Constitución Política de Costa Rica, artículo 51- “La familia como elemento natural y fundamental de la sociedad tiene derecho a la protección especial del Estado”.
En los últimos meses, la familia parece haber tomado un papel preponderante en nuestro país. En la primera ronda del proceso electoral, la unidad de la familia, fue manejada por varios partidos políticos, como un tema medular. Coincidimos en la necesidad de rescatar valores; en tanto, consideramos que una sociedad con una alta desintegración familiar, es una sociedad destinada al fracaso.
La situación nos motiva a cuestionar lo siguiente: ¿La familia de los policías no está cubierta por el artículo número 51 de la Constitución Política? Por cierto, si lo llevamos al escenario político, los cuerpos policiales sumamos más de 30.000 votos, sin embargo, parece no ser un sector laboral de interés para nadie. Resulta altamente contradictorio que, el policía sale de su casa, dispuesto a ofrendar la vida, para proteger la familia de terceras personas y que, al mismo tiempo la suya se desintegra.
Es inadmisible, que se considere que las y los policías no tengan este derecho constitucional y que, por la simple razón de ser parte de la Fuerza Pública, o algún otro cuerpo policial, tengan que ser removidos, sin justificación real; la mayoría de las veces, por revanchismos, a cualquier parte del país, sin que se consideren las repercusiones que esto genera a las familias de nuestros compañeros y compañeras; los cuales enfrentan una alta desintegración familiar.
La mayoría de traslados se ordenan sin ningún sentido lógico, o estudio integral, basta con no ser afín a quien tiene la “sartén por el mango”. Para ser notificado de un traslado por “operatividad”, cuando en realidad lo que se ejecuta es una permuta. No importa si el funcionario viene haciendo las cosas bien, de la misma manera recibe la notificación del traslado a cientos de kilómetros de su lugar de residencia, sin tener la posibilidad de trasladarse con su familia, por cuanto en cualquier momento recibe un nuevo traslado; además, al policía no se le paga el incentivo de zonaje por desarraigo, como el que si reciben los educadores.
¡Usted quería ser policía! Esa es en muchas ocasiones la manera en que algunos jerarcas, responden a un subalterno que les pide ayuda; e inclusive, según se nos ha manifestado, es la expresión de algunos psicólogos, al momento en que una persona se presenta para solicitar apoyo, por la angustia que le provoca su situación familiar. ¿Qué importa lo que sienta o piense? Para algunos, el policía es un “robot”.
Según datos oficiales en poder del suscrito, entre el año 2014 y el año 2017, un aproximado de 736 oficiales desertaron de la Fuerza Pública, para un promedio de 184 deserciones por año. Lo anterior, podría encontrar varios motivos; no obstante, es ineludible que un alto porcentaje deviene del desarraigo policial, que se establece al momento de que se destaca a una persona a cientos de kilómetros de su lugar de residencia.
En mi opinión resulta contradictorio, la Ley cita: Los integrantes de la Fuerza Pública, tienen entre sus atribuciones, artículo 8 inciso c), de la Ley General de Policía, “velar por la integridad de los bienes y los derechos de la ciudadanía”. La supra citada ley, cita también que las fuerzas de policía estarán al servicio de la comunidad”. En ese contexto, es imperativo dotar a las personas trabajadoras de la Fuerza Pública, y de los demás cuerpos policiales, de las mejores condiciones.
Sin embargo, las personas que deben estar en óptimas condiciones para cuidar los habitantes y sus bienes, presentan una desintegración familiar en promedio de un 60%, convirtiéndose esto en una situación paradójica e inoportuna para la motivación de quienes laboran con la finalidad de brindar seguridad a las demás familias. Por ejemplo, ¿cómo atiende una violencia familiar, un (a) oficial que recién haya perdido a su familia?
Para mejorar tal panorama, resulta imperioso, planificar el reclutamiento del personal, conforme a las necesidades institucionales; tomando en consideración el domicilio de los oferentes a ingresar a la Fuerza Pública, minimizando con ello el riesgo de deserción y, por ende, tratar de reducir la desintegración familiar. Para ello, bastaría con conocer la necesidad de recurso humano en cada región policial, y a partir de esa información, promover el reclutamiento de personal de la misma zona. La segunda medida podría ser, brindar mayor estabilidad a los funcionarios y pagar un rubro por desarraigo, a efectos de que pueda moverse con su familia.
Volviendo al artículo 51 de la Constitución Política- “La familia, como elemento natural y fundamento de la sociedad, tiene derecho a la protección del Estado. Igualmente tendrán derecho a esa protección la madre, el niño, el anciano y el enfermo desvalido”. Podemos ver como el mismo hace referencia al derecho del menor, ¿cuántos niños y niñas no pudieron ser acompañados por sus padres y madres en su primer día de clases, en la graduación, o en la fecha de su cumpleaños?
Si la familia es la base de la sociedad, y el trabajo del policía es excepcional, es necesario trabajar en una política integral, que pueda equilibrar las necesidades operativas, en estrecha armonía con la protección de las familias de nuestros policías. Excluirlos del sagrado derecho a la familia, es inhumano.
Lic. Mainor Anchía Angulo
Seccional ANEP Fuerza Pública