OIT pone al Gobierno contra la pared

El Gobierno costarricense no promueve la sindicalización ni las convenciones colectivas entre los trabajadores privados del país, según advierte la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

En una reciente visita al país, delegados de la OIT señalaron que en la última década los patronos privilegiaron los arreglos directos con sus empleados, para evitar la injerencia sindical.

Mientras hace 10 años había 74 arreglos directos (sin intermediación sindical) y 13 convenciones colectivas en el sector privado, hoy hay 159 arreglos directos contra 15 convenios colectivos.

“Esta relación de 10 a uno es la que vemos con preocupación”, advirtió Mario Eduardo Ackerman, miembro de la Comisión de Expertos en la Aplicación de Convenios y Recomendaciones de la OIT, durante su comparecencia ante la Comisión de Asuntos Jurídicos del Congreso.

“Lo que ha advertido la comisión de expertos, sobre todo en los últimos los 10 años, es un crecimiento desmesurado en arreglos directos y escaso progreso en el desarrollo de la negociación colectiva. Seguramente esto no obedece a una causa única, las causas no las conocemos nosotros”, declaró Ackerman.

El especialista señaló que Costa Rica ratificó el Convenio 98 de la OIT sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva y, por lo tanto, debería impulsarla.

Un abogado laboralista y dos sindicalistas consultados por La Nación coincidieron en señalar que los patronos privados potencian arreglos directos, e incluso recurren a persecución y despidos para evitar sindicalización.

Mientras, la ministra de Trabajo, Sandra Piszk, sostuvo que el Gobierno “defiende la libertad de asociación”, ya sea por medio de comités permanentes de trabajadores o los sindicatos. Ayer, se intentó conocer el criterio de la Unión Costarricense de Cámaras y Asociaciones del Sector Privado Empresarial (UCCAEP), pero prometieron pronunciarse hoy.

Versiones encontradas. Gilbert Brown, secretario sindical de Recope, y Édgar Morales, de la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP), acusaron a los patronos de propiciar los arreglos directos con sus empleados

“Esto no es nuevo, hace años lo hemos denunciado en la OIT. Los patronos se niegan a reconocer un sindicato, despiden a los líderes y levantan listas negras de quienes se sindicalizan”, declaró Morales, secretario adjunto de la ANEP.

“Desde el punto de vista sociológico, lo dicho es cierto. En el sector privado, sobre todo, hay una política antisindical muy clara, desde desalentar el modelo, hasta una abierta persecución”, agregó Fernando Bolaños, abogado especialista en Derecho laboral.

Por su parte, el diputado José María Villalta, secretario en la Comisión legislativa de Asuntos Jurídicos, acusó al Gobierno de incumplir los convenios internacionales y de dar respuestas inconclusas a las delegaciones de la OIT que han venido al país en los últimos años.

Dicho incumplimiento, según el abogado Mauricio Castro, podría traducirse en sanciones comerciales para el país, debido al compromiso que adquirió al suscribir y ratificar los convenios de OIT.

Para que dicho castigo se aplique, se requiere de una demanda internacional y, por ahora, los propios sindicalistas han desistido de plantearla, como reconoció el abogado Castro. Así, la sanción de la OIT se queda en “señalamientos morales”. Colaboraron Irene Vizcaíno y Mercedes Aguero.

Fuente: La Nación S.A.
Vanessa Loaiza N.

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¿Una convención o un arreglo?

La convención colectiva es una negociación en la que interviene un sindicato y la parte patronal y que tiene rango constitucional. Por el contrario, en un arreglo directo se conforma un comité permanente integrado por solo tres representantes de los trabajadores, quienes negocian con su empleador. Además, la aplicación de dichos arreglos no está incluida en la Carta Magna y solo la regulan tres artículos del Código de Trabajo. Eso sí, ambos tienen carácter vinculante.

El Código de Trabajo sí establece la duración y cobertura de las convenciones colectivas, incluso aclara que mientras estén vigentes cubrirán a todos los trabajadores asociados en el momento de la firma y a los futuros.

Los arreglos directos se crearon como una solución coyuntural a problemas que se pueden presentar cada cierto tiempo, y no regularmente en un centro de trabajo. El Código no aclara los alcances de estos arreglos y son los Tribunales los que definen que solo son vinculantes para quienes lo negociaron.

FUENTE: Fernando Bolaños, abogado Laboralista.

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