La Reforma Procesal Laboral

En 1943, hace 69 años, se emitía en Costa Rica una de las leyes más trascendentales que jamás se habían dado en nuestro país hasta ese histórico momento; misma que sigue vigente hasta hoy, en pleno siglo XXI: hablamos del Código de Trabajo, que es la máxima ley laboral nacional.

En aquellos históricos años de los 40 del pasado siglo, el Código de Trabajo surgía a partir de una serie de circunstancias sociopolíticas que conjuntadas entre sí lograban que la clase trabajadora asalariada tuviera un cuerpo de normas jurídicas a su servicio, de forma tal que sus patronos o empleadores la tratase con dignidad a la hora en que éstos compraban la fuerza de trabajo que aquella les vendía.

Hoy, en el 2012, ha ocurrido la transformación más grande que ha sufrido nuestro Código de Trabajo desde que fuera emitido hace 69 años. El pasado jueves 13 de setiembre, en la Asamblea Legislativa, una lujosa mayoría multipartidista aprobaba, en segundo debate, la Reforma Procesal Laboral, también conocida como Código Procesal Laboral; que, repetimos, introduce profundas variaciones a la máxima ley laboral del país, de forma que se ha de llevar más justicia social y laboral a las relaciones obrero-patronales.

A 69 años de distancia de la promulgación original del Código de Trabajo, los actores protagónicos principales según la historiografía oficial, nos refieren a los ilustres costarricenses como el Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia, Presidente de la República en aquel entonces; de monseñor Víctor Manuel Sanabria Martínez, jefe (arzobispo) de la Iglesia Católica en ese momento; y del Lic. Manuel Mora Valverde, a la cabeza del Partido Comunista (Vanguardia Popular), cuando éste, en el esplendor de su existencia, ejercía enorme influencia en los sindicatos de la época. Por ende, las organizaciones obreras de esos años jugaron un gran papel para que tal legislación se diera.

Si el año 1943 y el Código de Trabajo están marcados, profundamente en la conciencia nacional; nosotros pensamos que el año 2012 y la Reforma Procesal Laboral (RPL), también dejarán profunda huella en el mundo de las relaciones de trabajo costarricenses.

Y al igual que hoy recordamos a personas y grupos gestores del Código de Trabajo original; también hemos de recordar personas y grupos gestores de esta Reforma Procesal Laboral; misma que para algunos (nosotros incluidos), ya puede empezar a hablarse del “segundo” Código de Trabajo.

Muchos años después de este 2012, las personas y grupos gestores de este “segundo” Código de Trabajo, van a ser recordados. Ahora que ya empiezan a darse las “alabanzas” por la aprobación parlamentaria de la Reforma Procesal Laboral, debe tenerse presente que la misma adquiere viabilidad política luego de un histórico acuerdo conjunto, bipartito, entre el gremio empresarial más representativo de Costa Rica, la Unión de Cámaras y Asociaciones de la Empresa Privada (UCCAEP); con varias de las entidades sindicales más serias y responsables del país, como la Asociación Nacional de Educadores (ANDE), la Confederación de Trabajadores Rerum Novarum (CTRN), la Central del Movimiento de los Trabajadores Costarricenses (CMTC), la Central Social Juanito Mora Porras (CSJMP), la Coordinadora de Sindicatos Bananeros (COSIBA); y, por supuesto, la ANEP, que es la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados. Sin este acuerdo bipartito, cámaras empresariales y sindicatos nacionales, la Reforma Procesal Laboral no hubiese obtenido los votos necesarios para convertirse en ley de la República.

En la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP), estamos sumamente orgullosos de haber sido uno de los pilares en este proceso, rogándole a las personas que suelen hacernos el gran honor de leer esta columna, que nos perdonen la inmodestia; pero es que cuando se hable de personas fundamentales en procesos como éste, se deberá reconocer al especialista en Derecho Laboral, don Mauricio Castro Méndez, actual Coordinador de la Unidad de Asesoría Jurídica (UAJ), de la ANEP; quien, con una paciencia franciscana y durante más de una década, realizó una persistente labor de producción intelectual, de articulación intersectorial y de incidencia política, que ya le ha ganado el respeto desde ambos lados de la acera del mundo de las relaciones de trabajo.

Si bien la RPL entrará a regir, completamente, hasta que pasen 18 meses de que sea publicada en el diario oficial “La Gaceta”, los procesos preparatarios ya han empezado a gestarse en varios de los ámbitos que tendrán que ver en tal sentido. Por ejemplo, en el campo de la Defensa Pública de lo que hablaremos la semana próxima.

Doña Laura Chinchilla Miranda, como Presidenta de la República, al firmar esta ley, darle el ejecútese del caso y enviándola para su publicación en “La Gaceta”, abrirá el sendero que la colocará en la historia nacional pues quedará registrado que fue en su gestión gubernativa en la que se promulgó una ley laboral de tanto calibre.

Además, la Reforma Procesal Laboral (RPL), le “limpia” la cara al país que la tenía muy sucia por sus reiterados incumplimientos de los compromisos asumidos ante la comunidad mundial y continental de naciones, en un ámbito tan sensible como el de los Derechos Humanos (DD.HH.). Efectivamente, con la RPL, Costa Rica avanza sensiblemente como Estado cumplidor de sus responsabilidades para con la Organización Internacional del Trabajo (OIT), entidad ésta adscrita a la Organización de las Naciones Unidas (ONU). Y, a nivel continental, se honra la palabra ante la Organización de Estados Americanos (OEA), misma que si bien está muy desprestigiada y desacreditada, tiene unas regulaciones sumamente importantes en materia de Derechos Humanos que fundamentan el Derecho del Trabajo.

Evidentemente que hay mucho más que hablar de la Reforma Procesal Laboral. En sucesivas entregas, trataremos de comentar los aspectos más trascendentales de este “segundo” Código de Trabajo.

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