue suspendido o
    despedido de sus labores hasta su reincorporación al puesto.-

Dejar una respuesta